Advierten sobre las dificultades para reglamentarla

A más de un año de su sanción, la Ley de Talles aún no se aplica

Advierten que es una norma complicada para poner en marcha por la tensión que se puede generar con industrias y comercios. Y por las definiciones técnicas a instrumentar en la tabla de medidas.

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Una de las posibilidades que se maneja es que las prendas incluyan una pequeña figura con la indicación del talle y su valor en centímetros.

Foto: Archivo

Mariela Goy

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A más de un año de su sanción, la ley Nº 12.841, más conocida como Ley de Talles, duerme el sueño de los justos. Al parecer, las complicaciones surgieron a la hora de reglamentar la normativa que obliga a los comercios que venden ropa de mujer a tener en existencia todos los talles, incluidos los más grandes.

“Sabemos que los plazos están vencidos, pero es una ley muy difícil de reglamentar”. Así lo admitió Osvaldo Audagna, secretario de Servicios de Apoyo al Desarrollo, del Ministerio de la Producción. De esa cartera dependen las direcciones de Industria y de Comercio Interior, las dos áreas que tienen a su cargo la redacción de las disposiciones concretas sobre los talles, que deberán respetar comercios e industrias.

La norma fue sancionada en noviembre de 2007 y promulgada en diciembre de ese mismo año. En su articulado, se establece que el Poder Ejecutivo reglamentará la ley “dentro de los 90 días de su promulgación” y que la misma comenzará a aplicarse “a partir de los 180 días de entrada en vigencia”. Es decir, los plazos caducaron a mediados del año pasado, pero aún no hay novedades sobre esta disposición, cuyo propósito de fondo es comenzar a derribar los íconos que colaboran con la presión social de estar delgado.

“Indudablemente, una ley siempre tiene un objetivo determinado de satisfacer demandas, pero la reglamentación es lo que más tiempo lleva, porque hay que hacer acuerdos por los problemas económicos que puede acarrear a los comercios e industrias. Queremos que sea una ley de consenso, no sólo punitiva”, justificó Audagna.

“Cuando se favorece a alguien, se desfavorece a otro. Por eso, hay que equilibrar bien para no traspasar un problema a otro sector”, dijo.

La ley es escueta pero sumamente clara: obliga a las empresas industriales radicadas en el ámbito de la provincia, cuya actividad sea la fabricación de indumentaria femenina, a confeccionar las prendas en todos los talles necesarios para cubrir las medidas antropométricas de la mujer adolescente, conforme a las normas Iram. Y a los comercios, a tener en existencia todos los talles de prendas destinadas a ese mismo target (mujer joven).

“Los fabricantes o comerciantes que incumplieren la norma serán sancionados con multas y/o clausuras”, indica la letra de la ley, que determina que el Ministerio de la Producción será la autoridad de aplicación.

Complejidad

Los que tienen a su cargo la redacción de la reglamentación se encontraron con dos dificultades. Una, de tipo político: la necesidad de que la norma no vulnere los derechos del sector comercial e industrial. Y otra, más bien técnica: la complicada determinación de las medidas antropométricas (relativa a las proporciones y medidas del cuerpo humano).

“La mayor dificultad con el tema concreto de la Ley de Talles es con los stocks y la baja rotación tanto del comercio como de la industria”, explicó Audagna. “Si hay algo que no se produce y que a partir de ahora estás obligando a producir, quiere decir que estás introduciendo una demanda que no existe. Y no quiero decir que esa demanda no sea real, porque hay gente que pide ese producto, sino que no hay una rotación, un consumo suficiente que justifique esa fabricación”, amplió el funcionario.

Cualquier industria va a fabricar aquello que vende, y que le produce un lucro. “Quien tiene una actividad la tiene para ganar dinero. Indudablemente que, en este caso, los industriales exigen en cierta medida que se tenga en cuenta esa variable porque la ley les puede traer perjuicios económicos. Ahí es donde se genera la tirantez”, subrayó.

Por su parte, Andrés Vega, director de Comercio Interior, agregó que, al no existir una Ley nacional de Talles, se puede obligar a las textiles santafesinas a fabricar de tal o cual forma, pero no así a las industrias de otras provincias que también introducen sus prendas acá.

Figurita con los centímetros

Vega señaló que “también es difícil determinar todas las medidas antropométricas que, además, tienen que cumplir con las normas Iram. Hay proyectos de otras provincias y fuimos recabando información. Una de las ideas que se maneja es que la prenda traiga un dibujito donde se especifique que esa prenda tiene, por ejemplo, 95 de busto o tanto de cintura, de manera que la mujer casi ni necesite probarse la prenda para saber que le queda”, destacó Vega.

Audagna habla de “equilibrio” a la hora de reglamentar la norma, para que ésta no haga agua después. De hecho, hay antecedentes en la provincia de Buenos Aires de amparos concedidos a los industriales que accionaron judicialmente contra de la Ley de Talles sancionada en esa provincia en 2005. “Estamos trabajando y efectuando ajustes. Lo que hay que tratar de hacer es que esta norma tenga posibilidades de aplicarse”, cerró el funcionario.

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ADEMÁS

Medidas reales

El talle es sólo una referencia, lo cierto es que las mujeres que superan determinado peso no encuentran ropa de moda que les vaya bien. Se ven obligadas a ir a modistas o a comprar modelos que no son los que usan sus amigas.

En una recorrida por algunos comercios de Santa Fe se pudo observar la existencia de locales de ropa juvenil con talles únicos para remeras y camisitas, y talle máximo de 42 para pantalones. Además, hay una dispersión muy grande de medidas: algunas prendas para la parte superior del cuerpo traen los clásicos XL, L, M o S; otras llevan etiquetas con los números 1, 2 y 3, y algunas directamente no traen referencias.

Con los pantalones ocurre lo mismo. Es común que las vendedoras pregunten qué talle usa la clienta, para después ofrecerle una prenda dos números más grande. Según aducen, algunas marcas consignan el talle 42, pero puestas en el cuerpo miden como un 38 ó 40.

Para normalizar esta situación, es fundamental que la tabla que se genere en la reglamentación esté basada en un serio relevamiento antropométrico (proporciones y medidas del cuerpo) de la población de mujeres jóvenes, basado en medidas reales.

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EL DATO

Paralizada.

En la provincia de Buenos Aires, la Ley de Talles estuvo paralizada más de cinco años. En marzo de 2001 fue aprobada por la Legislatura bonaerense, pero la reglamentación se conoció recién en 2005. En el 2006 fue el turno de Entre Ríos. En Mendoza, la obligación de contar con prendas para todas las medidas antropométricas de las adolescentes está comprendida en el Programa Provincial de Prevención de Trastornos Alimentarios, ley 7.634, publicada en enero de 2007 en el Boletín Oficial. Santa Cruz también tiene Ley de Talles, mientras que en otras provincias está en debate.

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Opiniones

Rodolfo Montero, delegado de Aluba Entre Ríos (asociación que lucha contra la bulimia y la anorexia), sostuvo: “Aluba empezó a trabajar en una ley de talles desde el ‘99, juntando firmas. En nuestra provincia se sancionó en la Cámara de Diputados inmediatamente y la otra sanción del Senado tardó 5 años. Es una ley importante que tiende a generar conciencia en el consumidor; es él quien debe ser exigente con lo que está comprando. No puede ser que habiendo normas como las Iram o ISO, no se respeten. Vas a comprar un pantalón talle 42 y te dicen que es un “42 chico” ¿qué es eso? Aluba no quería una ley punitiva sino de consenso: no exigíamos que los negocios vendan todos los talles, porque cada uno elige qué vender. Pero sí queríamos que los talles vinieran identificados con números y las medidas correctas para que el propio consumidor controle. La Argentina es uno de los pocos países que está tan pendiente del cuerpo: somos el segundo país del mundo en trastornos de alimentación y estamos en carrera en el tema de cirugías estéticas. Hay que hacer algo, pero más a nivel de concientización que a través de la sanción porque donde más se vende ropa en sudamérica es en La Salada, y si no se puede controlar la mercadería ilegal, menos se va a poder controlar el talle”.

El Centro Comercial de Santa Fe, en su momento, ofreció objeciones a la norma. Señaló que “el primer perjudicado sería el comerciante franquiciado, que es aquél que trabaja con determinadas líneas -a veces de prestigio internacional- y que está limitado a los talles que esa marca fabrica”. También se verían afectados los comerciantes en general que se proveen de fábricas que no son de Santa Fe y, por lo tanto, no están obligadas a confeccionar prendas con todas las medidas antropométricas; las que estarían en infracción o deberían encontrar fabricantes locales que cumplan con la ley. Por otro lado, sostiene que la norma desconoce características fundamentales del negocio de indumentaria, como es la liquidación: “significa que, cuando falten medidas porque se sacaron de circulación modelos por su antigüedad o el cambio de moda, también se estaría técnicamente en infracción”, indica.