Los ingresos brutos para prestadores sanitarios
Una reforma tributaria divide las aguas en la Legislatura
El Senado votó por unanimidad un proyecto que está a estudio en Diputados y que el ministro Agosto aconseja no votar si antes no se reduce algún gasto.

Por Mario Cáffaro

La comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados tiene a estudio un proyecto de ley votado sobre el final del año pasado por unanimidad en el Senado modificando, entre otras cosas, parcialmente el Impuesto a los Ingresos Brutos para el comercio al por mayor de medicamentos para droguerías y comercio al por menor de medicamentos, incluidos los suministrados por sanatorios.

El proyecto se originó en planteos que entidades sanatoriales hicieron en la Cámara Alta donde fue la propia vicegoberandora María Eugenia Bielsa quien pidió a tres comisiones que escuchen los requerimientos. Cuentan los senadores que en varias ocasiones solicitaron la opinión del ministro de Hacienda y Finanzas, Walter Agosto y que ésta nunca llegó. Afirman también que lo votado fue una parte mínima de los requerimientos solicitados por los prestadores que hicieron notar que Santa Fe no adhirió a la ley de emergencia sanitaria dispuesta por el gobierno nacional durante dos años.

Ahora, Agosto al responder la inquietud de un diputado de la Comisión de Presupuesto y Hacienda le recuerda que está vigente la adhesión de Santa Fe a la ley de responsabilidad fiscal. El artículo 17 de esa norma dispone que "si para un ejercicio fiscal se tomaran medidas de políticas tributaria que conlleven a una menor recaudación se deberá justificar el aumento del recurso que lo compense o, en caso contrario, se tendrá que adecuar el gasto presupuestado con ese financiamiento", dice la nota que llegó a Presupuesto y Hacienda.

En los hechos, el comercio al por mayor de medicamentos aportó casi 6 millones de pesos y con la reducción planteada iría a 3.300.000 pesos. El impacto no sería únicamente en la recaudación provincial sino que en caso de tocarse la alícuota de Ingresos Brutos, hay incidencia en el derecho de Registro e Inspección que la actividad tributa en el municipio o la comuna donde está asentado el prestador.

La comisión de Presupuesto y Hacienda que preside Ricardo Peirone (PJ) resolvió citar a asociaciones de Clínicas y Sanatorios de Santa Fe y Rosario cuyos directivos están interesados en la sanción de la ley y vienen reclamando desde hace varias semanas una entrevista para explicar su postura.

Carta al ministro

Fue un diputado justicialista, Darío Scataglini, quien el 30 de noviembre del año pasado, último día de sesiones ordinarias de la Legislatura, remitió una nota a Agosto pidiéndole datos para luego dictaminar el expediente. Once son los requerimientos informativos que pasan por la base imponible anual en el ejercicio 2003 del "comercio al por mayor de medicamentos"; ingresos tributados, establecimientos radicados en la provincia; proyecciones de recaudación en caso de prosperar la iniciativa, entre otros. Le remarca que el objetivo principal es "conocer el impacto que las modificaciones propuestas por el Senado causarían en la recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos, además permitirá contar con la información necesaria en la instancia de diálogo con los sectores involucrados".

La respuesta de Agosto ingresó recién a mediados de marzo a la Legislatura y se funda en trabajos de la API y del director provincial de Ingresos Públicos y Política Fiscal, Jorge Simón.

Algunos números

La cartera de Hacienda precisa que en el 2003, el comercio al por mayor de medicamentos tuvo una base imponible de 656.743.666 de pesos con la alícuota actual del 1% y que tributó 5.910.693 pesos. Se explica que de haberse aplicado la reforma votada en el Senado, la recaudación hubiese sido de 3.341.847 pesos. En cuanto al comercio al por menor de medicamentos, incluidos los suministrados en sanatorios aportó al fisco 1.462,577 pesos.

Finalmente, Ingresos Públicos considera que el año 2003, de haberse aplicado las modificaciones previstas en el proyecto, "la pérdida de recaudación sería de 4.949.522 pesos, considerando que del total de las prestaciones efectuadas por clínicas y sanatorios el 90% corresponde a prestaciones cubiertas por obras sociales".

En su informe, la API aclara que no puede determinar la suma adeudada por esos conceptos debido a que Ingresos Brutos "es un tributo de autoliquidación con presentación de declaraciones juradas por parte de los contribuyentes".

Pacto cumplido

En el Senado se justifica el proyecto en la necesidad de colocar dichas actividades en materia tributaria en paralelo a otros distritos como provincia de Buenos Aires y Capital Federal. Recuerdan que incluso el municipio de Rosario debió corregir su ordenanza tributaria ante la amenaza de éxodo de droguerías que aducen pagar menos carga en la ciudad de Buenos Aires.

Pero además, los senadores justicialistas recuerdan que hubo un acuerdo con Diputados en votar esta reforma para efectores de salud y otra para el transporte de cargas, tema originado en la Cámara Baja. Esta última reforma se votó y es ley, mientras que la restante está en comisiones.

En la Cámara Alta también se señala que la rebaja tributaria era para dos años y con el compromiso de los beneficiados de ponerse al día con las deudas fiscales.

Antecedente

Al momento de votarse la reforma, Santa Fe aún no había adherido a la ley de responsabilidad fiscal, cosa que sí realizó al momento de enviar Agosto la respuesta a la inquietud de Diputados.

El criterio del ministro de Hacienda parece ser un mensaje a futuro en un año electoral: toda rebaja de impuestos debe llevar como contrapartida una suba de otro tributo o una poda del gasto.