Sólo del kirchnerismo

Media sanción al nuevo Código Civil

  • El oficialismo impuso su número, aunque en su seno también hay discrepancias por los cambios introducidos al proyecto. Diputados lo tratará en marzo o abril.
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Rubén Giustiniani advirtió que al considerar al embrión como persona, se anula “la práctica efectiva de las técnicas de la fertilización in vitro en nuestro país”, y lamentó que no se incluya al agua potable como un derecho fundamental. Foto: DyN

 

De la redacción de El Litoral

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DyN

El kirchnerismo aprobó esta madrugada en el Senado, casi en soledad, el proyecto de reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial, dado que la mayoría de la oposición, motorizada por el radicalismo, se retiró del recinto por desacuerdos con la metodología empleada y porque las únicas dos modificaciones aceptadas correspondieron a propuestas de legisladores oficialistas.

Fue esta madrugada, pasadas las 4, tras doce horas de debate, cuando el oficialismo consiguió 39 votos afirmativos contra 1 del representante del Partido Renovador de Salta, Juan Pérez Alsina, y ante la retirada en bloque de los radicales. También se fueron del recinto los senadores del Peronismo Federal y del FAP, incluso las representantes del peronismo disidente Liliana Negre de Alonso y Sonia Escudero, quienes pese a haber adelantado que acompañarían en general por los acuerdos alcanzados en materia de concepción, luego no cumplieron ante la posibilidad que Diputados modifique ese criterio tal como surgió del debate.

La sorpresa la dio el jefe del bloque de diputados del Frente para la Victoria-PJ, Miguel Ángel Pichetto, al admitir su desacuerdo con algunos puntos de la reforma, aunque adelantó que la votaría por disciplina partidaria y por la existencia de acuerdos políticos.

Primero dijo que el texto original era de “una ideología privatista del Derecho Civil por encima del Derecho Público”, que “coloca al Estado como sujeto privado” y que ello es consecuencia de haber sido elaborado por “civilistas”.

“Tiene una matriz y un pensamiento de los civilistas que no comparto, pero lo voy a votar igual”, afirmó el rionegrino, quien además cuestionó la forma en que quedó el artículo 19 -establece el reconocimiento de la vida humana “desde la concepción”- y apuntó: “Tengo un pensamiento laico: las cosas del Estado son del Estado y las de Dios son de Dios”.

Y sumó el punto que colmó la ya disipada paciencia radical, cuando planteó que el oficialismo sólo iba a incorporar dos modificaciones a la reforma vinculadas a “los derechos de las provincias a plantear plazos de prescripción en materia impositiva” y al “derecho público provincial o municipal”, impulsadas por legisladores del oficialismo.

Allí, el radical mendocino Ernesto Sanz se quejó de la actitud del peronismo y afirmó que se trataba “de un agravio a la oposición”, ya que “las únicas propuestas que aceptan son las que hacen miembros del oficialismo”.

150 modificaciones

De acuerdo con el jefe del bloque K, el proyecto oficial incluye más de 150 modificaciones, entre ellas, algunas pedidas por la Iglesia como el reconocimiento de la vida “desde la concepción” (al contrario del texto original de la comisión redactora que establecía que “comienza con la concepción en el seno materno”), que va contra la posibilidad de legislar el aborto.

También se estableció la eliminación de todo lo referido a la fecundación asistida post mortem y la gestación por sustitución (alquiler de vientres), reclamos efectuados por la Iglesia y que provocaron malestar en filas K y restaron apoyo de la oposición. Se quitó asimismo el párrafo referido a la concepción en “el caso de técnicas de reproducción humana asistida”, que decía que “comienza con la implantación del embrión en la mujer”, pero se mantuvieron la simplificación del trámite de divorcio por “petición de ambos o de uno solo de los cónyuges”, la posibilidad de firmar acuerdos prematrimoniales y las mejoras a los procesos de adopción.

El artículo 765, en tanto, deja abierta la puerta para una eventual “pesificación” de los acuerdos económicos, ya que habilita la posibilidad de saldar deudas tomadas en moneda extranjera con “el equivalente en moneda de curso legal”.