Para un paciente que llevaba 20 años postrado

La Corte Suprema reconoció el derecho a una muerte digna

“Nunca más una persona será obligada a vivir sin dignidad y en contra de su voluntad”, escribió su hermana Andrea en su cuenta de Facebook. Marcelo Diez falleció ayer por la tarde, horas después de conocido el fallo.

DyN

La Corte Suprema reconoció ayer el derecho a la muerte digna de un hombre que se encontraba en estado vegetativo persistente hacía más de 20 años y autorizó a desconectarlo de los aparatos que lo mantenían artificialmente con vida, pero a pocas horas de la resolución el paciente murió, presuntamente por causas naturales.

Se trata de Marcelo Diez, quien falleció este martes a las 18.30, en la clínica Cemic, donde permanecía internado en estado vegetativo persistente por las lesiones sufridas en un accidente de tránsito ocurrido en 1994 en Neuquén. Según publicaron los diarios Río Negro y La Mañana de Neuquén, los allegados al paciente afirmaron que el hombre murió por causas naturales por un agravamiento en su estado de salud. Su deceso se produjo cinco horas después de que se conociera que la Corte Suprema de Justicia le reconoció el derecho a la muerte digna y autorizó a que fuera desconectado de los aparatos que lo mantenían artificialmente con vida.

Derechos del Paciente

El fallo se fundamentó en la Ley de los Derechos del Paciente (26.529 y su modificatoria 26.742), sancionada en 2012 después de la lucha de la madre de una niña llamada Camila, que estaba en estado vegetativo irreversible y falleció tras su aprobación. El máximo tribunal aclaró que la autorización del retiro del soporte vital a Diez no implicaba una práctica eutanásica reñida con la ley vigente, sino que constituía una abstención terapéutica permitida legalmente.

En el fallo, los jueces aceptaron la declaración de las hermanas del paciente, quienes afirmaron que antes del accidente, su hermano manifestó que en un hipotético caso de esas características no deseaba que se lo mantuviera artificialmente con vida. “La ley autoriza a solicitar el cese de la hidratación y alimentación artificial en tanto constituyen por sí mismos una forma de tratamiento médico”, recordaron los jueces en el fallo y argumentaron que la situación del paciente era “irreversible e incurable”. “La decisión de aceptar o rechazar un tratamiento médico constituye un ejercicio de la autodeterminación que asiste a toda persona por imperio constitucional”, sostuvieron los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.

“No es eutanasia”

Fuentes judiciales informaron a DyN que el cuarto integrante del tribunal, Carlos Fayt, no firmó el voto por estar en desacuerdo. Los magistrados subrayaron en el fallo que “no se está en presencia de un caso de eutanasia”, ya que esa práctica implica suministrarle una sustancia exógena para causar la muerte, en tanto que la práctica en este caso era dejar de mantenerlo artificialmente con vida.

Diez sufrió un accidente de tránsito en Neuquén y desde 1995 permanece postrado y con diagnóstico de estado vegetativo persistente. Apenas conocido el fallo, la hermana de Diez escribió en su cuenta de Facebook: “Muy pronto el alma de Marcelo será libre. Gracias a todas las personas e instituciones que han ayudado para que se cumpla su deseo de no permanecer vivo en esas condiciones”. “Nunca más una persona será obligada a vivir sin dignidad y en contra de su voluntad”, agregó la mujer, de nombre Andrea.

Para el obispo

El obispo de Neuquén, monseñor Virginio Bressanelli, rechazó los fallos judiciales sucesivos a favor del derecho del paciente a la muerte digna y pidió a los familiares de Marcelo Diez hacerse cargo del joven en estado vegetativo hasta su muerte natural.

El prelado reclamó en varias oportunidades que la vida del paciente “sea respetada hasta que se apague naturalmente” y aseguró que el Papa Francisco compartía la decisión de cuidar del paciente a quien la familia pidió cesarle su alimentación e hidratación.

Fuentes eclesiásticas dijeron a DyN que la Conferencia Episcopal Argentina no se pronunciará hasta hacer una lectura pormenorizada del fallo del máximo tribunal que reconoce el derecho de toda persona a la muerte digna. En el transcurso del proceso judicial hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia, Bressanelli advirtió que retirarle los soportes vitales a Diez implicaba “dejarlo morir de inanición”, por lo que pidió a la familia que dejen a cuidado de la Iglesia “la persona y la vida del joven, hasta que su curso en esta tierra se cierre naturalmente”.