Declaran en emergencia al norte santafesino


Están seriamente afectados cultivos de soja, maíz y algodón al igual que praderas naturales. En el caso de la soja, los daños trepan al 100 por ciento.

El gobernador de la provincia, ingeniero Jorge Obeid, mediante decreto N° 1.743/04 dispuso declarar en situación de emergencia agropecuaria desde el 1° de julio último al 31 de diciembre venidero, a las explotaciones agropecuarias afectadas por prolongadas sequía que se encuentran ubicadas en el norte provincial.

En los considerandos de la medida se consigna que en distritos del centro sur del departamento General Obligado, en los cultivos de estación se manifestaron con intensidad a los efectos de una prolongada sequía ocurrida durante los meses estivales.

Como consecuencia de ello -agrega- se ven perjudicados los cultivos de soja, maíz y algodón y del mismo modo la producción y persistencia de las praderas naturales y artificiales.

Manifiesta luego que en el cultivo de soja, el más relevante de la zona, los daños alcanzan hasta un 100 por ciento y que la escasa producción de pasto repercute directamente en la producción ganadera.

Seguidamente alude a que personal técnico del Ministerio de la Producción realizó detalladas evaluaciones de los daños ocurridos en dichos lugares promoviéndose reuniones con intendentes, presidentes comunales, entidades representativas de productores y Asociaciones para el Desarrollo.

Suspensión de juicios

El panorama concluye en que las áreas afectadas se encuadran en situación de emergencia y/o desastre, teniendo en cuenta que los daños observados son de gran significación.

Precisa que atento a las facultades conferidas a la Comisión de Emergencia Agropecuaria por ley N° 11.297, su modificatoria 11.482 y decreto reglamentario 771/97, en sesión del 5 de mayo pasado, decidió recomendar al Poder Ejecutivo provincial la adopción de medidas que contribuyan a superar las adversidades derivadas de esas situaciones.

El instrumento legal, al propio tiempo, resuelve suspender, de acuerdo a lo establecido en el artículo 120, inciso b) de la ley N° 11.297, por el término de 180 días después de finalizado el período de emergencia agropecuaria, la iniciación y sustanciación de los juicios y acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos.

Los productores comprendidos en el desastre agropecuario, contarán con la asistencia prevista en la ley N° 11.297, en su artículo 11, incisos a) y b), a tales efectos el alcance del primer inciso, comprenderá los impuestos devengados hasta la fecha de finalización de dicha situación.

Asimismo, los productores comprendidos en la situación de emergencia y desastre agropecuario, deberán completar un formulario de declaración jurada en el municipio o comuna del distrito.

Cabe señalar que dicho formulario será tomado como base para la emisión de la certificación especial que será extendida por el Ministerio de la Producción, por medio de la cual acreditará su situación.

Se establece para los productores cuyas explotaciones están comprendidas en el referido decreto, el siguiente calendario impositivo del Impuesto Inmobiliario Rural: cuota año 2004, vencimientos la 3a. el 09-02-2005 y la 4a. 22-03-2005.

Llovió en Obligado

La Dirección de Comunicaciones de la provincia, informó sobre algunas precipitaciones aisladas que se produjeron en el norte durante las últimas 24 horas.

Departamento General Obligado: Arroyo Ceibal 10 mm; Campo Hardy, El Rabón y Villa Guillermina 5 mm; El Sombrerito 18 mm, Flor de Oro, Lanteri y 7 Provincias, 2 mm; Florencia 12 mm, Guadalupe Norte y Las Toscas 4 mm; Ingeniero Chanourdié y Las Garzas 10 mm.

Departamento Vera: Los Amores, llovía y seguía el mal tiempo al cierre de esta edición. Hubo chaparrones entre Intiyaco y Golondrina, mientras que al sur de esa región no se registraron precipitaciones.