El gobierno reglamentó el nuevo sistema electoral

Internas el 14 de agosto de 2011, con alianzas “congeladas” antes

Con cuatro decretos, se reglamentó parte de la ley votada el año pasado. Más allá de cuestiones técnicas, el diseño complica al peronismo no kirchnerista. Cómo es el escenario para los demás partidos.

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Florencio Randazzo

 

De la redacción de El Litoral

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La presidenta Cristina Fernández reglamentó la reforma de la ley electoral y confirmó que el 14 de agosto de 2011 se realizarán las elecciones internas abiertas, simultáneas y obligatorias para que cada partido político o alianza defina sus candidatos para las elecciones presidenciales de octubre del año próximo.

Así lo informó oficialmente el ministro del Interior, Florencio Randazzo, quien firmó junto a la jefa de Estado y el secretario Legal y Técnico de la Presidencia, Carlos Zannini, cuatro decretos que reglamentan la ley 26571 sancionada por el Congreso nacional en diciembre del año pasado.

Randazzo confirmó que se establece un plazo de “90 días hábiles” para que los partidos políticos cumplan los requisitos de afiliaciones mínimas para poder mantener su personería jurídica y participar de los comicios primarios venideros. Además de ratificar que los partidos deberán definir sus alianzas o confederaciones “60 días antes de las elecciones primarias”, a través de sus respectivos “congresos” partidarios y que podrán denominarlas a través de un color, dejando para quien gane la interna la posibilidad de definir el nombre de la alianza.

De esta manera, el oficialismo dejó en claro que no negociará con los partidos menores de la oposición los reclamos para que se flexibilice la norma que podría dejar sin participar a los partidos políticos nuevos que no alcancen a juntar las adhesiones del 4 por mil del padrón general en cinco distritos como mínimo en los próximos 90 días hábiles.

Tampoco negociará con los peronistas disidentes que pretendían que las alianzas que cada partido llevará a las elecciones generales de octubre, las defina quien triunfe en la interna: todo ésto deberá estar definido y “congelado” de antemano.

Sin embargo, la reglamentación de la ley no contiene ningún apartado respecto a los cuestionamientos formulados por la oposición. “Está muy claro en la ley que la constitución de alianzas es una decisión del soberano que es el Congreso partidario, quien determina la voluntad política”, 60 días antes de la primaria y que “va a quedar congelada esa alianza para los comicios generales”, respondió el jefe de la cartera política ante una consulta sobre el reclamo del peronismo disidente que pone esa condición para competir por adentro de la estructura del PJ en las elecciones primarias.

No obstante Randazzo aclaró -tal como había anticipado esta agencia la semana pasada- que “no es obligatorio asignarle un nombre” a esas alianzas de cara a las elecciones primarias y que “la ley establece que todas las listas tengan colores”. En ese marco, dejó abierta la posibilidad de que “el nombre de la alianza lo elija quien gane” en las internas abiertas.

El ministro del Interior, también aseguró que “está claro en el artículo 26 de la ley, que las Juntas Electorales partidarias estarán integradas por un representante de cada lista” que se presente a competir en las primarias, dejando entrever una concesión a otro reclamo de los opositores.

El funcionario destacó también que tanto para las primarias como para las elecciones generales de octubre “se utilizará el padrón general unificado” entre varones y mujeres, “en mesas que albergarán como máximo a 350 votantes”. Dijo que “los electores votarán en las mismas escuelas tanto en las elecciones primarias de agosto como en las generales de octubre de 2011”.

Sin cambio

Con el anuncio de ayer, el gobierno ratificó que mantendrá el actual esquema de conformación de alianzas electorales previas a las elecciones primarias. Felipe Solá y Eduardo Duhalde habían pedido un cambio en ese punto, como una de las garantías para competir contra Néstor Kirchner en la interna del PJ. De todos modos, la disposición surge de la propia ley, por lo que esa modificación sólo puede ser introducida por el Congreso.