Atrapados en una pista clandestina

La Fiscalía pidió altas condenas para 3 acusados de narcotráfico

  • El fiscal Martín Suárez Faisal los acusó por el delito de “tenencia de estupefacientes” y reclamó penas que van de los 7 a los 10 años de cárcel. La defensa cuestionó el cambio de calificación, ya que se los juzgaba por el delito de “transporte” de marihuana.
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El Tribunal Oral Federal fijó para el miércoles 5 de marzo a las 10 de la mañana una audiencia para comunicar la sentencia. Foto: Archivo/Pablo Aguirre

 

De la Redacción de El Litoral

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Mañana a las 10 de la mañana el Tribunal Oral Federal de Santa Fe dará a conocer la sentencia por un caso de narcotráfico en el que tres personas se encuentran detenidas desde mediados de 2010, cuando la policía provincial logró interceptar 278 kilos de marihuana descargados en una pista clandestina del departamento San Cristóbal. La semana pasada, la Fiscalía pidió penas que van de los 7 a los 10 años de cárcel para los encausados.

El juicio comenzó el martes pasado en la sala de audiencias de San Jerónimo y Primera Junta, por donde pasaron 19 testigos, la mayoría de ellos efectivos policiales que participaron del procedimiento, realizado en una zona rural de difícil acceso. El TOF, integrado por los vocales Luciano Lauría -presidente-, María Ivón Vella y José María Escobar Cello, reanudó la audiencia el jueves con la exposición de alegatos, y difirió para el miércoles 5 de marzo a las 10 la resolución final.

Los imputados son Raimundo López Barro (55), José María Angini (39) y Alberto Celestino Hoyos (44), quienes se encuentran privados de su libertad desde el 6 de junio de 2010, cuando fueron atrapados por la policía en circunstancias en las que se investigaba el aterrizaje de una avioneta con droga en un campo ubicado entre los pueblos de Capivara y Constanza, en el departamento San Cristóbal.

Un cuarto integrante de la banda había sido arrestado en ese momento, el paraguayo Miguel Ángel Figueredo Taboada (39), quien tras recuperar la libertad gracias a la cuestionada actuación del ex conjuez Jorge Palud, circunstancialmente a cargo del Juzgado Federal de Reconquista, regresó a su país donde se encuentra prófugo.

Vuelo clandestino

Los cuatro fueron procesados por el juez federal Aldo Alurralde por el delito de “transporte de estupefacientes agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada”, los dos primeros y Figueredo Taboada como autores y Hoyos -empleado del campo donde encontraron la droga- en calidad de partícipe principal.

La causa, que lleva acumulados unos once cuerpos de expedientes, implicó el secuestro de 313 panes -278 kilos- de marihuana, que fueron hallados dentro de la caja de una camioneta Sangyong modelo Koronado 601 estacionada en un campo al cuidado de Hoyos, y cuyas llaves estaban en poder de López Barro.

Ese 6 de junio de 2010 en horas del mediodía la policía que investigaba la posible llegada de un vuelo clandestino avistó el descenso de una aeronave cerca de Capivara. Una vez iniciada la persecución fueron arrestados Hoyos, Angini y López Barros a bordo de un Renault 18 y el paraguayo al mando de un Fiat Duna.

Todos estaban en la zona donde la aeronave descargó, llenó el tanque con combustible y volvió a despegar, por lo que se les inició causa por infracción a la Ley Nacional de Estupefacientes Nº 23.737.

Alegatos

Si bien los acusados llegaron a juicio procesados por “transporte de estupefacientes”, durante su alegato el fiscal Martín Suárez Faisal los acusó por el delito de “tenencia con fines de comercialización” del material incautado, y solicitó penas de 10 años de prisión para López Barro, considerado “el cerebro de la organización”, 8 años de cárcel para Angini y 7 años para Hoyos en calidad de coautores. Asimismo se propusieron multas de $ 10.000, $ 8.000 y $ 7.000 respectivamente para cada uno de ellos.

Previamente, el tribunal debió resolver los planteos de nulidad formulados por el abogado Martín Risso Patrón, a cargo de las defensa de López Barro y Angini, los cuales en su mayoría fueron rechazados a excepción de dos, cuya resolución se derivó para el momento de la sentencia.

Por su parte, el abogado Héctor Curi Huespe -defensor de Hoyos- pidió en su alegato que se cambie la coautoría atribuida a su pupilo por la de “partícipe secundario” o “encubridor” y en caso contrario se lo condene al mínimo de la pena prevista por ley.