Tribunal Oral Federal

Pareja condenada a 6 años por transportar marihuana

Luis A. Landriscino y Roxana E. Leiva fueron apresados el 22 de diciembre del año pasado, saliendo del Túnel Subfluvial. Llevaban más de 70 kilos de droga en el baúl del auto.

De la Redacción de El Litoral

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe condenó ayer por la tarde a una pareja de santafesinos, atrapada en diciembre del año pasado cuando intentaba cruzar con más de 70 kilos de marihuana desde Paraná.

Los jueces María Ivón Vella -presidenta-, José María Escobar Cello y Mateo Busaniche impusieron penas de 6 años y 8 meses de prisión efectiva para Luis Antonio Landriscino y 6 años para Roxana Érica Leiva, al considerarlos autores responsables por el delito de “transporte de estupefacientes”.

El hecho por el cual resultaron condenados ocurrió el 22 de diciembre de 2011, a la altura del km 4,9 de la Ruta Nacional Nº 168, en la salida del túnel subfluvial Carlos Uranga-Héctor Sylvestre Begnis, sobre el lado santafesino.

Landriscino y Leiva viajaban en un auto Volkswagen Bora a nombre de la mujer, cuando fueron demorados en un control vehicular de rutina a cargo de Gendarmería Nacional. La pareja iba junto con su hijo de 6 años, en lo que pretendía ser un viaje familiar, cuando fueron interceptados, desviados del camino y obligados a abrir el baúl.

Pruebas y juicio

Si bien se trató de un chequeo de rutina, el nerviosismo puesto de manifiesto por los encausados despertaron las sospechas del personal de control.

A consecuencia de la requisa, se secuestraron 70 kilos y 196 gramos de marihuana que estaba distribuida en 93 panes dispuestos en una caja de cartón y una bolsa de consorcio.

Con esos elementos de prueba llegaron a juicio oral, que se desarrolló íntegramente este jueves 27 de septiembre en los Tribunales Federales de Primera Junta y San Jerónimo.

La pareja de 38 y 36 años optó por no declarar cuando la presidenta del tribunal les ofreció esa posibilidad. Sin embargo, el abogado defensor Martín Risso Patrón reiteró un planteo hecho durante las cuestiones preliminares, en el que denunció que “hubo violación al derecho de defensa en juicio”.

En total pasaron 10 de los 11 testigos propuestos por las partes, entre ellos los gendarmes que participaron del allanamiento.

Alegatos y condena

Hubo un cuarto intermedio pasado el mediodía y de regreso el tribunal abrió la etapa de alegatos. El primero en exponer fue el representante del Ministerio Público Fiscal, Martín Suárez Faisal, quien solicitó penas de 8 años y medio para Landriscino y 8 años para Leiva.

Por contrapartida, alegó el abogado Risso Patrón que, tras un pedido de nulidad, postuló la inocencia y absolución para sus pupilos.

Finalmente el tribunal no hizo lugar al planteo de nulidad de la defensa y sentenció a Landriscino como “autor responsable del delito de transporte de estupefaciente” a la pena de seis años y ocho meses de prisión. Le impuso además una multa de $ 2.000 y declaración de reincidencia. Leiva fue condenada a seis años por el mismo delito y $ 1.000 de multa.

Entre las medidas ordenadas por el TOF se dispuso el decomiso del auto VW Bora GCH-231 y la destrucción del material estupefaciente. Por último, se convocó a las partes para el próximo jueves 4 de octubre, a las 20, para dar lectura a los fundamentos de la sentencia.

Pareja condenada a 6 años  por transportar marihuana

El fiscal Martín Suárez Faisal había pedido penas de 8 años y medio para Landriscino y 8 para Leiva.

Foto: Amancio Alem

Pareja condenada a 6 años  por transportar marihuana

El abogado defensor Martín Risso Patrón aseguró que “hubo violación de la defensa en juicio”.

Foto: Amancio Alem

Prueba destruida

La defensa de Landriscino y Leiva pidió durante el juicio que se declare la nulidad del procedimiento de Gendarmería Nacional en el que fue hallada la droga en inmediaciones del túnel subfluvial.

El abogado Martín Risso Patrón adujo que “habíamos solicitado las filmaciones de las cámaras de seguridad del túnel pero nos fueron negadas” durante la instrucción.

“Las volvimos a pedir durante la etapa de apertura a prueba, antes del juicio”, pero cuando el tribunal ordenó la medida el ente administrador del túnel contestó que “ya estaban destruidas”.

La prueba fílmica le hubiera servido a la defensa para acreditar que “no hubo maniobra brusca ni evasiva” para evitar el control de Gendarmería, aseguró. Y que el auto fue abierto sin las garantías debidas para estos casos.

En definitiva, para Risso Patrón “hay una violación de la garantía en defensa en juicio” y así “lo planteamos en las cuestiones preliminares y más tarde” durante el alegato final.

Además, el abogado advirtió que “se contradijeron los policías” que declararon como testigos. “Dicen que hace una maniobra evasiva (con el VW Bora) y no para” pero mientras “uno dice que se desvió a la derecha, otro dijo que fue por la izquierda”.

Actualmente Landriscino se encuentra en la cárcel de Las Flores mientras que Leiva seguirá en prisión domiciliaria en un departamento del barrio Centenario, ya que tiene un hijo menor de 6 años y su madre mayor a cargo. Mientras tanto la defensa recurrirá la sentencia ante la Cámara de Casación Federal.

Con antecedentes.

Luis A. Landriscino recibió 8 meses más de condena que Roxana Leiva, ya que fue declarado reincidente por el Tribunal Oral. El pedido especialmente formulado por la fiscalía se remonta a 2002, cuando el imputado recibió condena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo, por los delitos de robo reiterado, tentativa de robo y homicidio culposo en concurso real. Landriscino recuperó la libertad de manera condicional en 2004.

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