Dice Cesare Beccaria que cualquiera que tenga un alma sensible, al lanzar una mirada sobre un código de leyes bien hechas y encontrar que no ha perdido más que la funesta libertad de hacer mal a los otros, se verá obligado a bendecir el trono de ser libre.
Cada hombre se hace a sí mismo, centro de todas las combinaciones del universo. Y vemos aquí vestigios de humanidad. Fantasmas de ausentes, aciertos y errores, comunicación interrumpida, arrepentimiento o resentimiento, son algunas de las sensaciones que se pueden observar, adosadas en los barrotes y en las celdas, en cada una de las imágenes de este trabajo cargado de nitidez, claridad y objetividad, pero sin olvidar a las personas que protagonizaran las escenas que nos muestra cada uno de los rincones fotografiados.
Por otros carriles, hoy sigue discutiéndose en la doctrina cuáles son los fines de la pena, sin tener presente que la Constitución Nacional lo ha definido hace ya siglos en 1853 en su artículo 18, donde indica que no es el castigo, sino la seguridad de los encarcelados el fin de su existencia.
No expondré extensamente los fines que persigue la pena, para algunos, como castigo, retribuyendo en la persona el acto que con disvalor a los valores sociales de la época cometió el penado; para otros, preventiva, a fin de apartar de la sociedad a quien ha hecho un mal a ella; para otros, correctiva, a fin de corregir la conducta del penado y evitar la recaída en el delito.
En los hechos, la pena no deja de ser un mal que se le infringe, en especial, a quien produce una conducta que la sociedad reputa como un mal, cuyo análisis coadyuva a comprender las consecuencias negativas de tratar a los detenidos entre esas paredes, sin recordar a veces su condición, o al producirse demoras en la tramitación de las causas, sin resolverse definitivamente éstas. Se superpoblan así con procesados no condenados esas estructuras edilicias y se coloca con ello un manto de impunidad en la sociedad, que produce tanto estrépito social como el propio delito.
No veremos una cárcel habitada, ya que al momento del trabajo no había internos dentro de ella. Pero, a medida que uno se adentra en la obra, las partes destruidas por la inicial demolición se confabularán e integrarán con las voces ausentes, ruidos de rejas al cerrar, olores característicos del encierro, y los dibujos en las paredes y en los techos. Estas escrituras transmiten todo tipo de expresiones de los que están adentro, de sus familiares y amigos que están fuera; objetos y figuras que han dejado quienes por años han estado en ellas, permitiendo adentrarnos en quien sólo conoce de cemento y barrotes, para los cuales los fines de la pena deberán establecerse como criterio sano para la sociedad frente al mal, como ya lo estipula nuestra Carta Magna.
El trabajo no tiende a mostrar el maltrato institucional que surge de las concepciones comunes del ciudadano, que en general opinan que la cárcel debe ser para castigo de quienes alteran el orden social, al menos, en lo observable cotidianamente. Se trata, a través de estas vistas, de mostrar cómo los internos de un centro penitenciario se encuentran aislados no sólo en el plano espacial, sino en el social y en el personal.
Es por ello que no pueden ser objeto de estudio de sus características personales, que podrían haberlos llevados a delinquir, sin analizar las otras características de los mismos, que son producto específico de su condición carcelaria, es decir, del encierro y la masificación.
En lo práctico, hay cuatro partes observables en la obra:
Nada de lo expuesto dejó de ocurrir, a pesar de ver todo ese ámbito como si fuera un museo. Lo hecho fue una recorrida por lugares sombríos -con o sin rejas, o con éstas ya destruidas-, para observar restos que dejaron a la vista quienes estuvieron allí encerrados, y que parecen subsistir como fantasmas.
La imagen recogida en este trabajo estaría representando la búsqueda de una estructura descansada del conocimiento, tratando el pensamiento de encontrar respuestas simples a preguntas aún no formuladas formalmente, pero que se encuentran en reclamos potenciales, y se evidencian en las escrituras existentes en las paredes, como la que dice "pelea por tu libertad, idiota". O la que indica la filosofía propia de un interno: "robar es algo que esta civilización intelectualista no valora". O el que grita: "no fui". O el que pregunta "cuándo me voy".
O bien, las imágenes mezcladas de Maradona, el "Che" Guevara, Perón, Charly García, esvásticas, dibujos de armas, plantas de marihuana, Carlitos Chaplín, mujeres desnudas, estampitas de santos, imágenes de Cristo, crucifijos, cartas de niños pequeños a sus padres o a sus tíos, o mensajes de madres sin consuelo.
Aparece también la escritura de quien, ya arrepentido, dice: "el encierro y el dolor me han acercado a vos, he aprendido que no es injusto todo esto que me está sucediendo que me hace sufrir".
Ello tal vez nos permita reflexionar que sólo la criminología clínica no es la fórmula perfecta para encarar el modelo de tratamiento.
No crea el lector que es fácil cuando en un juicio se pide para el imputado una condena de prisión efectiva, sin tener presente que es necesario complementar el Derecho Penal con el estudio de otras disciplinas, y tener presentes los límites que tiene la ley penal como limitación del poder de control social del Estado.
De todas maneras, el sistema penal en general representa esa necesaria reacción de la sociedad, la cual debe ser tutelada por aquélla ante el agravio que ésta encierra para los valores sociales vigentes en determinadas épocas.
Esa estampa del ser de carne y hueso encerrado entre paredes es la que estructura la obra y determina la línea directriz del ojo del fotógrafo, llevándonos a pensar, una y otra vez, en la función que cada uno de nosotros desarrolla en esta sociedad: quien habla como fiscal; otros, como damnificados, otros, como familiares de los presos; otros, como artífices de la política criminal, y la sociedad toda, como partícipe de la evolución y desarrollo de este país.
Dr. Daniel Rodolfo Pablovsky
Doctor Honoris Causa, Universidad P. de San Pedro, PerúProfesor de Derecho Penal y Procesal PenalFiscal Nacional ante los Juzgados Nacionales en lo Correccional