Borges y el Derecho

Mario Javier Guedes (*)

El próximo 24 de agosto se cumplirán ciento diez años del nacimiento de Jorge Luis Borges. Unos días después, el 29 de agosto, los abogados argentinos celebraremos nuestro día en honor al natalicio de Juan Bautista Alberdi, indiscutido arquitecto de la Constitución Nacional. La proximidad de ambas fechas servirá aquí de pretexto para abordar la obra de Borges desde un ángulo novedoso: el Derecho.

¿Cuáles son los vínculos entre Borges y lo jurídico? Si bien fue hijo de un abogado, ese dato es anecdótico: la confesa deuda de Borges hacia su padre fue por haberle franqueado su biblioteca y enseñado las primeras lecciones de filosofía, no la pasión por el Codex de Justiniano. También su íntimo amigo Macedonio Fernández fue abogado, pero ya no ejercía cuando, hacia marzo de 1921, retomó contacto con el joven Jorge Luis que regresaba de Europa.

Fieles al desdoblamiento que supo defender, podríamos distinguir entre el Borges literario y el Borges tangible. De este último poco sabemos, más allá de simples circunstancias biográficas. Sus afirmaciones sobre política y democracia son olvidables y no deberían inquietarnos. Como él mismo dijera en referencia a Julio Cortázar, no nos es dable condenar o aprobar a una persona por sus pareceres políticos ya que “fuera de la ética, entiendo que las opiniones de un hombre suelen ser superficiales y efímeras” (Prólogo a Cartas de Mamá, 1984). Señalaremos sólo dos hechos mundanales de su vejez, dignos de memoria. El primero es el haber firmado, en plena dictadura militar, una solicitada a favor de la causa de Madres de Plaza de Mayo. Reconoció sin pruritos su error de haber confiado en el gobierno de facto de Videla, que otrora calificó como una “dictadura de caballeros”. Al recordar la visita de Madres y Abuelas, dijo: “Todo acusado tiene derecho a ser juzgado. Cuando me enteré de todo este asunto de los desaparecidos me sentí terriblemente mal. Me dijeron que un general había comentado que si entre cien personas secuestradas, cinco eran culpables, estaba justificada la matanza de las noventa y cinco restantes. ¡Debió ofrecerse él para ser secuestrado, torturado y muerto para probar esa teoría, para dar validez a su argumento!”. El segundo es su férrea condena a la Guerra de Malvinas, sobre la que había bromeado comparándola con “dos pelados peleándose por un peine” y a la que luego atribuyó a “una decisión tomada por media docena de militares, posiblemente borrachos... gente peligrosísima para el país”.

Pero es el otro Borges es el que aquí nos importa. De todos los elementos de su universo literario que resultan afines al mundo jurídico, tomemos sólo uno: su idea de justicia. En el cuento “El hombre en el umbral” (1949) nos narra la historia de un juez corrupto que termina siendo juzgado y condenado en un ignoto pueblo musulmán, encomendándose el fallo al arbitrio de un loco “para que la sabiduría de Dios hablara por su boca y avergonzara las soberbias humanas”. La justicia trascendente está presente también en su cuento “Emma Zunz” (1949), donde una joven mujer pierde su honestidad en manos de un marinero nórdico y simula luego una violación que la justifique frente a la justicia humana por asesinar al responsable de la muerte de su padre y oculte, de ese modo, su venganza. Sin embargo, a la hora de ejecutar su proyecto siente menos la urgencia de castigar la pérdida de su padre que el ultraje padecido. En “Fragmentos de un evangelio apócrifo” (1969), poema que el propio Borges reconoció como su página esencial en materia de ética, leemos: “Bienaventurados los que no tienen hambre de justicia, porque saben que nuestra suerte, adversa o piadosa, es obra del azar, que es inescrutable”.

¿Es acaso la justicia para Borges algo inexplicable, un producto del azar y no de la razón? En su cuento “La lotería de Babilonia” (1944) nos presenta una sociedad gobernada por un infinito juego de azares, donde los premios y los castigos que deciden la suerte de los hombres responden a los secretos sorteos de una Compañía -quizás omnipotente, quizás inexistente- y no a un preciso orden de causas y efectos. Como es de esperar, el ejercicio de la justicia se regía también por innumerables sorteos. Pero Borges aclara, en otro lugar, que “azar” es el nombre que nuestra inevitable ignorancia da al tejido infinito e incalculable de efectos y de causas. La locura, lo imprevisible, el azar y el caos son sólo lugares comunes; Dios teje una trama que nos es velada.

También profesó fascinación por los cuchilleros y el ámbito del arrabal, pero abjuró años más tarde de cuentos como “Hombre de la esquina rosada” (1935) al considerarlos meros artilugios literarios de juventud. Luego entregaría, solo o en colaboración con su amigo Adolfo Bioy Casares, brillantes páginas al género policial, “unas de las pocas invenciones literarias de nuestro tiempo”. En ambas etapas, pueden rastrearse elementos propios del discurso del Derecho penal y de la Criminología crítica.

Borges nos sigue invitando a su relectura, a interpretar entre líneas y desde los más curiosos ángulos su legado literario.

(*) Abogado, profesor de Derecho Penal, parte especial (UCSF), profesor de Derecho Penal Económico (UCSE).

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El lunes se cumplirán 110 años del nacimiento de Jorge Luis Borges.

Foto: Archivo El Litoral