Política: POLI-03 La presidenta se reserva facultades legislativas

Cristina Fernández no "derogó" sino que "instruyó" para "limitar" por medio de su ministro de Economía, el esquema de retenciones móviles. De tal manera se arrogó para sí el derecho de seguir legislando en materia de derechos aduaneros, desconociendo lo que establece la Constitución y lo que decidió el Congreso.

En los considerandos del decreto 1.176, que lleva la firma de la mandataria, se establece que la medida se adopta en uso de atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo en el artículo 99 de la Constitución. En su segundo inciso la norma establece que el presidente "expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias".

Omite el decreto presidencial al artículo 75 de la Constitución, que establece que es "atribución del Poder Legislativo" la de "legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y exportación, los cuales, así como las evaluaciones sobre las que recaigan, serán uniformes en toda la Nación".

En cambio la presidenta se apoya en el Código Aduanero de facto, aún vigente, para justificar su medida.

Insiste en que aún cuando el esquema de retenciones móviles fue "dictado en uso de facultades regladas, para mayor institucionalidad y ejercicio de la democracia, se postuló la ratificación de las medidas y la transformación del Programa de Redistribución en un Fondo con Afectación Especial, por el Honorable Congreso de la Nación".

Es decir que la presidenta asume que le concedió al Congreso la posibilidad de expedirse aún cuando no necesitaba hacerlo. Y además, la mandataria establece en los considerandos del decreto que lleva su firma, que "en la Cámara de Senadores sólo pudieron empatar en singulares condiciones y sin ningún consenso positivo, generándose una virtual imposibilidad de decisión oportuna del tema".

Según Cristina Fernández de Kirchner, el Congreso no decidió nada: "que así, con una de las Cámaras a favor de la ratificación de la medida con mayoría absoluta y, la otra en virtud de aquél desempate, rechazando esa medida, no se ha podido resolver la cuestión, toda vez que deja el trámite inconcluso y al Congreso sin manifestación".

"Es este Poder Ejecutivo entonces el que debe dirimir la cuestión, volviendo a ejercer sus facultades, pues de otro modo ha sido imposible", concluye los considerandos del decreto presidencial, que a continuación instruye al ministro para que vuelva a imponer en nivel de los derechos de exportación mediante una resolución que avanza sobre las facultades que la Constitución atribuye expresamente al Congreso.