ANALISIS
Tiempos
Por Emerio Agretti

Aunque el impacto del fallo "Badaro" se mida en términos económicos -todavía no determinados-, su naturaleza es eminentemente política. Constitución en mano y aunque ciñéndose a la particularidad del caso a que está constreñido, el Tribunal subsanó la omisión legislativa y fijó con toda claridad los parámetros que deben regir la movilidad jubilatoria, que los otros dos poderes del Estado vienen desconociendo o relegando.

El pronunciamiento, que como ya se sabe opera en dos planos -el caso concreto y el precedente jurisprudencial para otros similares- se produce en el marco de una secuencia temporal en la cual la Corte busca atemperar el cimbronazo, sin que deje de ser tal. Así, en el fallo previo sobre el caso Badaro, cuando reconoció el derecho a la actualización, le dio tiempo al Congreso y al Poder Ejecutivo para que normalicen la situación. Ahora, ante la verificación de que no lo hicieron de manera satisfactoria, establece una pauta numérica concreta y emite un claro instructivo en orden a la normativa de fondo.

Por lo demás, el camino que deja abierto este fallo en particular tampoco dará necesariamente lugar a un aluvión de sentencias en términos idénticos. La posibilidad de regular el ritmo de los fallos y de contemplar las distintas medidas tomadas o por tomar desde el poder político, funcionarán seguramente como un nuevo otorgamiento de plazo para ajustar el sistema a derecho. Pero también, como una advertencia.