Presentación en Rosario
Denuncia penal a una fábrica en la que murió un obrero
El Ministerio de Trabajo sostiene que este fallecimiento “pudo haberse evitado” de haberse cumplido con las normas seguridad industrial de prevención. El caso ocurrió en julio de 2008.
De la redacción de El Litoral
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la provincia radicó una denuncia penal en la Fiscalía Nº 6, Juzgado Correccional de la 5ta. Nominación de Rosario a cargo del juez Eduardo Costa, ante la muerte de un trabajador que se pudo evitar de haberse cumplido con las obligaciones de prevención y control normadas por parte del empleador.
El obrero trabajaba en una fábrica de cámaras, neumáticos y repuestos para bicicletas de Rosario y falleció en julio de 2008 por neumoconiosis, es decir, inhalación de polvo que genera el depósito de residuos en bronquios, ganglios y pulmones, produciendo severos problemas respiratorios.
Según la denuncia oficial, realizada en febrero pasado, la enfermedad fue “contraída con motivo y en ocasión de su desempeño como operario del mencionado establecimiento industrial”.
La neumoconiosis “es un género cuya especie más frecuente es la silicosis, enfermedad que la medicina higienista no duda en considerar profesional”, agrega el texto.
El fallecimiento del trabajador está certificada por el servicio médico del Hospital Carrasco de Rosario.
INSPECCIÓN
Por su parte, personal de la Dirección Provincial de Salud y Seguridad Laboral del Ministerio de Trabajo realizó una inspección en el establecimiento fabril, donde se constataron “múltiples incumplimientos de las normas vigentes en materia de seguridad e higiene en el trabajo”. Entre otros, se verificó la falta de extracción y ventilación, lo que provoca que el ambiente “se encuentre inmerso en una atmósfera de material particulado impregnando con una capa de talco todas las instalaciones y afectando directamente al personal”.
En la denuncia, la cartera laboral de la provincia sostiene que “tanto el fallecimiento aludido como las enfermedades profesionales padecidas por los trabajadores referenciados pudieron evitarse de haberse cumplido con las obligaciones de prevención y control que de las normas sustantivas imponen al empleador y a su asegurador”.
Asimismo, los inspectores de Salud y Seguridad Laboral verificaron que la totalidad del personal carecía de elementos de protección personal, que no se exhibían constancias de exámenes periódicos de acuerdo con los riesgos existentes, como tampoco análisis de aire en el ambiente laboral, y que eran inexistentes las constancias de actuaciones del profesional de Higiene y Seguridad del establecimiento.
Como resultado del control, se definió la suspensión preventiva de actividades en sectores en que se constataron tales incumplimientos, “por representar un riesgo grave e inminente para la salud y seguridad de los trabajadores”.
RESPONSABILIDADES
En la denuncia se afirma que el “titular de la explotación incumplió expresas directivas contenidas en las normas sustantivas sobre seguridad e higiene en el trabajo, deberes que la referida normativa impone al empleador que por lo tanto no puede alegar desconocimiento, pues acompañan las responsabilidades propias de quien decide emprender este tipo de explotaciones industriales sabidamente peligrosas”.
Para la cartera laboral, hubo “un obrar desidioso respecto de la prevención, un manifiesto desprecio por la vida y la salud de las personas a quienes emplea en las tareas del establecimiento”.
Asimismo, según el ministerio, la empresa aseguradora también tuvo una “conducta desidiosa e incumplidora”, al omitir la realización de los controles a los que están obligados por ley “tanto en la verificación del inicio de las actividades, estado del establecimiento y medidas originarias de seguridad, como en los seguimientos periódicos”.





