Reconquista

Fuertes críticas por la

liberación de narcos

Hubo cuestionamientos del titular del Juzgado Federal Aldo Alurralde; a lo que se sumaron reproches del Colegio de Abogados y concejales del FPCyS.

Gustavo Capeletti

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Agencia Reconquista

La excarcelación de tres detenidos por tráfico de droga dispuesta por el juez federal subrogante de Reconquista, Jorge Palud, encendió una polémica de ribetes escandalosos. Diferentes instituciones de la ciudad pronunciaron fuertes cuestionamientos sobre el accionar judicial, al que tildan de dudoso y hasta contradictorio.

El 6 de junio un operativo coordinado de la Policía Antinarcóticos de la provincia y Gendarmería Nacional secuestró 303 kilos de marihuana en inmediaciones de Capivara, San Cristóbal. En ese marco, cayeron tras las rejas por contrabando de estupefacientes Miguel Figueredo Taboada, Raimundo López Barros y José María Ansini, ahora en libertad.

Fue el propio juez federal Aldo Alurralde el primero en mostrar su asombro por la disposición de su eventual reemplazante, al afirmar que lo resuelto por el subrogante no se condice con el criterio de su juzgado.

En apelación

“Lo que puedo decir es cuál es mi criterio, que he venido denegando excarcelaciones en supuestos como éstos”, apuntó con contundencia el magistrado.

El titular del fuero federal del norte indicó a medios de prensa que el procedimiento y el proceso continúan, el auto de liberación fue apelado por el fiscal ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, Chaco.

Será entonces este tribunal de alzada el que en definitiva “va a tener que confirmar el criterio del Dr. Palud o bien revocarlo; y en ese supuesto se dispondrá la aprehensión de los sujetos”, acotó Alurralde.

Para el juez, el criterio de Palud de liberar a los narcos fundado en la certeza de que no presentaban peligro de fuga es una “ponderación de evaluación que no coincide con mi criterio ni con el del juzgado”.

Desacuerdo del Colegio

La andanada de críticas de otros sectores no se hizo esperar. El Colegio de Abogados de la IV Circunscripción Judicial formuló duras reflexiones relacionadas con un acto jurisdiccional del juez subrogante.

En un comunicado conocido este mediodía, la entidad pidió explicaciones a la Justicia Federal y puso en duda la actuación del Dr. Jorge Palud. Como punto de partida, sus autoridades aclararon que “no podemos de manera responsable y definitiva abrir un juicio de valor sobre cuestiones de hecho y de derecho”.

No obstante estos límites “existen algunas certezas brindadas por los funcionarios, sobre las cuales tenemos el deber de expresarnos”, aseguran.

Los puntos centrales del planteo institucional pasan por exponer que el listado de conjueces es elaborado anualmente por el Juzgado Federal a instancias de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Resistencia.

Piden explicaciones

En el año 2009 se invitó a los profesionales del foro a inscribirse, por lo que “la integración, conformación de las listas y sorteo, es tarea exclusiva del Poder Judicial, proceso que no ha merecido observaciones de nuestra parte”.

En cuanto a los hechos puntuales, instan al juez subrogante dar las explicaciones y fundamento de su resolución.

En tal sentido, se manifiestan respetuosos del criterio asumido por el magistrado subrogante, pero señalan que “aún cuando la Cámara de Apelaciones de Resistencia pueda confirmarlo, no lo compartimos”.

Es necesario también -reclaman- que la Justicia Federal “aclare de manera concreta a la sociedad lo ocurrido, de modo que no exista ni un atisbo de dudas respecto de su funcionamiento”.

“Mafias beneficiadas”

En el mismo tono que lo hizo el Colegio de Abogados se expidió el bloque oficialista del Concejo Municipal de Reconquista en una minuta de comunicación que da cuenta de la preocupación de los ediles, por el hecho “objetivamente grave” que genera estupor en gran parte de la población en la medida que “el narcotráfico es un flagelo que hay que combatir sin tregua”.

Respecto de lo resuelto por la Justicia Federal, el grupo de concejales del FPCyS entiende que “el instituto de la libertad bajo promesa o caucionada, debe guardarse para los casos previstos en el Código Procesal Penal de la Nación”, pero, fundamentalmente debe “endurecerse” su interpretación a los efectos de “no desnaturalizar su espíritu” y permitir que “verdaderas mafias organizadas para el delito se vean beneficiadas por decisiones más que discutibles del Poder Judicial”.