Resolución del Tribunal Electoral
El diputado 22 de la oposición quedó para el justicialismo
La disputa se había dado entre el PJ, que reclamaba la banca para Darío Scataglini, y el radicalismo, que la pretendía para Edgardo Martino. La Justicia Electoral rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la UCR.

El Tribunal Electoral provincial se reunió esta mañana y resolvió rechazar el planteo de inconstitucionalidad que había formulado el comité local de la Unión Cívica Radical para reclamar que la banca número 22 correspondiente a la oposición, fuese asignada a dicho partido. Los radicales habían fundado la presentación en el resultado de la distribución proporcional de los votos obtenidos en la elección general del pasado 2 de setiembre; esa lectura les hubiese permitido que el actual intendente de San Cristóbal, Edgardo Martino, asumiera el 10 de diciembre como legislador provincial.

Sin embargo, el Tribunal desestimó el planteo manteniendo el criterio de la vigencia de la ley N° 9.280, que establece para acceder a una banca un piso de votos equivalente al 3 por ciento del padrón. De esta forma, podrá reasumir como diputado provincial el justicialista Darío Scataglini, aunque la UCR podría aún plantear un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia.

En los fundamentos, el Tribunal advirtió que la impugnación planteada remite, en realidad, "al examen de cuestiones de interpretación de normas, representando el mero intento de reanudar un debate ya agotado en la instancia ordinaria y resuelto por los jueces naturales de la causa mediante una decisión que, aun cuando no sea compartida por el señor Martino, exhibe fundamentos adecuados que le confieren justificación suficiente a la luz de las exigencias constitucionales, por todo lo cual no cabe sino denegar la concesión del remedio en razón de su inadmisibilidad".

Respecto de la supuesta derogación implícita de la ley N° 9.280 que invocó como argumento la UCR, el Tribunal apelando a antecedentes al respecto, sostuvo que "no cabe presumirla en la medida que no exista una manifiesta incompatibilidad entre órdenes normativos sucesivos".

Antecedentes

El argumento de la UCR para recurrir a la justicia fue que, según el escrutinio provisorio, Martino había obtenido 47.913 sufragios; es decir, más del 3,2 % de los votos válidos emitidos. Sin embargo, el criterio inicial sostenido por el Tribunal para rechazar la postura fue que aún se encontraba vigente la ley N° 9.280 -ley de partidos políticos y supuestamente derogada junto a la Ley de Lemas-, que establece un umbral del 3 por ciento, calculado sobre todo el padrón electoral (piso idéntico al fijado por el Código Electoral en su Art. 160). Si se tiene en cuenta ese criterio, el radicalismo sólo alcanzó el 2,8 por ciento de los sufragios.

Ante el recurso de inconstitucionalidad presentado, el Tribunal Electoral corrió traslado del escrito al fiscal de Cámara Nro. 1, Miguel Ángel Molinari, a cargo de la Procuraduría de la Corte. Lo propio hizo con los apoderados del Frente para la Victoria, para que ambos actores se expidan.

El procurador desestimó el planteo de la UCR por considerar que antes de cuestionar la resolución del Tribunal, lo que debían hacer los apoderados del sector era plantear la eventual inconstitucionalidad de la norma que invocaban.

La observación fue desestimada por los apoderados de la UCR. "No podemos plantear la inconstitucionalidad de una norma cuando nosotros sostenemos que en realidad, esa norma ya no existe", dijeron a El Litoral.

Obviamente, los apoderados del Frente para la Victoria también rechazaron el escrito radical. Consideraron "inadmisible el recurso de inconstitucionalidad" y ratificaron la vigencia de la ley N° 9.280".

La resolución de la disputa no sólo determina quién será el diputado que asuma el 10 de diciembre; también era necesaria para que el Tribunal pudiese aprobar los cómputos del escrutinio definitivo de la elección.

Demoras con las boletas para el 28 de octubre en Santa Fe

Los partidos, alianzas y frentes electorales que presentaron candidatos a diputados nacionales por Santa Fe esperan una resolución del juez federal con competencia electoral, Reinaldo Rodríguez, para saber si podrán llevar o no la boleta de candidatos a presidente y vice para lo cual dicen haber adherido.

Una extensa audiencia realizada el pasado viernes para presentar modelos de boleta dejó al desnudo una serie de diferencias entre la Justicia y los partidos sobre la adhesión a fórmulas.

Hasta el momento, en la Justicia electoral prima el criterio de no autorizar los dos cuerpos de boletas pegados si no existe vínculo jurídico. El asunto no tiene inconvenientes en el caso del Frente para la Victoria cuya fórmula Cristina Fernández de Kirchner-Julio Cobos lleva como diputados una lista también el Frente para la Victoria con Jorge Obeid a la cabeza. En cambio, no fue autorizada la adhesión de la boleta del Partido Autonomista por no existir vinculación jurídica. Al parecer toda la documentación mostrada por esta fuerza es una autorización del propio Cobos.

En cuanto a la fórmula Roberto Lavagna-Gerardo Morales le fue autorizada a la Unión Cívica con Juan Carlos Millet y Alicia Tate debido a que esa fuerza política -a nivel nacional- conforma la alianza que postula al ex ministro de Economía para la presidencia. También sería autorizada la lista 504 que encabezan Adolfo Stubrin e Irma Foressi para llevar la fórmula. En cambio le fue denegada al PDP por sostener que no hay vínculo jurídico. La fuerza apeló la decisión y utiliza como argumentos centrales el congreso nacional y el provincial donde adhirió al binomio así como un acta firmada con el propio Lavagna.

En tanto, el binomio Alberto Rodríguez Saá-Héctor Maya (Frejuli) que en principio tenía acuerdo con cinco listas de diputados también tiene dificultades para esa concreción por carecer de elementos legales que convaliden los entendimientos.

Jorge Sobisch y Jorge Asís también tendrían problemas para llegar las dos listas de diputados que acordaron oportunamente.

A 26 días de los comicios, se aguarda la definición de la Justicia electoral debido a que las fuerzas deben además mandar a imprimir las boletas que se utilizarán el 28 de octubre.

En la página web de la Secretaría Electoral Nacional, apenas se encuentran las 21 listas de candidatos a diputados ya oficializadas y todavía ninguna de ellas con su correspondiente boleta de aspirantes a la presidencia y vice.

Expulsión

La corriente interna de la UCR Pensamiento y Acción anunció que impulsará la expulsión del presidente de la Convención Nacional partidaria Adolfo Stubrin, por "inconducta y apostasía doctrinaria al encabezar la lista de candidatos a diputados nacionales del peronismo lavagnista de la provincia de Santa Fe". Consideraron que es "incompatible presidir el máximo órgano de conducción del radicalismo, haberse subido después al estrado de la victoria del Frente Progresista, e integrar ahora una lista opositora de cuño peronista". Para el sector, Stubrin "termina dando el peor ejemplo de conducta cívica" y advirtieron que si la UCR expulsó a Julio Cobos, debería tomar la misma decisión con Stubrin.

De la redacción de El Litoral