Economía: ECON-01

Desde hoy se suma la factura M a la batalla contra la evasión

La emitirán quienes declaran activos por debajo de los mínimos. Les retendrán todo el IVA cuando vendan. Pueden evitarla si se bancarizan y depositan su propia carga. No rige para monotributistas.


Algunos pequeños contribuyentes deberán emitir con sus ventas, a partir de hoy, una nueva factura, que llevará la letra "M" y que obligará al comprador a retenerle el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y un 3% adicional en concepto de Impuesto a las Ganancias.

Un grupo de 7 preguntas y respuestas explica la nueva medida:

1) ¿Quiénes deberán emitir la nueva factura "M"?

Los responsables inscriptos en el IVA, que actualmente emiten facturas "A", pero que:

a) siendo personas físicas, hayan declarado menos de $102.300 como patrimonio para el pago del impuesto a los bienes personales (es decir, aquellos que no tributan este impuesto por no alcanzar ese mínimo exento, que aparece en el artículo 24 de la ley que lo comprende).

b) siendo sociedades, no hayan presentado ganancia mínima presunta por tener un activo gravado igual o inferior a $200.000 o inmuebles o automotores a nombre de la sociedad por menos de $50.000.

2) ¿Están comprendidos los monotributistas?

No. Los monotributistas no emitirán factura "M", porque tienen su propio régimen de retención.

3) ¿Qué va a pasar cuando vendan con la nueva factura?

Sus clientes les van a retener el 100% del IVA, es decir, la totalidad del 21%. Además, se les retendrá el 3% en concepto de Impuesto a las Ganancias, a modo de anticipo.

4) ¿A qué se debe esta norma?

Es una nueva medida de Afip en contra de la evasión fiscal. Afip se asegura un mayor control sobre estas operaciones. En ciertos casos, estos contribuyentes pueden no ser "confiables" o "potencialmente pueden evadir".

5) ¿Hay alguna manera de no emitir factura "M"?

La Afip da una alternativa: seguir con factura "A", pero incluyendo la leyenda "pago en CBU informada".

6) ¿Qué es la CBU?

Es la Clave Bancaria Uniforme y significa que el contribuyente se compromete a depositar el dinero que cobre en la respectiva cuenta bancaria (puede tener más de una cuenta, pero una sola informada a Afip y ésta es la que utilizará).

7) ¿Qué ocurre con los cambios de categoría?

Se decidirán cada 4 meses: el contribuyente informará a Afip su situación en materia de impuesto a los bienes personales y ganancia mínima presunta.

Si bien en la delegación Santa Fe de Afip no estaban autorizados a dar información al respecto, desde Buenos Aires se explicó que la modificación "no es necesariamente una mala noticia para todos los afectados", ya que a algunas empresas proveedoras de servicios les puede convenir utilizar las facturas "M", para ahorrarse el trabajo administrativo de depositar su propio IVA.

Acciones


Ordenados por el juez de Campana, Federico Faggionato Márquez, se hicieron 24 allanamientos sobre empresas vinculadas al automovilismo (en especial, de las categorías Turismo Carretera, TC 2000 y Top Race) en búsqueda de fábricas de facturas truchas, según informa Clarín.

Se está investigando sobre un presunto perjuicio fiscal de $12 millones en ventas por $70 millones correspondientes al período 1998-2002.

Aparentemente, se sobrevaluaban los servicios de publicidad o no se prestaban, para computar falsos créditos fiscales.

Por otra parte, la semana pasada se materializaron detenciones ordenadas por el Fuero Penal Tributario y condenas por evasión.