El conflicto por la pastera de celulosa Botnia y el tribunal internacional
La Haya, a ambos lados del Uruguay
En Gualeguaychú y Fray Bentos viven de manera diferente la jornada previa al fallo de La Haya respecto de cómo actuó el Uruguay al permitir la instalación de Botnia, sin consentimiento argentino. Un río que une y separa a los países.
De la redacción de El Litoral
Mañana, la Corte Internacional de Justicia dará a conocer su sentencia en el caso por las plantas de celulosa e instalaciones conexas en la margen izquierda del río Uruguay, recurso fluvial compartido por la Argentina y Uruguay y cuyo usufructo está regido por el Estatuto de 1975, instrumento pionero y tomado hasta hoy como modelo jurídico por la ONU.
Ese acuerdo binacional está -tanto como la pastera Botnia y el corte del puente internacional en Gualeguaychú- en el centro de las tensiones entre nuestro país y el hermano oriental.
Una comunicación de la Cancillería nacional sostiene que la Argentina espera confiada en un fallo favorable por la argumentación presentada, y estará representada por la “agente” -tal como se denomina en el Tribunal- de la República Argentina ante la Corte, a la embajadora Susana Ruiz Cerutti, consejera legal de la Cancillería; los dos co-agentes argentinos ante la Corte: el embajador Horacio Basabe, ex consejero legal de la Cancillería y actual director del Instituto del Servicio Exterior de la Nación (Isen), además de negociador argentino del Estatuto en los años ‘70; y el embajador argentino ante el Reino de los Países Bajos, Santos Goñi Marenco. Junto a ellos estará, como en las anteriores audiencias, el secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, el Dr. Homero Bibiloni.
Asistirán también los abogados que asesoraron a la Argentina durante toda la controversia, los doctores Marcelo Kohen (argentino, profesor del Instituto de Altos Estudios Internacionales de Ginebra), Alan Beraud (argentino, ex consejero legal de Cancillería y diplomático de alto rango en la Embajada argentina ante la UE), Alain Pellet (francés), Philippe Sands (inglés), Laurence Boisson de Chazournes (francesa) y Daniel Müller (alemán), además de los miembros de la Consejería Legal de la Cancillería que forman parte de la delegación argentina ante la Corte.
En francés y en inglés
La sentencia será leída íntegramente el día 20 de abril en francés o en inglés y traducida por la Corte al otro idioma. De la misma forma está prevista la traducción consecutiva al español para la Argentina.
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. La organización, competencia y funcionamiento de la Corte están regidos por la Carta de Naciones Unidas, por el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (que forma parte de la Carta) y por las Reglas de Procedimiento de la Corte.
La CIJ está compuesta de 15 jueces electos por un término de 9 años por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad en elecciones simultáneas pero separadas. Los candidatos deben ser juristas calificados en Derecho Internacional y la composición de la Corte debe reflejar las principales formas de civilización y sistemas jurídicos del mundo.
Los miembros de la Corte son jueces independientes que hacen un juramento de imparcialidad y responsabilidad. Están obligados a mantener la confidencialidad de las deliberaciones. No puede haber más de un juez de la misma nacionalidad.
Cuando se comienza un caso ante la Corte, si las partes en el caso no poseen un juez “permanente” de su nacionalidad, pueden nombrar un juez “ad hoc” (para el caso en cuestión).
Representantes
Como ni Argentina ni Uruguay poseían un juez de su nacionalidad al iniciarse el caso por las plantas de celulosa, cada uno nombró un juez ad hoc. La Argentina designó al Dr. Raúl Vinuesa (de nacionalidad argentina), y Uruguay nombró al Dr. Santiago Torres Bernárdez (de nacionalidad española). Los jueces ad hoc están sometidos a las mismas obligaciones de imparcialidad, responsabilidad y confidencialidad de los jueces permanentes.
En su historia, la Argentina tuvo dos jueces permanentes: el Dr. Lucio Moreno Quintana (1955-1964) y el Dr. José María Ruda (1973-1991). El Dr. Ruda fue presidente de la Corte entre 1988 y 1991.
La Corte tiene una competencia dual. Por un lado, resuelve controversias entre Estados. La jurisdicción de la Corte es voluntaria, es decir que ambos Estados deben haber aceptado de una u otra manera la jurisdicción de la Corte. En el caso por las plantas de celulosa, el artículo 60 del Estatuto del Río Uruguay prevé que en caso de diferencias sobre la interpretación o la aplicación del Estatuto que no puedan ser resueltas por medio de negociaciones entre las partes, se las someterá a la CIJ.