Para toda la cadena lechera

Un avance hacia la transparencia

Los tamberos santafesinos deberán inscribirse en el Registro Provincial de Producciones Primarias, al igual que las industrias y los operadores lácteos.

 

Campolitoral

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Entre los puntos principales el dictamen, que se firma en el marco de la implementación del Decreto Nº 1532/09, resuelve que todos los productores lecheros de la provincia de Santa Fe deberán inscribirse en el Registro Provincial de Producciones Primarias, al igual que las industrias radicadas o con plantas de elaboración en la provincia y los operadores lácteos que adquieran materia prima para su posterior procesamiento. Además el artículo 2º establece que las empresas lácteas deben informar y publicar los valores de los precios abonados a los productores por la denominada Leche de Referencia.

La Resolución Nº 439 establece en su Artículo 8º que los productores primarios tienen derecho, al igual que el industrial, a pedir la formalización de las condiciones de compra y venta que pactan entre las partes, no pudiendo una parte negarse al pedido de la otra. La formalización se llamará Acuerdo Lácteo y constará de: Estándar de composición en grasa y proteína de la leche y los atributos higiénicos sanitarios estándar, sobre los cuales la usina compradora aplica bonificaciones y castigos; Rangos y magnitudes de bonificaciones y castigos a aplicar sobre los estándares antes definidos; Condición de pago, fechas, plazos; Laboratorio en el cual las partes se comprometen a tomar su determinación como definitiva en caso de existir controversia; Protocolo de muestreo de la leche en la recolección periódica (Inti-Lácteos); Protocolo de muestreo en caso de controversia (Inti-Lácteos); Domicilio donde deben llegar las notificaciones que deban hacerse las partes.

Además, este punto destaca que la formalización del acuerdo lácteo es condición necesaria para la intervención de un tercero imparcial -Bolsa de Comercio de Rosario- en el caso de dirimir diferendos que necesiten laudos. En tanto en su Artículo 9º el dictamen también estipula que, en caso de no formalizar el acuerdo lácteo y se generen discrepancias con los resultados de los análisis realizados, el Laboratorio Regional de Servicios Analíticos (Larsa), dependiente de la Asociación de Entidades de Control Lechero (Alecol), actuará como laboratorio arbitral a fin de dirimir tales diferencias. El acuerdo no rige para ninguna cooperativa sino para las empresas privadas que manejan el 75% de la leche Argentina.

Fe de erratas

En la nota “Uno más que se va”, publicada en la edición del sábado 26 de abril que hace referencia al cierre del tambo de la familia Donnet luego de 60 años, donde se lee “Comité de Cuenca Centro Oeste”, debería decir Comité de Cuenca Centro Este.