Cocheras subterráneas

Parque Alberdi: mientras el municipio evalúa cambios, continúa el acampe

La Municipalidad aguarda los informes técnicos para introducir cambios al proyecto; el Cepronat prepara la apelación y los asambleístas permanecerán en el parque. Los argumentos del juez para rechazar la medida.

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Esta mañana los asambleístas resolvieron permanecer en el parque a pesar del fallo en contra por parte de la Justicia. El domingo realizarán una caravana que tocará distintos espacios públicos de la ciudad.

Foto: Flavio Raina

 

De la Redacción de El Litoral

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Tras conocerse el fallo de la Justicia sobre el conflicto en torno al proyecto de cocheras soterradas en el parque Alberdi, el intendente José Corral considera factible introducir los cambios sugeridos por el juez Eduardo Sodero (ver nota “Los puntos salientes del fallo).

Pero a pesar de la decisión de la Justicia, el grupo de asambleístas que se opone al proyecto y a la “privatización de espacios públicos en general”, resolvió continuar en el predio del espacio público “resistiendo”. En un comunicado de prensa, señalaron que permanecerán en el lugar con una carpa informativa, y el domingo a las 14.30 realizarán una caravana que partirá desde el parque Alberdi y recorrerá distintos espacios públicos de la ciudad. A su vez, diariamente harán una asamblea a las 15.

Hasta este mediodía, el Centro de Protección a la Naturaleza (Cepronat) todavía no había sido notificado sobre la resolución judicial. Fuentes de la organización consultadas por este medio afirmaron que tras completarse los pasos legales apelarán el fallo. Cepronat interpuso el recurso judicial hace un mes, aproximadamente, en base a la ley 10.000 de intereses difusos. En diálogo con El Litoral, el intendente José Corral se mostró satisfecho tras conocer la resolución aunque cauto en sus opiniones.

“Estamos conformes, respalda la decisión de las instituciones de la ciudad, a la mayoría de las consideraciones las vamos a tomar de muy buen grado porque mejoran el proyecto”, afirmó. En ese sentido, concretamente en relación con el pedido del juez de evaluar la factibilidad de bajar con la construcción unos metros, Corral dijo que “es posible” y que están esperando el resultado de los estudios técnicos. “Tiene que ver con el suelo por las napas, pero tiene solución bajar unos cuantos centímetros, que aminoren el impacto”.

Finalmente, sobre la instancia de apelación de la que puede hacer uso el Cepronat manifestó: “Somos respetuosos de las instancias judiciales. Tenemos cierta certeza de la decisión de la Justicia”.

Si bien el fallo judicial cierra una etapa del conflicto, aparentemente por lo expuesto por los distintos actores no representa el final del cruce por el parque. “Todos tenemos que aprender de este proceso, hay que estar atento a las discusiones para que se den en el debido momento. Nosotros también aprendimos, en el futuro vamos a abrir instancias de discusión”, concluyó el intendente, con un tono conciliador.

El rechazo del recurso interpuesto por Cepronat

Los puntos salientes del fallo

En su resolución de 34 páginas, el juez Eduardo Sodero desglosó los argumentos que lo llevaron a rechazar el Recurso Contencioso Administrativo -sumario Ley 10.000- interpuesto por Cepronat que pretendía se declaren ineficaces los actos y/o decisiones administrativas que habilitan la construcción del estacionamiento en el parque Alberdi.

En uno de sus párrafos, el magistrado destaca que el Cepronat ocurrió ante sede judicial “casi contemporáneamente a que empezaron a manifestarse las consecuencias de los actos recurridos... más allá de la amplia publicidad que muchos de esos actos públicos tuvieron, como la ordenanza 11.970, que lejos estuvo de ser una regulación sancionada entre gallos y medianoche”.

Recuerda, además, que “la obra pública cuestionada tiene su origen en un proyecto presentado por particulares ante el Concejo” y cita todos los actos administrativos que se llevaron adelante antes de llegar a esta instancia, como el régimen general de iniciativa privada, la declaración de interés del proyecto por el Concejo Municipal, lo que da lugar a la remisión del expediente al Ejecutivo para continuar con el trámite, elegir el contratista y elaborar el pliego para llamar a licitación. Por último, recuerda que el Concejo aprobó en la sesión del 20 de diciembre de 2012 (y sin que consten votos en disidencia ni en la votación general ni en las particulares de los Art. 1º al 4º) la ordenanza 11.970, autorizando al municipio a ejecutar la obra.

Respecto a la cuestión ambiental, el juez destaca “la importancia de los estudios de impacto ambiental realizados en sedes municipal y provincial que arrojan como resultado un juicio favorable a la realización de la obra”. Y agrega: “Si bien no se me escapa la especial sensibilidad que históricamente se comprueba respecto de la preservación de las especies arbóreas..., lo cierto es que la planificación encuentra razones técnicas que la sostienen, y que justifican las decisiones adoptadas sobre la suerte de tales árboles por las autoridades públicas”. Y apunta que “el parque Alberdi no cambiará su destino sino que lo conservará, más allá de las restricciones temporales que se derivarán de las obras de construcción”.

Más adelante, Sodero señala que “resultan ajenos a la materia sometida a decisión de este Tribunal las cuestiones que a todas luces exceden el ámbito propio del recurso (como el examen del contenido del contrato de concesión, cuestionado en cuanto al canon anual de $ 12.000, o el debate en torno de la titularidad dominial de parte del espacio del parque Alberdi”. Al respecto menciona que el gobierno provincial se expidió, en el sentido de que “no tiene sobre el inmueble en cuestión interés patrimonial, puesto que el mismo históricamente ha tenido y continúa teniendo destino de parque público de la ciudad”.

Antes de finalizar, el magistrado requiere al municipio que, en un plazo de 10 días, presente un informe fundado acerca de la factibilidad técnico-económica de introducir modificaciones al proyecto en cuanto a: la profundización del soterramiento a fin de que la elevación mínima no exceda de un metro cuadrado, minimizando el impacto visual; la reinstalación del Monumento a la Madre en su lugar originario; la reconstrucción de la glorieta y el rosedal; la restauración y reinstalación del mástil; la reubicación dentro de la superficie a ampliar del parque de especies arbóreas que se extraen; dar mayor densidad al manto de tierra vegetal proyectado para cubrir la losa o taludes; plantar más árboles nuevos; y la viabilidad de modificar el régimen de explotación de las cocheras, imponiendo un cupo para pacientes del Centro de Salud Cemafe, una vez habilitado.

El dato

Aclaración

Desde el Juzgado Civil y Comercial de la 10a. Nominación, a cargo de Eduardo R. Sodero, se emitió un comunicado de prensa respecto de algunas versiones periodísticas que circularon en torno del fallo sobre el parque Alberdi.

“No existe en el juzgado ninguna acción de amparo en trámite, que tenga por objeto la paralización de las obras previstas en la plaza J. B. Alberdi y no se dispuso medida cautelar en tal sentido”, detalla el parte y agrega que “lo resuelto en el marco de la causa judicial caratulada: Asociación Centro de Protección a la Naturaleza vs. Municipalidad de Santa Fe sobre Recurso Contencioso Administrativo Sumario (CUIJ 21-01057098-8), fue comunicado oficialmente ayer, adjuntándose la resolución judicial recaída”.