Seguirá preso

Rechazaron planteo de la defensa de “Quique” Leiva

 

De la Redacción de El Litoral

El juez de la Cámara de Apelación Penal, Oscar Burtnik, rechazó el planteo de nulidad y confirmó en todas sus partes el procesamiento dictado contra Juan Abel “Quique” Leiva, el barrabrava de Colón acusado de matar a Walter González Montaner en un bar en la zona de la Recoleta.

Leiva se encuentra detenido desde fines de mayo y fue procesado con prisión preventiva por el juez de Instrucción Primera, Jorge Pegassano. En su resolución del 19 de junio, el magistrado le atribuyó ser “autor penalmente responsable de los delitos de homicidio agravado por el empleo de arma de fuego y tentativa de homicidio agravado por el empleo de arma de fuego” y convirtió en prisión preventiva la detención que venía sufriendo.

Los abogados Raúl Berizo y Sebastián Nitti apelaron dicho procesamiento planteando su nulidad y el 15 de septiembre último se celebró una audiencia de segunda instancia, presidida por el Dr. Burtnik.

La defensa dijo entonces que la resolución de primera instancia resultaba “violatoria del debido proceso” y por lo tanto “viciada de nulidad”. Puntualmente, los abogados cuestionaron que Leiva no fue nunca indagado ya que tras hacerle conocer la imputación, su abogado defensor plantea la recusación del fiscal Jorge Andrés, quedando la declaración virtualmente suspendida.

“Manifiestan que no puede tenerse como válido el intento de declaración indagatoria realizado el 30 de mayo de 2014 porque la imputación no se realizó en presencia de su abogado defensor y porque no se le permitió a Leiva el ejercicio de su defensa material en el término legal”

Además, argumentaron que “se otorgó a la mediatización de la causa un papel preponderante”. Esto por la “notoriedad de los encartados por ser barrabravas de un club de fútbol de esta ciudad implica una condena anticipada y sin derecho alguno”, explicaron.

El fiscal de Cámaras, Carlos Raúl Romero negó que no se haya realizado la declaración indagatoria, sino que “ésta se llevó a cabo”, dijo. La parte querellante, representada por los abogados del Centro de Asistencia Judicial de la provincia, también pregonó por la validez de la indagatoria. “No resultó lesionado el derecho a ser oído. Fue la propia defensa la que recusa al fiscal, pide se dé trámite de incidente y que se suspenda la indagatoria”, argumentó la Dra. Zulema Rivera.

En los considerandos del fallo, el camarista Burtnik sostuvo que “está acreditado que los distintos actos que integran la declaración indagatoria se produjeron o hubo oportunidad de realizarlos y no se hicieron por causas no imputables al tribunal, para ser más claros, por la posición asumida por la defensa”. “Es decir el acto de declaración indagatoria cumplió la función de concretar la imputación, individualizar al imputado, designar defensor técnico y finalmente hacerle saber que podría o no ejercer su defensa materia”, completó.