La ayuda que reciben los inundados no puede ser embargada
Así lo dispuso un juez civil y comercial frente a un caso concreto que llegó a Tribunales. El magistrado recordó que la ley establece que la ayuda del Estado debe ser destinada exclusivamente a la reparación de daños.

El juez civil y comercial Carlos Dávila declaró inembargables los fondos que, a través de la Unidad Ejecutora de Recuperación de la Emergencia Hídrica, vienen recibiendo las personas que sufrieron la inundación del año pasado.

Según lo establece la ley provincial 12.183, las familias que reciben este dinero por parte del Estado deben comprometerse a "destinar las sumas percibidas exclusivamente a la reparación de los daños" provocados por el avance del río Salado sobre gran parte de la ciudad.

Frente a esta condición establecida por ley, el juez Dávila consideró que si se permitiera el embargo de este dinero se producirían dos perjuicios: por un lado, el afectado no podría reparar los daños sufridos; por el otro, se vería impedido de cumplir con lo que establece la ley aprobada por la Legislatura provincial que le ordena dar un fin específico a dichos fondos.

Como se recordará, el Estado provincial viene entregando este dinero de acuerdo con los daños sufridos por los vecinos, el nivel del agua alcanzado en cada barrio y el valor de la propiedad afectada.

Pero Dávila no sólo planteó que dichos fondos deben ser inembargables, sino que en su resolución dijo además que éste punto debería haber sido tenido en cuenta por los legisladores en el momento de aprobar la citada norma. Una alternativa válida hubiera sido que la Legislatura planteara la inembargabilidad del dinero por un tiempo determinado como, por ejemplo, seis meses.

Incluso trascendió que en los últimos días el magistrado estuvo reunido con legisladores analizando este tema.

El juez tomó esta decisión a partir de un caso concreto en el que el acreedor de un afectado por la inundación intentó embargarle este dinero entregado por el Estado. Cabe aclarar que, por el momento, la resolución de Dávila no se encuentra firme, ya que podrá ser apelada.

Fuentes tribunalicias revelaron que éste no fue el único caso con similares características que llegó a la Justicia ya que, incluso, en un juzgado de Circuito se aceptó el embargo de los fondos que un vecino recibió en concepto de ayuda por la inundación. Esa decisión fue apelada en su momento y ahora aquel caso llegó, a través de un recurso de queja, a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia.