Escuela 359: aclaración del Onabe

El Onabe remitió a este diario un comunicado aclaratorio de la información publicada por El Litoral el 13 de julio pasado sobre la deuda -ahora saldada- que mantenía la Escuela Educación Media Nº 359 de Marcelino Escalada (departamento San Justo), provincia de Santa Fe, con el Estado, que -asevera el organismo- "era histórica".

Dice el organismo que el 1/02/1994 la empresa Ferrocarriles Argentinos concedió en uso a la Asociación Cooperadora de dicha escuela "una fracción de terreno ubicada en la mencionada Estación y la Cooperadora se obligó a pagar un canon mensual de cien pesos. Ante la falta de pago de los cánones mensuales, el Ferrocarril se vio obligado a promover la demanda correspondiente por cobro que finalmente llegó a la suma de $ 10.979,49".>

"Ante la culminación del juicio, en el mes de agosto de 2006, la Cooperadora presentó una propuesta de pago de los gastos judiciales, más los honorarios profesionales, que no incluía ningún pago por la deuda. La propuesta no podía aceptarse ya que el Onabe, heredero en este caso del juicio, carece de facultades legales para condonar deudas".>

"Habiéndose evitado el desalojo por gestión directa del Onabe, el día 15 de marzo de 2007, la Asociación Cooperadora formuló una nueva propuesta de pago por la suma de $ 8.453,23 en concepto de capital adeudado más gastos del juicio, que fue suscripta también por las autoridades del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe".>

"El gobierno de la Provincia se comprometió a subsidiar a la cooperadora y el Onabe a aplicar una quita del total de los intereses adeudados. Esta propuesta fue aceptada a través de la Disposición del Onabe Nº 093/07 y el 13 de julio pasado, la Asociación Cooperadora abonó en total la suma de $ 9.955,44 en concepto de capital más gastos del juicio".>

"En cuanto a la propiedad del inmueble, hay que señalar que el Onabe lo ha transferido a la provincia de Santa Fe en virtud de la Ley 24.146, y que la deuda reclamada era por cánones impagos devengados antes de la transferencia de la posesión del inmueble a la provincia".>