Una ley sancionada en 1994
Ley Pierri: unas 60 mil familias
podrán escriturar en la provincia
En casi quince años, sólo se hicieron doscientas escrituras. Ahora, el gobierno pretende hacer trámites masivos y en el corto plazo, regularizar la situación dominial de unas 3 mil viviendas. Qué deben hacer los interesados.
De la redacción de El Litoral
Según estimaciones oficiales, alrededor de sesenta mil familias de la provincia de Santa Fe podrían regularizar la situación dominial de su inmueble utilizado como vivienda única, según lo establece la Ley Nacional Nro. 24.374. La norma, conocida como Ley Pierri -en honor a su autor, el diputado nacional (MC) Alberto Pierri-, permite que puedan escriturar aquellas personas que puedan acreditar la ocupación permanente y pacífica durante tres años continuos de una casa utilizada como vivienda única. En la provincia, los trámites podrán acelerarse después de que se firmara ayer un convenio entre las autoridades del Poder Ejecutivo y el Colegio de Escribanos de Santa Fe, que ayudará a agilizar la escrituración.
El trámite de regularización se podrá iniciar cuando la posesión sea de un inmueble único y permanente; cuando la posesión sea pública y pacífica, sin interrupciones en el tiempo, por una causa lícita y libre de juicios iniciados en su contra. Puede iniciar el trámite el poseedor originario, el cónyuge y sucesores del poseedor originario que hayan continuado la posesión del inmueble, los que sin ser herederos hubiesen convivido con el poseedor originario recibiendo trato familiar, o los que continuaron con la posesión a través sede un acto legítimo (transferencia de boleto o cesiones).
Durante el acto de ayer, el gobernador Hermes Binner aseguró que con estas medidas, “seguimos avanzando en el derecho a la vivienda que tiene todo habitante en la Argentina. Esta es una ley que ya lleva 15 años y lamentablemente no se ha aplicado. Hoy estamos dando un paso gigantesco, que se suma a la titularización de las viviendas correspondientes a los planes Fonavi (Fondo Nacional de la Vivienda), para corregir irregularidades, porque creemos que hay que trabajar en defensa de los derechos fundamentales de los vecinos de Santa Fe”, manifestó..
Qué se hizo
En diálogo con El Litoral, el ministro de Desarrollo Social, Pablo Farías, cuya cartera actuará como autoridad de aplicación de la ley nacional, explicó que el espíritu de la norma es que estas familias “con un trámite abreviado y apoyados por el Estado sin costo alguno o con un costo ínfimo una vez que ya tienen el dominio”, puedan acceder a la escritura definitiva.
“Esta norma -comentó Farías- permitió que en algunas provincias, por ejemplo en Buenos Aires desde que se sancionó la ley, ya se hayan escriturado más de 200 mil viviendas. En cambio, en la provincia de Santa Fe esta ley nunca avanzó porque no se podía destrabar esta situación de que tuviéramos la posibilidad de trabajarla masivamente con muchos escribanos. Por eso, desde la aplicación de la ley hasta la fecha en Santa Fe sólo se han entregado unas 200 escrituras. Nosotros nos proponemos establecer una amplia masificación”.
Según dijo el ministro, de acuerdo con relevamientos realizados en la provincia, existirían “unas sesenta mil familias en condiciones de poder escriturar”, pero aclaró que la pretensión del gobierno provincial en el corto plazo es poder entregar “unas 1500 escrituras el año que viene, y llegar a las tres mil hacia 2010”. .
Cómo hacer
Los interesados que consideren que están enmarcados en los parámetros de esta ley deberán dirigirse personalmente a la sede del Ministerio de Desarrollo Social de la provincia, o a las sedes que la cartera posee en cada uno de los cinco nodos (ver El Dato) para asesorarse e iniciar los trámites.
Allí se debe completar una solicitud, que tendrá carácter de declaración jurada. El interesado tendrá que presentar documentación que avale la solicitud, como boleto de compra venta, planos o libreta de compra. También tendrá que llevar comprobantes de pago de servicios, y constancias de pagos realizados a otras personas, pero siempre relacionados con el inmueble que se requiere regularizar. En síntesis, deberá presentarse toda la documentación que permita comprobar la posesión.
El trámite es prácticamente gratuito; al aprobarse la solicitud, la ley establece que deberá pagarse solamente el uno por ciento del avaluó fiscal en el momento en que la Coordinación Ejecutora lo indique.