La UCR no resigna la banca

La UCR irá directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, a reclamar la banca número 22 correspondiente a la oposición en la Cámara de Diputados, para su candidato Edgardo Martino.

A propósito de la decisión conocida ayer, el apoderado del partido, Roberto Ponce Aragón, sostuvo que "no es el propio Tribunal Electoral Provincial el órgano que tiene que decidir la procedencia o improcedencia del recurso de inconstitucionalidad planteado por Edgardo Martino, sino la Corte Suprema de Justicia Provincial".

La discusión está dada sobre la aplicabilidad o no del art. 5 de la ley 9.280, que exige a cada fuerza política alcanzar un número de votos equivalente al 3 % del padrón para tener derecho a una banca. Los votos obtenidos por la UCR, si bien le valdrían el lugar reclamado en función de una distribución proporcional, no llegan a ese piso. Sin embargo, el partido sostiene que la ley en cuestión quedó implícitamente derogada al modificarse el sistema electoral; criterio que el Tribunal no comparte y considera una cuestión de "interpretación".

El letrado hizo notar que el Tribunal Electoral "sólo ha denegado la concesión formal del recurso". Y, según él, "en el auto denegatorio no ha cuestionado ninguna de las exigencias que determinan la admisibilidad formal del recurso impuesto, como tampoco ha hecho referencia a lo dictaminado por el Procurador Fiscal que, de acuerdo a lo antes señalado, resultaba un argumento insostenible por la sustancia técnica del planteo; toda vez que no se estaba cuestionando la razonabilidad de la norma, sino el arbitrario criterio de sostener su eficacia, incompatible en el marco del nuevo sistema legal y constitucional vigente".

Ponce Aragón sostuvo que "el auto denegatorio recurre al argumento dogmático y simplista de sostener que, en el caso, sólo hay una mera discrepancia de criterios y que no existe supuesto de arbitrariedad respecto de su propia resolución, para la cual sólo reitera los argumentos expuestos en la decisión recurrida.

"Naturalmente, se interpondrá el recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia cuestionando el irrazonable e insustancial fundamento de la denegación formal, a fin de que se revoque el auto impugnado y se requiera la elevación de los autos a los fines de su tratamiento sustancial", agregó.

En atención a ello, remarcó que "no existe aún decisión del recurso interpuesto y ni siquiera definición sobre la concesión formal, que quedará sujeta a lo que la Corte Provincial decida en el recurso de queja; sin perjuicio de la instancia extraordinaria reservada por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación".