el invitado

Tasa por hectárea: no valen las declaraciones de circunstancia

Alberto S Svetliza

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La Sociedad Rural de Santa Fe califica de “ilegal” la tasa por hectárea que cobran los municipios y comunas en mérito que : a) No se presta el servicio y en los casos que se presta es ínfimo; y b) El “precio” que se cobra es indexado. Propone que los municipios y comunas demuestren los costos operativos y se celebre un “acuerdo” en función de los mismos.

Le asiste razón a la entidad ruralista ya que debe haber una relación directa entre el costo de la prestación del servicio y el monto que se cobra por el mismo y la actualización en especie, litros de gasoil, está prohibida por la ley 25.561 y decreto 214/2002.

Lo que resulta poco atendible es la propuesta para solucionar la ilegalidad. Por una parte, es una utopía pretender que las comunas presenten sus costos operativos cuando la mayoría ni siquiera exhiben sus balances mensuales. Por la otra, si un hipotético “acuerdo” se diera ¿dejaría “el impuestazo” de ser ilegal? La conclusión sería: aceptemos la ilegalidad pero que nos cueste menos.

Si se denuncia ilegalidad se debe actuar ante el Poder Judicial. La representación de los productores agropecuarios no puede limitarse a declaraciones de circunstancia, hay que ejercerla y donde corresponde.