Ambitos de actuación metropolitanos

Mario Lacava (*)

Los espacios metropolitanos son territorios caracterizados por la presencia de dos o más centros urbanos desplegados en áreas que abarcan distintas jurisdicciones politico-administrativas, que articulan a menudo espacios urbanos con rurales y se expresan como un continuo físico-construido y/o como un espacio con fuertes interrelaciones funcionales y socio-económicas.

En la provincia de Santa Fe, se reconocen varios espacios que se corresponden con estas características, aunque con distintos niveles de magnitud y complejidad. Están aquellos que se verifican en torno a las ciudades de Rosario y Santa Fe, y también -aunque con rasgos más incipientes- en torno a Reconquista, Rafaela y Venado Tuerto.

En estos territorios, se verifican problemas vinculados con temas como desarrollo económico, saneamiento, medio ambiente, recursos naturales, transporte, grandes infraestructuras, uso del suelo y crecimiento urbano. La resolución es muy difícil de manera fragmentaria desde lo local, en tanto desbordan la jurisdicción de una ciudad y afectan por su naturaleza a todo el espacio metropolitano o a porciones significativas de este espacio. Sería más eficiente y práctico abordarlos e intentar resolverlos con una mirada más regional y de conjunto, planificando esfuerzos y aplicación de recursos desde los distintos niveles de actuación pública o privada que se desarrollan en ese espacio territorial.

El proyecto de ley que presentamos en la Cámara de Diputados plantea un encuadre legal para la organización y gestión de diferentes ámbitos de actuación metropolitana en el territorio de la provincia a partir de la definición de figuras intermunicipales y supramunicipales desde las cuales sea posible, en primera instancia, conciliar intereses, concertar políticas y coordinar acciones sobre temas y problemas de alcance metropolitano, desde una perspectiva integral que permita optimizar la capacidad de gestión a partir de la articulación de esfuerzos.

Es necesario constituir a los territorios metropolitanos en actores protagónicos de su propio desarrollo, lo que presenta el desafío de articular a partir de realidades diversas, un organismo capaz de operar colectivamente y de constituirse en un único espacio de proyecto.

Esto reclama una operación cultural de refundación o potenciación de las identidades territoriales, a partir de la cual se construya la cohesión interna de los territorios metropolitanos y una mayor entidad hacia el exterior. Esto significaría un auténtico fortalecimiento de las autonomías regionales donde las autonomías locales, lejos de diluirse, se potenciarían a partir de su articulación en un proyecto colectivo.

El encuadre propuesto pretende no sólo garantizar la racionalidad de las decisiones y acciones sino, además, posibilitar a partir de las figuras propuestas ámbitos que puedan ser pensados como “lugar ampliado de lo local”, desde donde sea posible construir fuertes identidades territoriales para gestionar un proyecto sustentable para la región.

La construcción de un espacio de esta naturaleza no depende de un acto administrativo ni siquiera de una ley, se construye en el tiempo. Exige la coincidencia de voluntades, la maduración de los actores, el logro de consensos. Demanda un proceso gradual de construcción de las condiciones para alcanzar la institucionalización.

En el marco de esta identificación conceptual de las necesidades y de las oportunidades, e intentando superar experiencias anteriores que las ha habido, el proyecto propone un elenco flexible de figuras legales para la organización e institucionalización de ámbitos de actuación a escala metropolitana. Incluye desde el encuadre de la simple “asociación” entre municipios con fines operativos, a la institucionalización de un “ente de carácter regional”.

Estos ámbitos de actuación pueden entenderse como “pasos progresivos” en el proceso de conformación-institucionalización de una instancia supramunicipal de gobierno y gestión del espacio metropolitano, cuya concreción dependerá de la madurez y el consenso con que se asuma la problemática por parte de los actores involucrados.

A nivel de los conjuntos de municipios, la figura de la Asociación de Municipios mediante convenios, pretende encuadrar los acuerdos de cooperación o acción conjunta que se establezcan en torno a intereses o proyectos particulares.

A nivel del área metropolitana y de su extensión, el esquema es más complejo.

Si el área metropolitana se circunscribe a distritos municipales y comunales dentro de la provincia, se propone la creación de un Ente Metropolitano como autoridad supramunicipal que ejerza facultades delegadas por todos los que integren voluntariamente el área metropolitana.

Si el área es regional e involucra distritos municipales de distintas provincias -Santa Fe-Paraná, Rosario-Victoria, Villa Constitución-San Nicolás, Frontera-San Francisco, Reconquista-Goya-, se propone un Convenio Metropolitano Regional entre municipios que la conformen con la finalidad de cooperación y coordinación interjurisdiccional o la creación de un Ente Metropolitano Regional con capacidades ejecutivas, para lo cual se requerirá la firma de tratados entre las provincias involucradas y el acuerdo de los integrantes del Ente Metropolitano.

Por último, y considerando que la responsabilidad irrenunciable que le cabe al poder público en la construcción de espacios territoriales más eficientes, más equitativos, más sostenibles y gobernables le corresponde al gobierno provincial, se encomienda al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado el cumplimiento de acciones para promover, tutelar y sostener la conformación de estos espacios metropolitanos.

Es necesario subrayar que en todos los casos las figuras propuestas respetan la autonomía de los municipios y comunas en la decisión de conformar estos espacios, garantizando la representación de cada uno de ellos en los órganos territoriales y una representación equilibrada de los actores protagónicos como son los municipios y comunas y el gobierno provincial.

(*) Diputado provincial Partido Justicialista.