Protección de inmuebles de clubes deportivos en la provincia

Es una muy buena noticia

Se declaran de interés social y establece que estos bienes inmuebles serán inembargables e inejecutables.

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Los estadios de Unión y Colón, Incluidos en la nueva normativa provincial que protege el patrimonio de todos los clubes.

Fotos: Pablo Aguirre-Manuel Fabatía

Carlos Iparraguirre (*)

La aprobación y promulgación de la Ley 13429 declarando de “interés social” los bienes inmuebles de los clubes deportivos en Santa Fe y estableciendo tanto su inembargabilidad como inejecutabilidad, es una muy buena noticia.

Esta ley, surge de un fuerte consenso político, donde a partir de iniciativas del Senador Borla (UCR-FRENTE PROGRESISTA) y el Diputado Provincial Vega (FPV- PJ) con el impulso de AREDA, mediante la intervención del vicegobernador, Jorge Henn y del presidente de la Cámara de Diputados, Luis Rubeo, y con el aporte del propio Ejecutivo Provincial, a través de un proyecto surgido desde la Secretaría de Desarrollo Deportivo, se llegó a su sanción definitiva

Así, la provincia de Santa Fe, se suma a otras provincias argentinas que cuentan con legislaciones protectoras similares, como Chaco (ley 5703), Entre Ríos (ley 9994), Corrientes (ley 5583), Mendoza (ley 6858) y Buenos Aires (14124) entre otras, encontrando en este caso el fundamento central precisamente en el interés social que a través de sus actividades tienen estas instituciones.

Nadie pone en dudas la necesidad de fortalecer a los clubes deportivos. En el relevamiento que el Gobierno de la Provincia realizara durante el año 2013 a través del Observatorio Social de la UNL, fueron encuestadas 1.392 instituciones deportivas en toda la provincia, y de ellas 949 tienen más de 50 años desde su fundación, alcanzando a 90 las que ya han superado los 100 años de historia.

La función de los clubes no sólo es relevante para la promoción y desarrollo del deporte, permitiendo que miles y miles de niños y jóvenes crezcan y mejoren su calidad de vida, sino también contribuyendo a una formación integral a través de los valores que en sí mismo el deporte rescata. Pero además a través de su vida institucional se fortalecen principios democráticos y solidarios.

El fortalecimiento de estas instituciones requiere de políticas públicas que no siempre son suficientes. Este gobierno provincial, cuenta con programas específicos, a través del Consejo Provincial del Deporte que, normalizado hace ya 5 años, distribuye los recursos dispuestos por el presupuesto provincial a tal fin. Pero además, desde otros programas y acciones, el Gobernador dispone regularmente de apoyos a las instituciones deportivas, basta sólo resaltar el decreto 4202/13, que se encuentra en plena instrumentación y que mejora las bonificaciones en materia de tarifas por servicios públicos con posibilidad de extenderlo a todas las localidades de la provincia y no solo a las servidas por EPE y ASSA. O hacer referencia a que 85.000 jóvenes se sumaron este año a las Olimpiadas Santafesinas, que se vienen realizando en distintos clubes de la provincia.

Pero la vida de estas instituciones atraviesa distintas dificultades, que muchas veces cuando se reflejan en lo económico, ponen en riesgo incluso, la propia subsistencia del club como tal.

Por eso es plenamente justificable, que el Estado proteja debidamente la infraestructura básica que le permite a los clubes desarrollar su actividad. En definitiva la protección no es para los clubes, sino para la misma sociedad, para las comunidades que viven en torno a los mismos.

Su construcción ha sido lograda por el esfuerzo de distintas generaciones, que han puesto su aporte, su dedicación, sus sueños y su vida en muchas oportunidades para tratar de mejorar su infraestructura, convirtiéndolos en un patrimonio de interés social, que debe resguardarse.

El Estado también en distintos niveles ha hecho y hace su aporte, mediante contribuciones (subsidios) exenciones (ganancias, impuesto inmobiliario, tasas locales y otros) y/o bonificaciones (en materia de servicios públicos por ejemplo)

No es razonable, entonces, que cuando ese patrimonio forjado por décadas, durante toda su historia, esté en riesgo por determinadas situaciones de crisis o incluso por desidia o negligencia de quienes en determinado momento asumieron su gestión, el estado o el derecho pueda permanecer ajeno a ello.

La declaración de interés social, es la que da el fundamento para avanzar en la idea de proteger los bienes inmuebles inscriptos a nombre de cada institución.

La norma propuesta, de carácter procesal, establece que estos bienes inmuebles, serán inembargables e inejecutables, aclarando que se deberán considerar incorporados a los ya protegidos por el Código de Procedimientos Civil de la Provincia. (art. 469)

Como se excepciona de este resguardo a los casos de juicios laborales, se establece un sistema especial de inejecutabilidad, que no es más que una herramienta para la justicia, a efectos de buscar acuerdos de pago, en planes y formas que no pongan en riesgo la vida de la institución. Es decir que se crea un doble sistema de protección.

Por un lado se protege a los inmuebles declarados de interés social y por otro, cuando cede ese beneficio, se regula un criterio similar al seguido en la sanción de la ley 13116 (ley de defensa de la vivienda única) estableciendo pautas concretas para garantizar el debido pago del crédito sin poner en riesgo el inmueble de la institución, buscando un criterio equitativo.

Entendemos que esta herramienta ayuda al fortalecimiento institucional de los clubes, pero de manera equilibrada, sin desentenderse el Estado del interés del acreedor, cuando así se justifique, en la medida que la institución cumpla los pasos establecidos en la ley.

Finalmente, también es válido destacar que no se llega a esta propuesta, impelidos por alguna situación inminente de riesgo para institución alguna. Se ha hecho sobre la base de un fuerte consenso en la búsqueda de fijar políticas claras que ayuden al fortalecimiento de los clubes deportivos de Santa Fe y a esfuerzo que los mismos hacen por la inclusión y la convivencia.

(*) Subsecretario de Deportes y Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Desarrollo Social.

La clave

Aspectos salientes

  • Se declaran de interés social los bienes inmuebles.
  • Esos bienes se declaran inembargables e inejecutables.
  • También se declaran inembargables los aportes que haga el Estado a esos clubes.
  • La inembargabilidad no se podrá oponer a acciones derivadas de sentencias en juicios laborales.