Importante determinación judicial

Cámara ratificó prisión del cura Grassi

La Cámara Penal de Morón confirmó la prisión preventiva para el sacerdote Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por abuso sexual agravado y detenido desde octubre pasado.

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En el texto del fallo se reconoce que no está agotada la presunción de inocencia del sacerdote. Foto: Archivo El Litoral

 

DyN

El Tribunal rechazó un planteo del abogado Ricardo Walter Malvicini, quien representa al cura condenado, en el que se solicitaba su excarcelación. Los jueces Fabián Cardoso, Aldo Acosta Argañaraz y Elisabet Fernández avalaron así la decisión de mantener detenido a Grassi, adoptada después de que la Suprema Corte bonaerense confirmara la condena dictada por un tribunal oral por abuso contra un pupilo de la Fundación Felices los Niños, que dirigía el cura.

El 23 de septiembre pasado, Grassi fue detenido por decisión del Tribunal Oral Criminal 1 de Morón, que lo había condenado en julio de 2009.

En un primer momento el sacerdote fue enviado a una cárcel de Ituzaingó, pero luego fue trasladado al penal de Campana.

El sacerdote -que enfrenta acusaciones desde 2002, cuando se dio a conocer un informe de Telenoche Investiga- permaneció en libertad porque el fallo no estaba firme: recién en septiembre, cuando la Suprema Corte de Justicia bonaerense ratificó la condena, el TOC 1 decidió enviarlo a prisión, pese a que aún le queda la instancia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Qué dice el fallo

Ahora, la Cámara del Crimen de Morón rechazó liberar a Grassi, aunque reconoció el “principio general” que establece “la libertad del imputado durante todo el desarrollo del proceso penal” y el caso “no es cosa juzgada”.

No obstante, resaltó que ese criterio no es absoluto, pues en determinadas circunstancias se debe “garantizar el resultado de la investigación”.

En ese contexto, los jueces aclararon que el mantenimiento de la prisión preventiva no afecta a “la presunción de inocencia que sigue en cabeza del imputado, desde que se trata de una medida procesal que rige la situación actual del inculpado, sin avanzar sobre el fondo del asunto”.

“La magnitud de la pena de 15 años de prisión por la que fue condenado por sentencia no firme Julio César Grassi, impuesta por el Tribunal en lo Criminal Nº 1 de este departamento judicial, que no sólo fue confirmada por el Tribunal de Casación de esta provincia sino también por la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires” es una “circunstancia que no resulta un dato menor”, sostuvo la Cámara Penal.

Frente a eso, dijo el fallo, se “fundamenta adecuadamente la imposición de la prisión preventiva sobre Grassi, ya que no se trata de un elemento aislado sino que debe ser analizado en conjunto con los delitos por los cuales viene acusado, es decir, de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor víctima, reiterado, dos hechos, en concurso real entre sí”.

Según el fallo al que accedió DyN, esos delitos “a su vez concurren formalmente con corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y de la guarda, los que no permiten la excarcelación, como así también la pluralidad de hechos contra la víctima, el lugar de comisión de los mismos y su calidad de sacerdote; todos estos elementos dan suficiente sustento y legalidad a la medida cautelar decretada en autos”.