Apuntes de política provincial

Atropello electoral

Teresa Pandolfo

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El régimen electoral provincial difiere sustancialmente del sistema nacional para la elección de autoridades y legisladores nacionales.

El primero contempla dos instancias: una, las primarias obligatorias para la selección de los candidatos que competirán en el segundo comicio, general y definitivo, para la elección de autoridades. Entre uno y otro acto eleccionario debe quedar un solo postulante por partido o coalición. El régimen nacional es directo: en un solo comicio queda definido quiénes ganaron.

El gobernador Hermes Binner, con las atribuciones que el otorga la ley Nº 10.300, fijó para el 28 de junio las primarias para la selección de candidatos a concejales y para las comisiones de fomento en las comunas y el 30 de agosto para las elecciones definitivas.

En tanto, según la última reforma del Código Electoral Nacional producida en el 2005, la realización de las elecciones a autoridades y legisladores nacionales, se estableció para el último domingo de octubre.

En aquel momento, el Poder Ejecutivo -Néstor Kirchner era presidente de la Nación- fundamentó la reforma en dar previsibilidad a los actos electorales y despegarlos así de los avatares de la sociedad o las necesidades políticas del partido que estaba en el gobierno. Se ha borrado con el codo este argumento y la presidenta Cristina Fernández anunció el envío al Congreso de un proyecto para adelantar estas elecciones para el 28 de junio.

La prensa han sido fecunda en el aporte de las razones paralelas a la esgrimidas para cambiar la fecha. Cristina Fernández aludió a la inconveniencia de un proceso comicial -con la esgrima que lleva implícito- en medio de la principal crisis económica y financiera que enfrenta el mundo desde la Gran Recesión. En tanto, los comentarios periodísticos aluden a que el matrimonio presidencial buscó evitar el día después de las elecciones en Capital Federal colocadas por Mauricio Macri, distrito en el que se pronostica como muy posible una derrota del kirchnerismo. Asimismo, para poder seguir manteniendo la iniciativa política y hubo otras interpretaciones más.

Lo cierto es que el proyecto debe pasar por el Congreso, que no es ahora un jardín de rosas para la Casa Rosada. Seguramente, los presidentes de sendas cámaras y de sus bloques oficialistas estarán haciendo números. A la hora de comenzar a redactar “Apuntes...” -ayer sábado a las 15- el socialista Rubén Giustiniani se oponía al cambio, en tanto los senadores por Santa Fe Federal: Roxana Latorre y Carlos Reutemann estaban más por el “no” al proyecto de la Casa Rosada que por el “sí”.

En su momento, ambos votaron por la reforma del Código Electoral en 2005 y avalaron los argumentos del proyecto. Actuar en favor del cambio ahora, sería incurrir en una contradicción. Lo dicho lleva a inferir que, si el Congreso deja firme la fecha para el 28 de junio, ni Reutemann ni Latorre buscarían la reelección.

Porque, según lo que deduce esta periodista, ¿qué cambió como para que Reutemann se postule nuevamente, luego de que hiciera bloque propio porque las políticas kirchneristas perjudicaban a la provincia de Santa Fe? Nada. ¿Con qué partido? Supongamos que lo hiciera dentro del Partido Justicialista pero ¿con qué mensaje si ninguna de las medidas anunciadas ha modificado el escenario de la producción, de la industria paralizada, del comercio y los servicios de esta provincia? El campo en Santa Fe sigue en protesta.

Si lo inferido se concreta, al justicialismo se le mueve el tablero mucho más que por la influencia de la “revolución electoral” originada por los Kirchner. Sin la participación de Reutemann, la situación en el distrito santafesino favorece más al Frente Progresista. Pero éste es un problema de los partidos que deberán resolver internamente.

Impacto en las elecciones propias

La fecha prevista en el proyecto girado al Congreso por Cristina, es la misma que el gobernador Binner eligió para las primarias obligatorias: el 28 de junio. Y en la provincia se abre un interrogante por la cantidad de normas electorales que se superponen.

En principio, podría decirse que al ser dos elecciones con propósitos sustancialmente diferentes no se podría, por lo menos, votar en una misma mesa para la elección municipal y la nacional. La dificultad más compleja de remover es la de los padrones de electores. Estos para las elecciones nacionales cerraron el 31 de diciembre de 2008 y para las elecciones municipales el 3 de marzo de 2009. No son iguales en la cantidad de personas contenidas en uno y otro.

De mantener la fecha de la primaria el 28 de junio, deberían -entonces- duplicarse el número de mesas de votación con todo lo que ello implica. Es decir, la misma persona en una mesa sufragaría para seleccionar los candidatos a concejales y en otra mesa electoral, que podría estar constituida incluso en otro lugar físico y distante, para diputados y senadores nacionales. Para el elector es todo un incordio asumir la naturaleza intrínsecamente distinta de un acto electoral y otro.

Binner tiene facultades para cambiar la fecha de los comicios si lo considera conveniente. Los puede adelantar una semana respecto de los nacionales o puede retrasarlos también una semana como máximo, por los plazos establecidos en la Constitución provincial.

Por estas horas, en la Junta Electoral de la provincia se estaba elaborando un informe técnico para elevar al presidente del órgano, que es el titular de Corte Suprema de Justicia. Seguramente, desde esa instancia se lo trasladaría a la Casa Gris para su consideración.

No es válido el antecedente de la elección provincial y nacional cuando se hicieron en forma coincidente, con boleta sábana, porque en esa oportunidad estaba vigente la ley de lemas, que al haber sido de doble voto simultáneo, era un comicio concluyente: elegía autoridades. En cambio la primaria no lo es, sólo opera como una interna para la selección de candidatos.

El cambio o mantenimiento de las fechas es una decisión política que habrá de definirse en función de cuestiones técnicas muy complejas de resolver. Pero, fundamentalmente, se debería pensar en allanarle al elector el ejercicio de sus derechos políticos.