Persona y Sociedad: PER-01

Aprobaron leyes referidas
al quehacer cultural

Son la de Mecenazgo y la de Defensa de la Actividad Librera. A los privados que inviertan en actividades culturales y artísticas se los beneficiará con reducciones fiscales. Los libros tendrán precios mínimos.


A quienes aporten donaciones destinadas al desarrollo cultural de país se les desgravará, desde ahora, parte del Impuesto a las Ganancias. Así lo define la ley que sancionó esta semana la Cámara de Diputados de la Nación, y que prevé beneficios para aquellas personas físicas o jurídicas que colaboren con proyectos culturales o artísticos.

El presidente de la Comisión de Cultura de ese cuerpo, Luis Brandoni, explicó que esta ley "permite que cualquier persona física o jurídica que tenga que pagar Impuesto a las Ganancias pueda desgravar hasta un 5 por ciento del impuesto a favor del proyecto cultural que prefiera".

El impulsor del proyecto aclaró que "la norma no reemplaza al Estado en cuanto a sus responsabilidades, sino que determina que no tiene injerencia en lo que resigna de su recaudación a favor de estos proyectos".

Por su parte, el secretario de Cultura de la Nación, Darío Lopérfido, estimó que esta ley "va a permitir la nueva entrada de fondos para las actividades culturales".

Las actividades a las cuales se podrán destinar los aportes son teatro, danza, circo, ópera y mímica, entre otras. También comprende a las actividades del campo audiovisual, como el lanzamiento y la difusión de las películas nacionales en el territorio argentino; fotografía; producción discográfica; literatura y producción editorial; música; artes plásticas y gráficas; folclore y artesanías; radio y televisión educativas y/o culturales, de carácter no comercial; entre otras.

A través de esta ley se pretende incentivar proyectos "que contribuyan al afianzamiento de la identidad nacional en un marco que garantice la libertad y pluralidad creadora y el derecho al acceso a la cultura", según opinaron los legisladores.

En defensa de la actividad librera


También fue aprobada por la Cámara de Diputados de la Nación la ley de Defensa de la Actividad Librera (Ley de Precio Fijo).

"Los precios de los libros están siendo objeto de grandes rebajas que los sitúan en la categoría de productos de consumo y soslayan su valor cultural", dijo el titular de la Cámara del Libro, Roberto Fantasía. El sector editorial, la política del libro y la lectura "no pueden continuar librados a la pura lógica del mercado: los libros deben venderse a los precios que aconsejan sus editores, no por capricho, sino porque los descuentos excesivos crean graves problemas y representan una amenaza para la edición y difusión del libro", remarcó.

En este sentido, la ley elaborada por el diputado Leopoldo Moreau dice en su artículo 1 que "todo editor, importador o representante de libros deberá establecer un precio uniforme de venta al público (PVP) o consumidor final de los libros que edite o importe.

El artículo 2 especifica que la ley considerará consumidor final "a la persona física o jurídica que adquiera los libros para su propio uso o los transmita a una persona distinta sin que medie operación comercial".

Los descuentos al PVP podrán ser: no mayor a un cinco por ciento de la venta, hasta un 25 por ciento para ventas realizadas en ferias o días consagrados al libro y actividades declaradas de interés nacional o cultural por el Ejecutivo Nacional. Y hasta un 50 por ciento si se trata de organismos públicos, bibliotecas y centros de documentación.

Fantasía resaltó que pensar que las rebajas en los precios son el resultado de una sana competencia "es no conocer la realidad".

"Existen dos clases de libros -afirmó-: los que se venden fácilmente, como los best-sellers, y aquellos a los que el librero debe dedicarles más tiempo y esfuerzo porque requieren atención, investigación".

"Las grandes superficies -como los supermercados- pueden limitarse a vender best-sellers con altos descuentos porque el libro es un producto más entre sus ofertas, pero los libreros tienen que hacer frente a grandes gastos para brindarles a sus clientes un stock completo, deben contar con 4.000 o 5.000 títulos en forma permanente", explicó.

Sin embargo, para poder obtener un equilibrio en sus cuentas "también necesitan vender los libros de salida fácil y eso sólo es posible a través de un precio uniforme en toda la red comercial".

"El precio uniforme -subrayó Fantasía- es necesario para lograr el mantenimiento de una red eficaz de libreros calificados en todo el país y para permitir a los editores publicar obras especializadas o de autores poco conocidos".

"Si la red de libreros se ve disminuida por las consecuencias de una política comercial que tienda a su desaparición, los editores no alcanzarán la necesaria rentabilidad, renunciando a la publicación de numerosas obras o debiendo venderlas a precios más altos".

Legislaciones de varios países reconocieron el fundamento del precio uniforme, como el caso de Francia a través de la Ley Lang del año 1981 y el de España a través del real Decreto del año 1990, como así también en otros sitios como Alemania, Austria, Bélgica, Holanda, Portugal, Suiza, Dinamarca, Italia, Luxemburgo, Noruega y Japón, que tienen legislaciones y acuerdos sobre este tema.

"El libro es un producto diferente que no puede ser ofrecido a precio de oferta y el precio uniforme es necesario para el mantenimiento de la creatividad de toda una profesión y para su equilibrio económico", concluyó Fantasía. (DyN/Télam).