Desde 2001 la presión fiscal creció entre 70 y 240%

Por decisión presidencial

Si no se corrige el distorsivo sistema que dispuso por decreto la Casa Rosada, los trabajadores alcanzados por Ganancias aportarán por año un salario más al fisco después de las paritarias.

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Según Iaraf un 15 % de aportantes al sistema previsional paga Ganancias. Son 1 millón de asalariados a los que se suman unos 800 mil autónomos. Foto: Flavio raina

 

De la redacción de El Litoral

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A pesar de los progresos reiterados del relato oficial, la emergencia económica mantiene vigente la suspensión de las precauciones previstas en la ley de Ganancias para que no se distorsionen sus principios. En cambio las facultades quedan en manos exclusivas de la presidente.

Cristina Fernández -y su antecesor- actualizaron en parte los mínimos no imponibles y las deducciones que se pueden realizar en esta materia. Pero la Casa Rosada mantiene inalterables las escalas de aplicación del gravamen desde el año 2000, como si nada hubiese sucedido en la Argentina desde entonces en el escenario económico y social.

Nadin Argañaraz y Andrés Mir señalan en su último informe que “la inflación acumulada en el período puede estimarse cercana al mil por ciento según datos del Instituto de Estadística de la provincia de San Luis”.

“Esta palpable distorsión ha provocado que aquellos contribuyentes que quedan alcanzados por el tributo deban resignar porcentajes crecientes de su ingreso para cumplimentar su obligación tributaria aún cuando en términos reales sus salarios no hayan experimentado mejoras y solamente lograran acompañar el proceso inflacionario”.

Exponen en el documento difundido por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf) que “medido en términos de cantidad de sueldos mensuales de bolsillo que representa el Impuesto a las Ganancias de todo el año, ese valor ha pasado de entre 0,5 y 2,2 sueldos en el año 2001, según el nivel salarial ejemplificado, hasta valores de 1,7 y 3,7 en el año 2014, lo que implica un incremento de presión tributaria de entre el 70% y el 240% según el caso, con el agravante de que el mismo ha sido más significativo para los niveles salariales más bajos dentro de los alcanzados por el impuesto, situación que ha pulverizado el principio de progresividad que es inherente al Impuesto a las Ganancias”.

Los autores advierten que “si en el año 2015 no se modifican los parámetros por segundo año consecutivo, y bajo el supuesto de un incremento nominal de salarios del 30%, los trabajadores resignarán a favor del fisco entre 1,1 y 0,2 salarios netos adicionales respecto del año 2014”.

Falacia

“Se dice reiteradamente que una modificación en los parámetros de cálculo del impuesto implicaría una reducción de la recaudación tributaria que pondría en riesgo el cumplimiento de planes sociales u otra función fundamental del gobierno. Este es claramente un argumento falaz ya que el necesario ajuste de los parámetros de cálculo (principalmente de los tramos de escala) en un porcentaje similar al incremento nominal de salarios estimado para el año 2015 no significaría una caída en la recaudación del tributo sino que, por el contrario la misma se incrementaría en un porcentaje similar al incremento nominal de los ingresos de los trabajadores”.

El informe del Iaraf ejemplifica que “si un trabajador ve incrementado su ingreso nominal para el año 2015 en, por ejemplo, un 30% y los tramos de escala se ajustan en la misma proporción pasará a tributar un 30% más de impuesto que el año anterior (y no menos). Lo que sucede es que si no se ajustan esos mínimos, el incremento de su obligación tributaria va a ser notoriamente superior al aumento nominal de salarios (por ejemplo de prácticamente el 150% para un trabajador que en el año 2013 percibía un salario mensual bruto de $ 17.500) y en consecuencia el fisco se apropiará de un ingreso adicional al que le hubiera correspondido”.

Advierte que en tal caso “la situación es directamente asimilable a la creación de un nuevo impuesto o al incremento en la alícuota legal de uno ya existente y en consecuencia el Estado no solamente mantendrá su recaudación en términos nominales (lo que sucedería si ajusta los parámetros) sino que la misma crecerá en términos reales generando así recursos adicionales a los necesarios para aumentar el gasto público en consonancia con la inflación”.

menos por más

  • Los autores del informe exponen que el sistema vigente “produce profundas distorsiones en los esquemas salariales de las empresas ya que trabajadores con menor remuneración bruta pueden llegar a percibir un ingreso de bolsillo mayor”.

“Así por ejemplo -señalan- un trabajador que en 2013 percibía un sueldo bruto de $ 15.000, bajo los supuestos incrementos salariales manejados en este trabajo tendrá una remuneración mensual de bolsillo en 2015 de $ 21.364, en tanto otro que ganaba $ 15.001 hoy cobrará de bolsillo $ 18.957, lo que significa un 11% menos que su compañero. Esta distorsión también se produce en torno a las remuneraciones brutas hasta agosto 2013 de $ 25.000”.

“Otro efecto negativo del esquema del Decreto 1.242 -añaden- es que al no modificar los tramos de la escala afianza la pérdida de progresividad del Impuesto a las Ganancias ya que los incrementos de tasa efectiva que se producen año a año repercuten con mucha mayor importancia relativa en los niveles más bajos dentro de los alcanzados por el tributo que en los más altos”.

“ Así, si los salarios nominales para el 2015 se incrementan un 30% sin modificación de mínimos y tramos de escala, los niveles salariales más bajos dentro de los alcanzados resignarán a favor del fisco un importe adicional equivalente a aproximadamente un salario neto mensual en tanto los trabajadores de ingresos más altos sólo resignarán un monto equivalente al 20% de un salario mensual”.

El dato

Diferencias

 

Con el decreto vigente, un trabajador que percibía un salario bruto de $ 15.000 en el año 2013, con incrementos del 32% en 2014 y del 30% en 2015 no debe pagar el impuesto; otro con un ingreso de $ 17.500 (sólo el 17% mayor) y la misma evolución porcentual verá absorbido por el Impuesto a las Ganancias en el año 2015 (en el caso del casado con dos hijos) un 14,7% de su salario neto. De manera similar quien partió de $ 25.000 deberá aportar al fisco en el año 2015 un 20,8% de su ingreso neto y otro trabajador que percibía en 2013 una remuneración sólo un peso más alta ($ 25.001) resignará casi un 10% más de su ingreso neto (22,7%)

distorsión...

El complejo -y discrecional- sistema por decreto impide a los contribuyentes tener “visibilidad” de la alícuota que se le aplican, ni “previsibilidad” para saber qué y cuánto le van a gravar. Peor aún, el Decreto 1.242/2013 dispensa tratamiento dispar a contribuyentes de similar poder adquisitivo: si un trabajador percibía un salario bruto mensual inferior a $ 15.000 en el año 2013 y en la actualidad el mismo asciende a, por ejemplo $ 50.000 mensuales, la interpretación literal del decreto lleva a considerar que el mismo no está alcanzado por Ganancias, mientras que otro trabajador con la misma remuneración, estaría tributando en el año 2015 unos $ 140.000 anuales .

...y regresión

La esencia del Impuesto a las Ganancias es su carácter progresivo -alícuotas crecientes a ingresos más altos- pero“la combinación de un desordenado incremento de mínimos y deducciones, unido al congelamiento de los tramos de escala ha provocado que el incremento en la tasa efectiva haya sido significativamente superior para los tramos de ingresos más bajos”. El documento del Iaraf ejemplifica: un sueldo bruto que en 2013 ascendía a $ 17.500 mensuales pagaba en concepto de Impuesto a las Ganancias en el año 2001 un 2,4% de su ingreso neto, mientras que en el año 2015 (de no haber modificaciones) deberá tributar un 19,1%, lo que supone un incremento de presión tributaria real de casi el 700%, mientras que un asalariado con un ingreso mensual en el año 2013 de $ 50.000 tributaba en 2001 un 16% de su ingreso neto y pasará al 30,1 en 2015, lo que significa un aumento real inferior al 90%.