Pasó de Diputados al Senado

Primer paso para la adhesión de Santa Fe a la ley de celiaquía

El texto votado incorpora en el nomenclador de Iapos los suplementos dietarios bajo prescripción médica para la atención de pacientes celíacos. Casas de comida deberán tener un menú especial.

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La lucha de enfermos y familiares, que lleva años, se materializó en esta primera decisión de la Legislatura provincial.

Foto: archivo el litoral

 

Mario Cáffaro

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La Cámara de Diputados votó la adhesión de la provincia a la ley nacional 26.588 referida a la enfermedad celíaca en todos sus términos y alcances e incorporó en el nomenclador de Iapos los suplementos dietarios bajo prescripción médica para la atención de pacientes celíacos.

El proyecto de los radicales Santiago Mascheroni, Hugo Marcucci, Leonardo Simoniello y Darío Boscarol cumplió el paso por las respectivas comisiones y fue votado -por unanimidad- el pasado jueves y girado al Senado para su sanción.

Entre otros aspectos, ordena al Ministerio de Salud a implementar un programa de detección temprana de celíacos, destinado a escolares; promover junto al Ministerio de Educación la oferta en comedores escolares de dietas sin gluten para alumnos celíacos y coordinar medidas que aseguren la entrega de dietas libres de gluten o comida elaborada para niños y adultos celíacos en todo establecimiento público donde se proporcione comida o alimentos, sean éstos colonias de vacaciones, comedores estatales, geriátricos, hogares, institutos de salud, unidades penitenciarias o comisarías.

El texto votado también obliga a que todos los alimentos industrializados o producidos en Santa Fe contengan obligatoriamente en su etiqueta, rótulo o embalaje una clara identificación que permita saber si el producto contiene o no gluten. En cuanto a los restaurantes, casas de comida, bares y comedores, les marca la elaboración de un menú mínimo para celíacos. En el primer caso, fija un plazo de un año para la adaptación y en el segundo de 180 días.

Mascheroni reconoció que la norma apunta a los sectores medios de la población ya que los celíacos de bajos recursos tienen la provisión de alimentos por medio de Desarrollo Social mientras que los sectores altos están en condiciones de concurrir a dietéticas. “Hay un bache normativo que esta ley apunta a cubrir: proteger a los asalariados y que las obras sociales le reconozcan la necesidad de suplementos dietarios y también es preciso la detección temprana desde el Estado de posibles enfermos ya que en muchos casos el paciente se anoticia después de varios años de su problema”, señaló.

Cuidados paliativos

Por otra parte, Diputados insistió con aprobar una norma destinada a establecer mecanismos para instrumentar cuidados paliativos para pacientes terminales. El año pasado, el pronunciamiento de la Cámara no tuvo eco en el Senado.

En este caso, Alicia Gutiérrez (SI), Estela de De Micheli (PDP), Silvina Frana (PJ) Raúl Antille (PS) y Leonardo Simoniello (UCR) rubricaron la iniciativa que denomina cuidados paliativos a la asistencia integral de pacientes con enfermedades crónicas, evolutivas, irreversibles, limitantes para la vida, que no tienen respuesta a los tratamientos curativos, siendo el objetivo principal conseguir la mejor calidad de vida posible para los pacientes y sus familias.

Gutiérrez tomó ejemplos de programas que se aplican en los hospitales Iturraspe de Santa Fe e Italiano de Rosario, para replicarlos en el resto de la provincia. Entre los objetivos, mencionó la asistencia integral del paciente que considere los aspectos físicos, psicológicos, sociales, emocionales y espirituales; la unidad del abordaje terapéutico del paciente y su familia; la autonomía y el respeto a la dignidad del paciente y sus cuidadores, cuando su capacidad para tomar decisiones lo permita y no atente contra principios legales o éticos; la concepción terapéutica activa incorpora una actitud rehabilitadora y dinámica; el acceso a terapias basadas en evidencias científicas que ofrezcan la posibilidad de mejorar la calidad de vida del paciente; la continuidad y coordinación de los servicios que brinden atención al paciente; el respeto del derecho del paciente a recibir o rechazar el tratamiento; y la adecuación de la terapéutica a las condiciones culturales y los valores y creencias particulares de cada paciente.

El texto votado entiende que los cuidados paliativos deben alcanzar a los pacientes que estén internados en hospitales o geriátricos dependientes de la Provincia y a los que, derivados del hospital público o con alta voluntaria, permanezcan en su domicilio para su mayor bienestar. Asimismo, deben alcanzar a la contención y asesoramiento de los familiares de los pacientes, sea cual fuere su edad.


En la Nación

El Congreso de la Nación dictó en diciembre último la Ley 26.588 que declara “de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten”.

Faculta al Ministerio de Salud de la Nación a determinar la cantidad de gluten de trigo, de avena, de cebada o de centeno (Tacc) que contengan por unidad de medida de los productos alimenticios para ser clasificados libres de gluten” y agrega que “en la medida que las técnicas de detección lo permitan fijará la disminución paulatina de la toxicidad”.

Entidades que agrupan a quienes padecen esta enfermedad vienen reclamando en forma urgente la reglamentación de la norma nacional.