Padrón definitivo

Sorteo de veredas

Un total de 72.742 contribuyentes está en condiciones de participar en el sorteo de 400 veredas que realizará el municipio el próximo 27 de febrero entre aquellos vecinos que, al 12 de enero de 2008, se encontraban al día con las 12 cuotas de la Tasa General de Inmueble de 2008.

Los contribuyentes que no figuraban en el listado que el municipio difundió desde el pasado 9 de febrero tenían plazo hasta el último lunes para formular el reclamo correspondiente, presentándose en las oficinas de Tasa General de Inmueble con los comprobantes de pago.

Así, hubo 13 casos en los que se comprobó que no había registro del pago de una cuota, por lo que fueron incorporados al listado de buenos contribuyentes, mientras que en otros 333 casos, se procedió a compensar una boleta adeudada porque había sido abonado dos veces un mismo período.

De esa forma, suman 346 los contribuyentes incorporados al padrón habilitado para participar del sorteo.

Al respecto, vale recordar que la nómina que se publica no incluye a funcionarios del municipio, ya que una resolución interna establece que no podrán participar.

¿Cómo consultar?

En la página web del municipio (www.santafeciudad.gov.ar), al ingresar el número de padrón, el vecino comprobará si figura en el listado de buenos contribuyentes, y obtendrá, además, el número que se le asignó para el sorteo.

Los ciudadanos también podrán consultar el listado acercándose a la Mesa de Informes del Palacio Municipal o a cualquiera de las oficinas descentralizadas inauguradas durante el año pasado. También se puede llamar a la línea gratuita de Atención Ciudadana: 0800-777-5000.

El sorteo se efectuará ante escribano público el próximo viernes 27 en la Sala de la Lotería, y la nómina de ganadores se publicará durante 10 días en el sitio web del municipio. Cada contribuyente que resulte favorecido con un módulo de reparación de vereda deberá suscribir un acta-acuerdo con el municipio donde se establezcan las condiciones, el inicio y plazo de ejecución de los trabajos. El decreto que creó el premio estableció también que, “en caso de que el contribuyente favorecido no aceptare el beneficio, o no lo reclamare en el término de 30 días, el Departamento Ejecutivo podrá disponer del mismo, destinándolo, a idénticos fines, para alguna institución de bien público.