Tribuna política

El transporte público y el Órgano de Control

por Ignacio Martínez Kerz (*)

En las últimas semanas se ha vuelto a generar el debate acerca del aumento del boleto de colectivos en nuestra ciudad. Los empresarios del transporte urbano de pasajeros por colectivos han solicitado en el mes de abril ante la autoridad competente, la autorización de incrementar el valor de la tarifa, basándose en la modificación sufrida en los costos de la prestación del servicio público.

La autoridad política no está en condiciones de evaluar esta solicitud atento que la normativa que rige la materia exige el dictamen previo del Órgano de Control del Sistema de Transporte Público de Pasajeros por Colectivos.

Este Órgano de Control está regulado por la Ordenanza 11.580, que determina la capacidad y competencia objetiva del ente, expuesta en la enunciación de su objeto, siendo “el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos de transporte urbano por colectivos para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores y del medio ambiente, velando por la observancia de las ordenanzas y la legislación que regulan la materia”, y en la enunciación taxativa de las funciones que se le atribuyen entre las que se encuentran las de “analizar las bases de cálculo de los regímenes tarifarios y dictaminar sobre las mismas a solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal”.

También determina que el mismo estará integrado por tres directores propuestos por el Ejecutivo Municipal, con acuerdo del Concejo Municipal, quienes duran en sus mandatos cuatro años, formándose quórum con la presencia de dos de sus miembros.

En el mes de marzo del corriente año expiró el mandato de dos de ellos, el ingeniero civil Juan Francisco Jaurena y el abogado Luis Camilo Larrosa. Al no contemplar la Ordenanza la continuidad en el cumplimiento de las funciones hasta tanto se haya producido reemplazo o redesignación, el plazo de cuatro años es perentorio, implicando la caducidad de la atribución y competencia para la que fueron designados. Como consecuencia de esta situación, el Órgano cuenta con una sola directora, la CPN Carolina Beatriz Galluccio, quien fuera designada en 2012 y por tanto culmina su mandato en 2016.

Así y todo, y superando el plazo de designación siguen siendo, acorde a declaraciones vertidas, considerados por el intendente y su secretario general, directores del Órgano de Control. Y en ese carácter se les liquida -y perciben- el monto mensual de la remuneración establecida en la norma, mientras siguen prestando su asesoramiento por una confusa interpretación entre los conceptos de brindar informes y dictaminar.

En oportunidad de haberse suscripto el convenio con la Municipalidad de Rincón y modificarse el recorrido de la Línea 2, advertíamos la ausencia del dictamen del Órgano de Control y la falta de integración del mismo. La solicitud de incremento de la tarifa revitalizó esta problemática y la denuncia pública realizada por el bloque de concejales justicialistas provocó que el intendente, tal vez en el afán de intentar enmendar la mora en la conformación plena del Órgano, iniciara el proceso de designación, volviendo a postular al Ing. Jaurena, quien cumpliría un segundo mandato y a la contadora Galluccio, respecto de cuya postulación entendemos que hay un error ya que su mandato se encuentra vigente.

Esta postulación intempestiva por subsanar la falta de conformación del ente que desde hace más de tres meses se encuentra inhabilitado para cumplir con su objetivo, ha impedido que se valore la iniciativa de un proyecto presentado ante el Concejo Municipal, solicitando al intendente que convoque a organizaciones públicas y privadas vinculadas con la protección de los derechos de usuarios y consumidores con reconocida actuación en nuestra ciudad. El propósito es que puedan presentar a personas que, sin perjuicio de reunir las calidades subjetivas exigidas por el artículo 26 de la Ordenanza 11.580, garanticen el acabado cumplimiento de las funciones enunciadas en la referida norma, permitiendo que el Ejecutivo Municipal seleccione dentro de estas presentaciones a las personas a postular para el cargo.

La tarifa es la retribución del servicio que se presta. El dictamen que emita el Órgano de Control tiene suma importancia para la toma definitiva de decisión del poder político, atento que, las atribuciones conferidas en la norma, permiten a los miembros del directorio tomar cabal conocimiento del funcionamiento del servicio en su integridad, habilitando que su dictamen no se limite exclusivamente a analizar la variación de los componentes expresados en la fórmula polinómica, sino, además, incorporar la valoración efectuada respecto del servicio prestado.

Uno de los primeros proyectos presentados por la banca que ocupo en el Concejo Municipal, ha sido el de solicitar al intendente la ejecución de todos los actos y acciones tendientes a licitar el servicio público de transporte por colectivos. Al presente, la relación contractual es precaria. La confección de un pliego licitatorio podría contemplar entre otras condiciones que determinen la calidad, eficiencia y eficacia del servicio público, el control concomitante de la utilización del sistema a través de un monitoreo permanente del corte de boleto.

El sistema se sostiene a través de subsidios hoy otorgados por la Nación, que en 2013 ascendieron a más de 128 millones de pesos, y que en el cuatrimestre que abarca los meses de marzo a junio de este año llegan a 53 millones y medio de pesos, destinados a las empresas del área metropolitana de Santa Fe, según datos oficiales del Ministerio del Interior y Transporte, y del ingreso que genera la utilización del servicio a través del pago del boleto por sus usuarios. Ambos flujos son importantes de considerar cuando se analiza el valor de la tarifa, estando ausente la variación en el ingreso por corte de boleto como componente de la fórmula polinómica que actualmente se aplica.

Esta condición, en apariencia no reviste importancia para las decisiones políticas a tomar por este Ejecutivo Municipal, basándose solamente en la declaración jurada que presentan los empresarios, sin haber previsto exigir la incorporación de tecnología, como por ejemplo tiqueteadoras con escáner que permitirían realizar a la autoridad de aplicación un control periódico del ingreso que genera el usuario.

La seguridad que brindaría tener contratos de concesión surgidos de una licitación pública sostenida por pliegos en los que se contemple una planificación certera y flexible a efectos de cubrir las necesidades de nuestra ciudad, es uno de los temas pendientes a resolver por esta gestión de gobierno. Debemos bregar por lograr un sistema sustentable que satisfaga las necesidades del usuario y de los empresarios, sin soslayar la importancia -en la constitución y asesoramiento- del Órgano de Control, instituto considerado como una instancia de fundamental y definitiva incidencia en la organización republicana de gobierno.

(*) Presidente Del Bloque De Concejales Justicialistas

Este instituto es considerado como una instancia de fundamental y definitiva incidencia en la organización republicana de gobierno.