Economía: ECON-01
Afectan al comercio disposiciones de la Afip y de Oncca
Exportadoras piden la revisión de normas
En los puertos de la zona del Gran Rosario existen operaciones demoradas de maíz y soja. Foto: Agencia Rosario.

Superado el conflicto con el campo, las empresas cerealeras enfrentan otras dificultades. Limita la fluidez del comercio la resolución Nº 543 de la Oncca. El sector no ve un horizonte despejado en un negocio que es global.

Voceros vinculados con el comercio de granos sostienen que el 30 por ciento de la cosecha de soja, es decir entre un 12 y 15 millones de toneladas, se encuentra en manos de los productores sin vender. Y pese a que quedó " limitada" la resolución 125, que había impuesto las retenciones móviles por el decreto Nº 1.176 del Poder Ejecutivo Nacional, persisten dudas en el sector exportador.

Las cerealeras advierten que deberían removerse otras disposiciones legales que entraron en vigencia mientras duró el conflicto con el campo. Específicamente, el sector se refiere a la resolución Nº 543 de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (Oncca), que le da potestad al organismo para exportaciones de granos y de aceites, y no tiene término para otorgar las autorizaciones.

Asimismo consideran que son muy cortos los plazos para concretar los despachos, una vez obtenidas las autorizaciones, y que también de parte de la Afip se han establecido normativas que están quitando fluidez a las operaciones.

Las cerealeras bregan para que "las declaraciones juradas de ventas vuelvan a ser lo que son y no permisos para exportar, a lo que el Estado puede responder sí o no. Si dicen no cuando ya se ha hecho la operación, ¿qué se hace con el cliente?, interrogan. "Si se tiene el trigo embarcado es porque lo han comprado", agregan en el ámbito del comercio.

"Entonces Äcontinúan los voceros del sectorÄ hay que decir que las retenciones móviles eran un problema pero no el único; existen otras normativas que traban las operaciones en un negocio donde los compradores piden certidumbre en el plazo de entrega, y las compras se proyectan hasta con un año de anticipación".

Tanto las Bolsas de Comercio de Rosario y de Cereales de Buenos Aires están analizando los pasos a seguir, en cuanto a la resolución Nº 543.

Ayer, la soja registró una fuerte baja en el mercado de Chicago y se ofrecía a 970 pesos la tonelada dentro del país, pero prácticamente no se registraron operaciones porque los productores esperan un mayor precio. Pero se aclara que "éste fue el último mercado oferente porque no hubo precios para el trigo y el maíz".

Otras inquietudes

Asimismo, las cerealeras aluden a la Ley Martínez Raymonda. "Se pagaba a cuenta, porque la ley no está reglamentada. Las exportadoras sabíamos que cuando eso ocurriera se iba a tener que efectivizar un ajuste de retención. Sin embargo, no se aclaró esto ante la opinión pública y se dice que ha quedado en nuestras manos una importantísima cantidad de dólares. ¿Por qué no se aclara que eso no es así, sino que formaba parte de la mecánica de las operaciones para que se reglamentara la ley?", se quejan.

Advierten asimismo el lenguaje utilizado en el decreto Nº 1.176 que no "deroga" las retenciones móviles, sino que las "limita" la resolución Nº 125. "Esto quiere decir ÄafirmanÄ que el gobierno si quiere puede subir las retenciones del 35 al 40 %. Se armaría otro lío, pero la letra del decreto deja esa posibilidad".

"No hay claridad para el comercio de granos. Lo que está saliendo de los puertos es mercadería que se había adquirido antes de que comenzara el conflicto con el campo, son contratos de marzo por maíz y de mayo por soja, es decir hablamos de entregas demoradas que estamos poniendo al día".

Forward

El portal económico Punto Biz consigna que siguieron siendo nulas las operaciones "forward", y aclara que éstos son contratos de compra-venta a término, "en el que el productor acuerda con el vendedor entregar la mercadería a un precio, que se define en un momento posterior a la entrega". Un 30 % de la cosecha nacional se vende bajo esta modalidad. Estos contratos están afectados por la resolución Nº 543 porque no hay certidumbre sobre el valor que tendrán las retenciones en la próxima cosecha, al que se suma otra inquietud más: el valor de la alícuota cuando el Oncca autorice las exportaciones. "Es una lotería arriesgar cuál será el precio FOB de la mercadería Äcon impuesto cargado en el barco de origenÄ que es la base sobre la cual se calcula el precio que recibirá el productor tras los descuentos".