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Edición impresa | Santo Tomé
Edición del Domingo 30 de diciembre de 2007
Santo Tom&eacute: SATO-01
Derecho a la Información Pública y Presupuesto Participativo
Aprobaron dos ordenanzas que definen el perfil de gobierno
El ejercicio del Derecho a la Información Pública y el Presupuesto Participativo reflejan la dirección adoptada por la intendencia de Palo Oliver. Foto: Agencia Santo Tomé

Las normativas respaldan oficial y formalmente la idea de generar una administración de puertas abiertas a los santotomesinos, así como la búsqueda de un mayor compromiso de parte de los ciudadanos en las cuestiones públicas.

El cuerpo legislativo santotomesino aprobó dos ordenanzas muy significativas para el proyecto de gobierno del Frente Progresista, Cívico y Social (FPCyS) que lidera el intendente municipal Fabián Palo Oliver: el establecimiento y regulación del ejercicio en el ámbito local del Derecho a la Información Pública que tiene todo ciudadano, y la institución del proceso de Presupuesto Participativo en la Municipalidad de Santo Tomé.

Cabe recordar que dichas propuestas formaron parte de los ejes programáticos de la campaña electoral del FPCyS y del compromiso inicial llevado a cabo por el propio Palo Oliver, la primera vez que se dirigió públicamente a la comunidad de nuestra ciudad, en oportunidad de realizar el mensaje del 10 de diciembre pasado en la sala del Centro Cultural 12 de Setiembre, cuando juró como titular del Departamento Ejecutivo Municipal ante la presidenta del Concejo, Daniela Qüesta.

Contra la corrupción

Según el texto normativo, el acceso a la información pública se define como "herramienta con la que cuenta el ciudadano para informarse y así luchar contra la corrupción de los gobiernos", a la vez que puede mostrarse como "estrategia efectiva para mejorar su gestión". A nivel municipal, "al no contar con los procedimientos pautados para su ejercicio, la información de los actos de gobierno se pierde en los insuficientes principios de la publicidad oficial", por lo que "es necesario regular el derecho de peticionar ante las autoridades públicas". Igualmente, con esta normativa, ha quedado sancionado en Santo Tomé que toda persona, sea física o jurídica, tiene derecho a requerir y recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de acuerdo al principio de publicidad de los actos de gobierno.

En tal sentido, la legislación aprobada entiende que se presume pública a toda información que se halla en poder de cualquier organismo perteneciente a la Municipalidad de la ciudad de Santo Tomé y al Concejo Municipal, así como a las entidades autárquicas, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria (o bien sociedades de economía mixta u otras de similar estructura), al Tribunal de Faltas y a todas las empresas privadas y prestatarias de servicios públicos, así como a las organizaciones de toda índole que hayan recibido aportes o subsidios del sector público municipal (en estos casos, en lo referido a tales ayudas).

Control de los recursos

Respecto del concepto de Presupuesto Participativo, se puede decir que el mismo consiste "en la instrumentación de mecanismos de participación ciudadana en el debate de prioridades para la elaboración del Presupuesto General para la Administración Municipal"; con la finalidad de "promover el debate y la participación de los ciudadanos en la elaboración, seguimiento y control presupuestarios, así como en la determinación de prioridades en la asignación de los recursos". A partir de tales premisas, quedan delineados determinados objetivos.

Ellos son: lograr que los vecinos se sientan comprometidos con los destinos de la ciudad e identificados con su barrio; consolidar un espacio institucional de participación ciudadana; incorporar un instrumento de control y planificación de los recursos y la urbanización en la administración municipal; promover la equidad en el desarrollo territorial, para que todos los barrios de la ciudad tengan las mismas oportunidades; favorecer la participación colectiva para priorizar las necesidades barriales, intercambiando ideas y buscando consensos; promover la construcción de un municipio que tienda al desarrollo humano integral y sostenible, en el que el ciudadano se asuma como sujeto histórico, protagonista del progreso social; optimizar el manejo de los recursos públicos.

Cómo se instrumentará cada propuesta

En los considerandos de la primera de las normas referidas, se señala que el derecho a la información pública, además de estar reconocido por la Constitución Nacional y la Convención Americana de los Derechos Humanos, es uno de los instrumentos cuya necesidad se pone en evidencia luego de más de veinte años de democracia, resultando de fundamental importancia abordar la discusión para dotar al sistema republicano de mayores elementos de participación ciudadana.

En lo que respecta a su instrumentación, se establece que cada solicitud tendrá que ser realizada por escrito, conteniendo nombre y apellido, documentación que acredite la identidad, domicilio en el cual puede ser notificado el requirente y una descripción de la información que solicita, sin estar sujeto a otra formalidad. El organismo pertinente deberá deberá satisfacer lo solicitado al al momento de ser realizada la petición, o bien proveerlo en el plazo de 15 días hábiles administrativos, con la posibilidad de una prórroga por razones fundadas. Si la solicitud de información no hubiera sido respondida en los plazos legales, o que el organismo/funcionario requerido obstruya el acceso a la misma, el requirente tendrá habilitada la vía legal correspondiente. Este acceso a la información es gratuito, quedando a cargo del solicitante sólo los costos de la expedición de copias.

En cuanto a la puesta en marcha del Presupuesto Participativo, es válido acotar que una vez promulgada la normativa, el Ejecutivo procederá a su reglamentación en el término de 180 días, mientras que a la Secretaría de Gobierno local le va a corresponder dividir Santo Tomé en zonas cuantitativamente similares, para constituir la base humana del sistema de Presupuesto Participativo. Por otra parte, en lo concerniente a la elaboración de propuestas participativas, se sabe que se impulsarán las siguientes etapas: invitación a los vecinos para conformar asambleas barriales (para fijar áreas temáticas correspondientes al barrio, según las necesidades y problemas del sector); concreción por parte del Departamento Ejecutivo del anteproyecto presupuestario; presentación y debate del anteproyecto en jornadas participativas; redacción final del proyecto presupuestario, incluyendo las conclusiones que surjan en las rondas de las jornadas; remisión al Concejo Municipal del denominado Presupuesto General para la Administración Municipal, para su tratamiento y aprobación.

Residuos

Se recuerda que el 31 de diciembre habrá asueto municipal, tal como lo dispuso oportunamente el Departamento Ejecutivo. Asimismo, cabe señalar que la recolección de residuos que se realiza en horario matutino en Santo Tomé no sufrirá modificaciones y comenzará a las 6 de la mañana; por otra parte, la que habitualmente se lleva a cabo en horario nocturno, se adelantará para las 11 de la mañana del mismo día. El 1° de enero de 2008 no se prestará el mencionado servicio.

Ariel Durán-Sergio Ferrer



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