Lo tratará Diputados
Crearán en breve el registro nacional de padres deudores
El proyecto ya tiene media sanción del Senado Nacional. Figurarán en él los padres que adeuden la cuota alimentaria a sus hijos. Unificará la información que ya hay en las provincias.

Agencia Télam

La Cámara de Diputados tratará en su próxima sesión un proyecto de ley para crear el Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos, destinado a que los hijos de matrimonios separados tengan asegurada la asistencia de sus padres.

La iniciativa toma como referencia la experiencia de la Ciudad de Buenos Aires, en la que funciona ese Registro, y el libro Derecho a Alimentos, de la Ivana Centanaro, ex presidenta de ese organismo porteño, y del doctor Juan Martín Alterini.

En el registro, que ya tiene media sanción del Senado, figurarán los padres que deben alimentos a sus hijos a nivel nacional.

El proyecto evitaría que se evada la sanción mediante el cambio de domicilio del causante y deja explícito que quien figura en ese registro tiene una serie de penalidades que persiguen el cumplimiento de la obligación alimentaria.

La ley en trámite se basó en el libro publicado recientemente en el que Centanaro, que actualmente dirige el Registro Civil de la ciudad de Buenos Aires, reflejó su experiencia como titular del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Ciudad.

"Si bien varias provincias ya cuentan con sus propios registros, la falta de sincronización de la información que reciben permite que se sustraigan de la sanción porque si la inscripción como deudor alimentario la requiere un juez de la ciudad, el deudor puede modificar su domicilio y evadir así las sanciones administrativas que contiene la norma", explicó Centanaro.

El coautor del libro, Juan Martín Alterini, (hijo del decano de la Facultad de Derecho de la UBA Atilio Alterini) aseguró que "el sistema vigente en la ciudad, prevé la no renovación del registro de conductor, la prohibición de presentarse a concursos públicos, contratar con el Estado y operar con bancos oficiales, entre otras restricciones".

Otro aspecto de importancia es "la delicadeza de la misión que tiene la registración del deudor alimentario moroso, especialmente luego de la incorporación constitucional de los tratados internacionales que imponen al Estado la obligación de custodiar y arbitrar los medios para proteger los intereses de los menores".

El proyecto de creación de un Registro de Deudores Alimentarios Nacional se impone como una obligación constitucional del Estado que permitirá coordinar la registración articulada en un sistema integral.

La idea es lograr que el padre que pretenda evadir su deber alimentario, sea obligado a cumplir con los derechos de sus hijos, dijeron los autores.

El 23 de octubre de 2001, el Senado aprobó y giró a la Cámara de Diputados el proyecto de Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

El Registro, que estará bajo la jurisdicción del Ministerio de Justicia, incluirá a las personas que, como resultado de procesos judiciales, adeuden tres o más cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya se trate de alimentos fijados provisoria o definitivamente.

Las personas que figuren en este registro no podrán abrir cuentas corrientes, cajas de ahorro o cuentas especiales de cualquier tipo, ni otorgar o renovar tarjetas de compra o de crédito.

Tampoco podrán otorgar o renovar créditos personales, hipotecarios o prendarios, concesiones, licencias o permisos.

Además, no podrán asumir cargos públicos, ni funciones para cuya asunción se requiera del acuerdo dispuesto por el Congreso de la Nación.