El decreto alcanza a sábalo, surubí, tararira y boga

Normas para la exportación

de especies ictícolas de ríos

Las disposiciones se extenderán hasta el 31 de diciembre de 2010. Las ventas al exterior pasarán a regirse por el Código Aduanero. Falta determinar el cupo para éste y el próximo año.

De la redacción de El Litoral

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La provincia de Santa Fe consideró que el decreto 931 del gobierno nacional que fija cupos para la exportación de determinadas especies ictícolas, como sábalos, surubí, tararira y boga, “ tiene avances interesantes” para evitar la depredación del recurso.

Ricardo Biani, secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero del Ministerio de la Producción admitió ante El Litoral que hay más cosas positivas que negativas en el decreto que desde febrero estaba recorriendo los despachos oficiales y que fue publicado ayer en el Boletín Oficial de la Nación.

El decreto, en su artículo 1, establece que las especies sábalo, surubí, tararira y boga “sólo se podrán exportar hasta completar los cupos de exportación que fije la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de la Producción”,

En el segundo artículo se determina que la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura “evaluará periódicamente el estado de los recursos involucrados en la presente medida y, en base a ello, recomendará cuál deberá ser la extensión de los cupos de exportación, a fin de proveer a la preservación del estado del recurso”.

En el último punto se establece que el decreto comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010.

La disposición lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y de la ministra de la Producción, Débora Giorgi.

Mirada santafesina

Biani saludó la importancia del decreto más allá de que todavía persisten algunos baches por los cuales gestionará una audiencia con el subsecretario de Pesca y Acuicultura, Norberto Yaguar, para la cual pretende asistir con representantes del Consejo Provincial Pesquero.

“Hay avances importantes porque permite -en principio- una planificación a dos años”, resaltó el funcionario del Ministerio de la Producción. Si bien en el decreto no se fija el número de habilitación de la exportación, sí entiende que intima a la Secretaría de Agricultura a fijar el cupo.

Además resaltó que “lo valioso es que el decreto establece posiciones arancelarias, razón por la cual cualquier exceso que cometan los frigoríficos exportadores pasa a constituirse en un delito federal. Hasta hoy esto no sucedía”.

Funcionarios del Ministerio de la Producción afirman que el Código Aduanero es más estricto a la hora de aplicar sanciones que antes se diluían entre provincias y otros organismos nacionales como Senasa.

Entre las dudas que plantea Santa Fe es qué pasará con el resto de las especies no consideradas en el decreto, motivo que estará expuesto en el pedido de audiencia a Yaguar. La otra es que el decreto contempla el pescado entero, no los procesados y esto también puede sugerir distintas interpretaciones.

Biani entendió además que esta medida del gobierno nacional está en sintonía con la resolución santafesina de semanas atrás que estableció un volumen máximo de captura de especies ictícolas para bajar la presión sobre el río.

En el 2008, desde frigoríficos santafesinos se autorizó la exportación de 5.800 toneladas de sábalo, y para el presente el objetivo es reducir un 25% esa cifra. “El decreto permitirá avanzar en aplicar políticas para el sector”, subrayó el funcionario.

Normas para la exportación de especies ictícolas de ríos

La medida nacional permitirá la regulación de los recursos ictícolas y el ordenamiento de toda la cadena desde el pescador hasta los frigoríficos.

Foto: Télam