La Cámara alta coincide con el criterio de la Suprema Corte

El Senado también le puso límites a Ganón

El proyecto fue presentado por Lisandro Enrico (UCR-General López). Fue aprobado por unanimidad. Consiste en una recomendación al defensor provincial de que no exceda sus facultades.

De la redacción de El Litoral

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La Cámara de Senadores, mediante un proyecto de comunicación aprobado por unanimidad, se dirigió al defensor provincial Gabriel Ganón, para recomendarle que “circunscriba su actuación a las funciones otorgadas a su cargo por la Ley Provincial 13014, capítulo VI, artículo 19 y subsiguientes. Asimismo, preste una adecuada colaboración en esta etapa de construcción del nuevo sistema procesal santafesino”.

La recomendación partió del bloque radical, más precisamente del senador Lisandro Enrico (UCR-General López), quien logró en agosto de este año el respaldo de la Cámara alta para un proyecto de ley que buscaba otorgar a los jueces la facultad de restringir la aplicación de las excarcelaciones por buena conducta y de extender la prisión preventiva a presuntos reincidentes de delitos, un asunto que no prosperó en Diputados.

Enrico contó con el apoyo de sus pares del bloque radical Felipe Michlig (San Cristóbal), Germán Giacomino (Constitución) y Rodrigo Borla (San Justo).

El texto que recibió Ganón dice que la Cámara ha tomado “conocimiento de las distintas Notas que remitidas por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia” como así también de “la Resolución Nº27/12 del Servicio Público Provincial de Defensa Penal”, los senadores se expiden en favor de recomendar al defensor que se limite a actuar dentro de las facultades que le confiere la mencionada ley.

La nota que llegó al despacho de Ganón dice que “los artículos 28 y 31” atribuyen solamente “funciones de intervención como defensor a los defensores regionales y los defensores públicos adjuntos, no siendo así para el defensor general”.

Como se sabe, Ganón fue amonestado por la Corte (y ahora observado por el senado) por asumir personalmente la defensa de un detenido en un caso de apremios ilegales.

“El defensor provincial es quien dirige y representa al Servicio Público Provincial de Defensa Penal y es responsable de su organización y buen funcionamiento. Esto no significa que se encuentre facultado para intervenir personalmente en los casos particulares, sino arbitrar los medios para que el cuerpo de defensores pueda ejercer sus funciones adecuadamente”, sigue el texto de los senadores dirigido al Dr. Ganón.

“Se entiende que el hecho de ser la cabeza de un cuerpo -agrega-, implica el ejercicio de las facultades de actuación que la ley le confiere. La inhabilitación para el ejercicio de la defensa, que hizo notar la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, surge precisamente del mismo cargo de Defensor General, quien se encuentra facultado para la organización del sistema, no así para la participación particular en casos concretos”, advierten los integrantes de la Cámara alta de la Legislatura.

Plazos

Además de límites funcionales, el Senado recuerda a Ganón que existen también límites en cuanto a los plazos: “el artículo 2do de la ley 13.004 establece que ‘desde el día de plena entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, ley 12734, el mismo se aplicará a todas las causas que tengan inicio a partir de dicha fecha, en las que intervendrán el Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Público Provincial de Defensa Penal. Las causas iniciadas con anterioridad seguirán rigiéndose por disposiciones de la ley 6740 y modificatorias’, remarcándose que hasta el día de la fecha dicha plena entrada en vigencia no sucedió”.

Inestabilidad institucional

“Todas estas actuaciones y el nivel de conflicto que viene ocasionado el desempeño del Defensor Provincial del Servicio Público de Defensa Penal, Gabriel Ganón, han provocado un grado de inestabilidad institucional, toda vez que genera dudas sobre la certeza que tiene el Defensor General de las facultades que le fueran otorgadas por ley”, dice la nota aprobada por el Senado.

En ese sentido, “si el cuerpo de defensores, sean éstos defensores regionales o defensores públicos adjuntos, funciona de manera organizada, responsabilidad que le cabe al Defensor General, no tendrían que verse vulnerados los derechos humanos fundamentales de las personas imputadas”. (Ganón se ha quejado, reiteradamente, de no poder contar aún con los recursos humanos y materiales mínimos para poner en funcionamiento el nuevo instituto, lo mismo que ocurre con la fiscalía).

Para el Senado, recordar cuáles son los límites de cada cargo y función “no afecta de manera alguna la autonomía funcional de los mismos, máxime cuando están determinados por ley”. La Cámara “vela por un adecuado funcionamiento del nuevo sistema de procedimiento penal y su pronta implementación. En este contexto, el Defensor Provincial del Servicio Público de Defensa Penal, Gabriel Ganón, debe hacer el mayor esfuerzo y tener la mejor actitud en un todo de acuerdo a las circunstancias del proceso”, dice la nota.