¿Poder Judicial ``acorralado''?
La construcción del poder político es la resultante del tránsito de la desigualdad por naturaleza (Hobbes) a la igualdad esencial de los seres humanos. De ahí que el Derecho Constitucional se explica a partir del principio de igualdad.
Tal premisa permite afirmar que, prácticamente, toda la legislación sancionada desde el denominado ``corralito'' es clara y groseramente inconstitucional, extremo reconocido of the record por cuanto legislador o funcionario nacional es requerido.
A priori, podemos precisar que esa especie de derecho de coyuntura, implementado por procedimientos no precisamente ortodoxos no es, en realidad, Derecho, no superando -aunque huelga decirlo- el test de razonabilidad técnica y axiológica exigido. Las emergencias no autorizan avasallar los derechos fundamentales.
En tal dirección, en ``Video Club Dreams'' (1995) y ``Verrocchi'' (1999), el Máximo Tribunal Nacional amplió e intensificó el control.
Así la Corte Suprema de Justicia de la Nación en ``Smith'' ha sostenido recientemente que ``una profusión de normas sobre el tema que, en algunos casos, más que propender a la fijación de pautas claras sobre la disponibilidad de las sumas depositadas en instituciones bancarias y financieras por los particulares, ha generado un inédito y prolongado estado de incertidumbre social'' (Consid. 9°, 1/2/02), lo que determina la calificación de irracionalidad de las medidas adoptadas.
Se ha agraviado al Estado de Derecho en su esencia misma, siendo ineludible la responsabilidad política y aun jurídica del Poder Ejecutivo Nacional y, en especial del Congreso Federal, que irresponsablemente se ha desentendido tanto de su rol legisferante como de control.
Restablecer la vigencia plena de la República y sus instituciones es hoy por hoy, un imperativo categórico y una responsabilidad mayúscula del Poder Judicial, en tanto poder, que lo es en el sentido aristotélico y arquitectónico de la política.
Lo necesitamos y merecemos los millones de argentinos que aspiramos a vivir en un país serio y previsible, que nos permita diseñar otro futuro en un marco de paz, libertad, igualdad y solidaridad.
La función principal e ineluctable del Poder Judicial, al decidir las causas sometidas a su tratamiento, es asegurar la vigencia plena y efectiva de la Constitución.
La misma se ha visto incrementada y prácticamente ahogada a partir de la referida legislación de coyuntura que viola en sustancia todos los derechos y garantías consagrados en nuestra Carta Constitucional (igualdad ante la ley, inviolabilidad de la propiedad, libertad en sentido amplio, defensa en juicio, acceso a la justicia, juez natural, división de poderes, etc.).
Frente a ello, nos formulamos las siguientes reflexiones:
Dres. José Manuel Benvenuti, Mariela Uberti y Mariela Fregona