La inflación como flagelo y desafío
Hoy, en el mundo civilizado hay consenso en admitir que la inflación es un mal que debe ser combatido sin contemplaciones, entre otras cosas, porque sus efectos perturbadores afectan en primer lugar a los pobres. En Alemania, por ejemplo, después de la célebre hiperinflación de 1923, la clase dirigente hizo de la lucha contra la inflación un objetivo nacional obsesivo. En Italia y España, donde la inflación en décadas pasadas causó estragos, hoy es controlada estrictamente.
Decir Manuelita es recordar el personaje que supo afrontar los conflictos de la vida al partir en busca de nuevos horizontes y es decir María Elena Walsh, a quien le deseamos ¡felices 80 años!
AL MÁRGEN DE LA CRÓNICA
Cuando los hechos anómalos se vuelven frecuentes, dejan de asombrar. Hoy, lo preocupante cohabita con lo desopilante y la realidad se parece a la bola plateada de los boliches bailables en la que, cientos de espejitos pegados uno al lado del otro, brillan según cómo les llega la luz e irradian destellos al ritmo del movimiento. Pero, aunque resplandezcan como diamantes, son sólo espejitos; iguales a los espejitos de colores que nos vienen vendiendo a los argentinos desde los tiempos de la colonización.
Tribuna Política
El comportamiento de los recursos tributarios: una visión distinta
Recientemente, los funcionarios provinciales del Ministerio de Economía dieron a conocer los valores de la recaudación ingresada en el mes de diciembre de 2009, señalando al respecto que la misma creció “apenas un 3,9 respecto del mes anterior como producto de los coletazos de la crisis”, y que los ingresos totales acumulados para todo el ejercicio 2009, “estuvieron un 11,6 por ciento debajo de lo previsto en materia presupuestaria; significando con ello que en 2009 ingresaron 1.387,1 millones menos al tesoro provincial”.
El artículo 99, inciso 9º, de la Constitución Nacional atribuye al Poder Ejecutivo la facultad de convocar al Congreso a sesiones extraordinarias “cuando un grave interés de orden o de progreso lo requiera”. Esto se ha interpretado como que, fuera del período comprendido entre marzo y noviembre, el Congreso solamente funciona cuando lo decide el presidente de la Nación y para tratar los asuntos por los cuales fue llamado a sesiones. Ésta es la interpretación vulgar, que no se compadece con la hermenéutica de la Constitución, la opinión de la doctrina y la mismísima práctica parlamentaria.