Lo que hoy cuestiona un fallo judicial fue admitido en el Plan Estratégico

En 2010 la EPE ya hablaba de “normalizar” su reglamento

Una jueza falló en favor de una ONG de Rosario: la Unión de Usuarios y Consumidores cuestiona lo abusivo del reglamento del servicio (hecho en 1993). La EPE ya admitía -hace dos años- su desactualización.

En 2010 la EPE ya hablaba de “normalizar” su reglamento
 

Luis Rodrigo

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El Plan Estratégico de la Empresa Provincial de la Energía admite que se debería “normalizar” la Reglamentación Comercial Vigente. Y, en ese marco, habla del objetivo de proceder a una “revisión y actualización” del Reglamento General para el Suministro y Comercialización del Servicio Eléctrico.

El llamado reglamento de suministro, hoy cuestionado en los tribunales provinciales, fue aprobado (por Resolución 0371) el 30 de diciembre de 1993. “Se puede observar que su texto es anterior a la Reforma Constitucional de 1994; cuyo artículo 42 introduce como novedad el otorgamiento de rango constitucional a los derechos y obligaciones de los usuarios y consumidores de bienes y servicios”, advierte el citado Plan Estratégico.

Días atrás, El Litoral informó que la jueza Susana Gueiler, de primera instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. nominación, de Rosario, consideró que el reglamento del usuario de esa empresa estatal contradice la Ley del Consumidor. El fallo ampara parte de las quejas interpuestas por una ONG de la ciudad del sur, la Unión de Usuarios y Consumidores.

Una lectura atenta del Plan Estratégico de la EPE 2010-2025 confirma que el tema figura en la agenda de la empresa desde hace -cuanto menos- dos años. Ese texto dice que la EPE debe ponerse a tono con los avances normativos del país posteriores a las reglas dictadas para la empresa provincial.

El plan tiene la virtud de proponerse un cambio de paradigma en todo el Estado santafesino: “Actuar por demanda a garantizar derechos”.

“Revisión integral”

Bajo el título “Normalización Integral de la Reglamentación Comercial Vigente”, la EPE dice: “En el marco de la magnitud y frecuencia de los cambios regulatorios a nivel nacional ocurridos en los últimos años, sumadas a la necesidad de garantizar la prestación del servicio público de la distribución de energía eléctrica y la obligación de mantener vigentes los criterios de la reglamentación que regula tal prestación, resulta oportuno realizar una normalización integral de la reglamentación actual”.

Y agrega: “El presente proyecto prevé la revisión, análisis e implementación de los cambios necesarios a las normativas y procedimientos comerciales vigentes, a fin de asegurar la integridad y consistencia de esta herramienta de gestión comercial, favoreciendo un funcionamiento ágil y descentralizado, garantizando mecanismos de control y homogeneizando el tratamiento que reciben los suministros en todo el ámbito provincial”.

En cuanto al Reglamento de Suministro, el Plan Estratégico recuerda que la Ley de Defensa al Consumidor es producto de un mandato constitucional de la reforma del ‘94. La norma se dictó a fines de 1993, bajo el número 24.240 y su última reforma es de 2008 (mediante la ley 26.361).

“Si bien la EPE ha ido receptando dicha normativa, ello ha sido parcialmente, ya sea dejando que alguna de sus disposiciones caigan en desuso o modificando algunas mediante actos administrativos expresos, dispersándose de esa manera las normas que rigen la cuestión, por lo que se vislumbra la necesidad de una revisión integral de una norma fundamental para el desarrollo de la actividad de la empresa”, admite la empresa en su Plan.

“El proyecto -concluye el texto- apunta a dotar a la EPE de un Reglamento que constituya un cuerpo normativo íntegro, superador del anterior, que brinde adecuada apoyatura y encuadre legal al accionar de los distintos oficios técnicos de la Empresa, fundamentalmente los vinculados al área comercial.

Debate parcial

El debate sobre la modernización de las normas que rigen a la EPE, hasta ahora, es sólo parcial.

En rigor, lo que hoy se discute en el juzgado de la Dra. Gueiler apenas puede constituir un apéndice del tema de fondo pendiente, que debe resolver el Poder Legislativo más que la Justicia, las ONGs que luchan por los derechos de los consumidores o la propia EPE.

A la empresa la rige una ley, la 10.014, que tiene 26 años de antigüedad. Es el producto de la derogación de otra norma posterior que -durante los gobiernos justicialistas de los ‘90- procuró su privatización.

El peronismo intentó vender ese activo durante la primera y la segunda gobernación de Carlos Reutemann. En la última oportunidad, además de la oposición gremial (que en Santa Fe sí fue contraria a la privatización), el proceso quedó abortado por el propio mercado, lo que terminó en el estallido de la Convertibilidad. Luego, durante el segundo gobierno de Jorge Obeid, esa gestión envió a las Cámaras un nuevo proyecto de ley pero los reutemannistas no estuvieron dispuestos a aprobarlo. La solución para el PJ de esos años fue dar marcha atrás y volver a poner en vigencia la vieja ley de la EPE, anterior la etapa neoliberal (o conservadora) que caracterizó al peronismo santafesino.

El cambio de signo político de la provincia no alteró las cosas. En la Legislatura, existen varios proyectos de ley para crear un nuevo marco regulatorio para la EPE, en algunos casos asociado a otros servicios públicos a entes reguladores o a otras reformas, que desde que gobierna el Frente Progresista, Cívico y Social no han sido prioritarios para el oficialismo.

Por ese atraso normativo, la EPE no tiene un marco regulatorio moderno, ni un ente de control que la regule, como sí ocurre con -la también estatal- Aguas Santafesinas SA, o la concesión de la autopista Santa Fe-Rosario.