CARTAS A LA DIRECCIÓN

Afip y la compraventa de pagarés

 

Augusto de Iriondo

DNI 6.260.013

Señores directores: De un tiempo a esta parte son evidentes e inequívocas las profundas transformaciones instrumentadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), para combatir la evasión impositiva y el lavado de dinero. No obstante la encomiable labor desplegada por los “sabuesos” del organismo en resguardo de los recursos del erario público, debo alertar a la Afip que una práctica -cada vez más generalizada- consistente en la compraventa de documentos al cobro -léase pagarés, por ejemplo- les redunda a sus compradores pingües ganancias habida cuenta que, en la mayoría de los casos, tales documentos son adquiridos a precios irrisorios respecto del monto por el que fueron, originalmente, librados.

Aun cuando, debo confesar, desconozco el sustento legal de tales operaciones, queda sí en claro, (al menos cuando, en las transacciones intervienen personas físicas) una incontrastable evasión impositiva no exenta del potencial lavado de dinero al que, aviesamente, podrían recurrir los tenedores finales de tales documentos.

Debo advertir, además, que los pagarés negociados provienen, habitualmente, de demandas judiciales en las que, el deudor no conoce (referencial o fisonómicamente) al actor, por la sencilla razón que nunca tuvo trato alguno con este último aunque sí, obviamente, con su tenedor originario.

En ese contexto se deben resaltar las situaciones irritativas que, lamentablemente, deben afrontar los deudores (libradores de pagarés), ya que éstos son ejecutados por la totalidad del pagaré sin importar los pagos parciales realizados al acreedor originario.

Como corolario de lo hasta aquí expuesto, se concluye que la injusticia y arbitrariedad de tales operaciones ameritan, de una vez, que la Afip les “marque la cancha” a estos personajes. Una buena medida podría consistir en hacerlos comparecer para que expliquen el origen de sus acreencias: venta de mercaderías, préstamos de dinero, etcétera.