Justicia provincial

La Cámara revocó el fallo que ordenaba la intervención de la Caja de Ingenieros

El 13 de febrero un juez Correccional solicitó a la Corte se designe un interventor. Para los camaristas, la cautelar no tiene sentido después de dos años de iniciado el conflicto de intereses.

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El conflicto de la Caja comenzó hace más de dos años, cuando el directorio impugnó una lista que no pudo participar de las elecciones.

Foto: Guillermo Di Salvatore

 

De la Redacción de El Litoral

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La Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe revocó el decreto a través del cual un juez de primera instancia había ordenado en febrero intervenir la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Santa Fe -Circunscripción 1a.-. La resolución dictada el miércoles pasado por la Sala II -integrada- es la última de un litigio que lleva más de dos años, en el que dos fracciones se disputan la conducción de la institución.

En reciente fallo, que lleva la firma de los camaristas Sebastián Creus, Roberto Reyes y Roberto Prieu Mántaras, resolvió por unanimidad “rechazar la nulidad” pero aceptó “revocar” la orden de intervención dictada el 13 de febrero por el juez Correccional Nº 3 Orlando Pascua.

La medida, que incluía la designación de un perito contador y debía regir por 90 días, quedó en suspenso cuando el abogado Néstor Oroño, a cargo de la defensa del arquitecto Amaro Busatto, y los ingenieros Oscar Ezcurra y Gerardo Severin, recurrió a la segunda instancia. La causa se elevó a la Cámara el 27 de febrero, luego de que el juez Pascua le concediera a la parte el recurso de apelación, “con efecto suspensivo”.

Amparo rechazado

Entre los argumentos sostenidos por Oroño, quienes impulsan el proceso ya habían promovido una acción de amparo el 19 de abril de 2012 ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 8. En esa ocasión, los opositores a la conducción actual de la Caja de Ingenieros pretendían “que se disponga y ordene la suspensión del proceso electoral y se designe un interventor judicial”; pero el 3 de mayo de 2012 el juez Roberto Dellamónica rechazó la medida cautelar.

A su turno, el apoderado de la parte querellante, Germán Corazza, puso de resalto que Busatto, Severín y Ezcurra, quienes tienen un procesamiento firme por desobediencia “siguen conduciendo el destino de la institución, ocupando ilegítimamente los cargos, lo que llevaría a producir gravámenes irreparables”.

Por último, la fiscal de Cámaras Nº 2, Liliana Lauxmann se inclinó por que se rechace la nulidad y se confirme la resolución apelada.

La raíz del problema

A la hora del análisis, el camarista Sebastián Creus sopesó las argumentaciones en pugna y rechazó con su primer voto que con el trámite de la cautelar se haya vulnerado la defensa en juicio, por lo que no existe nulidad alguna. En cambio, analizó los requisitos de “peligrosidad en la demora” y “la proporcionalidad de la medida” donde observó “un defecto o error en la medida adoptada”.

Creus recordó “que los hechos del proceso se dieron frente a la elección de candidatos para la renovación parcial de miembros del Directorio de la Caja a llevarse a cabo el 1º de junio de 2011”. Entonces, “el Directorio había tomado la decisión de no oficializar una lista contendiente, resolución que motivó la apelación ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal -Sala I- que, admitiendo el recurso con efectos suspensivos, ordenó cesar el proceso electoral en ciernes”.

“No obstante -sigue el camarista-, el día mencionado se proclamó la única lista oficializada, asumieron esos representantes, constituyéndose el Directorio con la nueva integración. Todo estos pasos fueron dados entre el 24 de mayo y el 9 de agosto de 2011, en el que el fiscal Nº 7 Jorge Andrés “solicitó por primera vez la intervención de la Caja para regularizar la situación”.

Tiempo perdido

“En ese momento, podía intervenirse la Caja al sólo efecto de revocar la proclamación de la única lista, habilitar a la lista de candidatos contendientes, eventualmente, concluir la apelación ante la Cámara, en fin, o realizar cuantas conductas fueran necesarias para impedir que la orden judicial sea incumplida definitiva y rotundamente”, reconoció el magistrado.

“En aquel momento, entonces, había peligro en la demora y la medida hubiera sido proporcional si habría sido limitada a las cuestiones referidas”, avanzó Creus. “Ahora, habiendo pasado dos años desde aquella fecha, y habiéndose producido durante el año 2012 una elección con renovación parcial del Directorio, y estando a pocos días de otra elección de análogos alcances, cualquier ilegitimidad o daño que se hubiera producido no puede ser evitado porque ya se habría producido”, dijo.

“En este sentido, una cautelar dictada en estos términos no cumple ni siquiera su fundamento primero: el de evitar la alteración del estado de cosas y hechos”, razonó el vocal que consideró que “la cautelar ordenada no es proporcional pues se afectarían ulteriores actos electivos que no han sido cuestionados”. Entiendo, en definitiva, que sólo por estos dos motivos expuestos, la resolución debe revocarse”, determinó Creus en el voto al que se plegaron sus pares Reyes y Prieu Mántaras.


Reflexiones sobre justicia y política

El camarista Sebastián Creus dedicó un tramo del fallo sobre la Caja de Ingenieros para referirse a las declaraciones públicas realizadas tiempo atrás por el presidente de la Cámara de Diputados de Santa Fe, el justicialista Luis Rubeo. “No puedo dejar de realizar algunas reflexiones”, escribió Creus ante “una serie de objeciones, manifestaciones y un pedido expreso” de Diputados al presidente de la Cámara de Apelación en lo Penal.

“Personalmente, no se me escapa que el asunto en discusión ha tenido trascendencia pública, exteriorizándose manifestaciones de todo tipo por parte de personas que representan los intereses en juego. Lo tomo casi como un gaje del oficio que no me impide razonar sobre la base de la ley y la Constitución, y acostumbrado a recibir críticas, algunas de ellas hasta insultantes, no me ha obstaculizado tomar la decisión”. Pero además advierte Creus que “subjetivamente el escrito mencionado no es para mí algo que influya en la decisión. Pero, desde un punto de vista objetivo, el señor presidente de la Cámara de Diputados alude a que la decisión impugnada supone una grave lesión a la ‘vida institucional de nuestra provincia, en resguardo de una vida democrática y republicana de división de poderes y respeto institucional entre los mismos’, para luego, decir que se involucra (sic) en el conflicto y dice que corresponde se declare la nulidad de la resolución en crisis”.

“Tales expresiones, objetivamente, implican que una autoridad de otro poder, que no representa a ninguna parte en este proceso, interviene en un proceso judicial instando una resolución determinada, interesándose en el resultado del litigio. Por tales motivos es posible pensar que estas conductas sean interpretadas a un nivel institucional vinculado a las relaciones entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo” por lo que en consecuencia pidió que tome cartas en el asunto la Corte provincial, para lo que se remitieron copias del expediente.