EDITORIAL

República e ideología

¿Una constitución republicana y democrática debe incluir y adherir a una ideología en su texto? La respuesta indica que sí ocurre con las constituciones teocráticas de los regímenes islámicos y las constituciones de los sistemas comunistas. En ellas, la ideología está expresamente mencionada y en torno a ese fundamento se organiza el orden jurídico, institucional y político.

 

Así acontece, por ejemplo, con la Constitución de Cuba, que en sus artículos 5 y 39 establece como ideología oficial al marxismo leninismo y el ideario martiano. Y si bien es cierto que el pensamiento de Carlos Marx mantiene vigencia en el mundo académico -al punto que hasta los economistas burgueses admiten que su estudio del orden capitalista sigue siendo notable-, no se infiere de ello que deba constituirse en ideología oficial de un Estado. Es que como la experiencia lo enseña, lo que se instituye es un orden cerrado y sectario que excluye o subordina a amplios sectores de la población.

Lo que vale para Marx también vale para Martí, poeta, escritor y luchador revolucionario que sin duda ha sido uno de los grandes protagonistas de la lucha por la libertad en América latina. Pero de allí a transformar su ejemplo en ideología oficial, hay un gran trecho a recorrer, el mismo que diferencia a la democracia del autoritarismo. Cuba no es un caso solitario. Los regímenes comunistas actuales se distinguen por adherir a una ideología oficial. Es el caso de China y las enseñanzas del Gran Timonel. O el caso de Corea del Norte y las lecciones de Kim il Sung. Algo parecido puede decirse de Vietnam y Laos.

Va de suyo que en los regímenes teocráticos funciona el mismo mecanismo de opresión política. En ese caso, la ideología oficial es de carácter religioso, pero cumple con las mismas funciones que el marxismo ejerce en las constituciones de los países comunistas. Arabia Saudita e Irán son los ejemplos paradigmáticos de esta realidad. En nombre de Marx o de Mahoma, en nombre de El Capital o el Corán, la ideología oficial es el prolegómeno de una sociedad totalitaria.

Si el primer rasgo que distingue a las sociedades modernas es su tendencia a la apertura, otro aspecto que las caracteriza es un diseño institucional donde la libertad civil y la libertad política se conjugan en una exclusiva identidad. No hay sociedad civil sin sociedad política y no hay orden republicano sin libertades.

La historia y la teoría política dan cuenta de los requisitos necesarios para pertenecer a una nación, pero esos requisitos jamás son los de la ideología o la fe religiosa. Una Nación es una tradición política, un proyecto histórico y un presente a decidir. Toda exigencia de pertenecer a una determinada facción o fe es una mutilación del cuerpo social, la negación del orden republicano. Aunque puedan tener cierta impregnación religiosa o ideológica los sistemas políticos modernos no son esencialmente confesionales ni revolucionarios. Son republicanos. Por eso protegen derechos y controlan el ejercicio del poder.