Compras en el exterior

La acreditación de un recargo

De la redacción de El Litoral

[email protected]

Los trabajadores en relación de dependencia que pagan Ganancias, al final de cada mes podrán acercarle a su empleador el resumen de la tarjeta donde figuren los gastos para que lo descuenten del impuesto.

Los únicos que recibirían al final de cada año calendario la devolución del recargo del 15 por ciento por realizar compras en el exterior son los que pagan Bienes Personales, debido a que ese impuesto se liquida anualmente.

En el caso de los monotributistas, deberán pedir un certificado ante la Afip pero el organismo cruzará los datos para chequear que el contribuyente tenga todo en regla.

Fuentes oficiales advirtieron al matutino que “es difícil que no tengan bienes por al menos de $305.000 como para pagar el impuesto y viajen tanto al extranjero con un ingreso que no supera los 6.000 pesos”.

Frente a esta situación, se cree que muchos monotributistas finalmente no solicitarán la devolución y se volcarán al mercado ilegal para conseguir dólares y comprar en efectivo.

Desde la Afip aseguraron que el objetivo es “ir mejorando los procedimientos para hacerlo en forma sistémica, de modo que el empleado no tenga que realizar ningún trámite”. En tanto, para quienes se desempeñan en forma independiente y figuran como responsables inscriptos, podrán descontarlo como anticipo de Ganancias, en cada una de las cinco que se abonan anualmente.