Bicentenario de la autonomía provincial (1815 - 2015) - 9

Carácter federal de la Organización Nacional

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Pacto Federal. Firmado en 1831 por los representantes de los gobiernos de las provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, es uno de los principales “pactos preexistentes” mencionados en el Preámbulo de la Constitución de 1853. Foto: Flavio Raina

 

Por Mercedes Valdés

El federalismo argentino no ha sido un simple modelo constitucional para distribuir competencias entre las Provincias y el Gobierno Federal. Ni siquiera caracteriza solamente nuestro modo de organización estadual. Se hunde en las raíces más profundas de la historia de nuestro país, tanto por razones geográficas como históricas; la tradición heredada de la colonia sumada a la configuración del territorio, dieron como resultado un federalismo, que representa el modo natural e histórico de ordenar las relaciones del conjunto de provincias y municipios que conforman la Nación Argentina, desde la generación de las primeras a partir de las ciudades fundacionales.

En la génesis del federalismo argentino confluyen distintos elementos:

* el espacio territorial, conformado por “la ciudad” que extendió su influencia, delineando el contorno de las futuras provincias.

* el órgano de gobierno local - principalmente el cabildo- proporcionó la base municipal o comunal a la idea federativa.

* la ideología y el principio de reivindicación de la soberanía de los pueblos -fundamento de la doctrina federal.

* un procedimiento instrumental: los pactos interprovinciales.

Reorganizados los territorios con la creación del Virreinato del Río de la Plata, que dejaba mayor autonomía a los gobernadores locales y atribuciones a las intendencias creadas, se acentuó notablemente el arraigo local y regional.

Producido el proceso revolucionario de 1810, la ciudad colonial y sus ayuntamientos fueron la primera entidad soberana; a las funciones habituales de los cabildos se le incorporaron atribuciones políticas relativas a la representación y soberanía.

Posteriormente, convertidas en cabeceras de provincias, trataron de organizarse como Estados soberanos e independientes y actuar en calidad de tales; no siempre con buenos logros, se verán circunstancialmente afectadas por ser la expresión de conflictos derivados de la coexistencia de rasgos de sujeción e intentos de autonomía.

El gobierno surgido del movimiento de Mayo se adjudicó las funciones que antes correspondían a los monarcas y virreyes; el gobierno establecido en Bs. As. se reservó el nombramiento y remoción de todos los funcionarios.

En este esquema Santa Fe, subordinada a la gobernación intendencia de Buenos Aires, expresó su sentir de autogobierno cuando el Cabildo -junto a un grupo de vecinos- propuso la designación de Francisco Antonio Candioti, a lo que la Junta Provisional no accedió. Dicha aspiración se concretó cuando el pueblo ratificó su elección en 1815, nombrándolo primer gobernador autónomo de la provincia.

Escenario de guerra

La defensa del derecho “a tomar sus propias decisiones”, en contraposición al “centralismo” liderado por Buenos Aires describe el escenario de guerra y las razones del enfrentamiento.

Esta divergencia era una de las principales dificultades en el intento por construir un nuevo orden político superador del régimen colonial español; innumerables conflictos derivados de la falta de acuerdo trajeron como consecuencia regiones económicamente arruinadas, socialmente fragmentadas y con un alto grado de inestabilidad política.

La guerra civil surgida luego de la revolución de la independencia se explica como una lucha entre dos fuerzas contrapuestas: la centrípeta, ejercida por los que habían encabezado el movimiento revolucionario (unitarios) y la fuerza centrífuga, los que no querían sujetarse a la tutela del Cabildo de Buenos Aires (federales).

Ambas fuerzas eran la representación de realidades geográficas diferentes: el litoral, por sus llanuras, era esencialmente ganadero y, por sus costas, estaba abierto al comercio. En cambio, el norte, montañoso y mediterráneo, vivía de una industria doméstica perjudicada por el comercio extranjero. Análogas eran las condiciones de Cuyo y las provincias centrales. De ahí el antagonismo no sólo político sino también económico entre proteccionistas versus librecambistas.

El federalismo se presenta como un proceso que supone la dialéctica de dos tendencias contradictorias: a la unidad y a la diversidad; sosteniendo como base el principio de “unidad de lo diverso”, expresa la posibilidad de un proyecto integrativo, que no tiende a homogenizar, sino que reconoce, mantiene y compatibiliza las particularidades.

Convertido más en un “ideario”, compartido por quienes poseen una misma visión de la sociedad, una escala de valores, una historia y un pasado común, que en una “técnica” para delimitar la esfera de competencias de las partes (provincias) y del todo (Estado nacional), fue difícil de adecuar a la realidad de nuestro territorio y como tal tuvo sus defensores y detractores

El reclamo de las provincias frente a la política aduanera de Buenos Aires, la acumulación de poder, riqueza y población se expresó en formulaciones de tipo federal que prometían corregir el profundo desequilibrio bajo el supuesto de “igualdad de oportunidades” y “equidad” en la distribución territorial del poder y de los recursos. Naturalmente, suponía algo más que una disputa de tipo doctrinario, era una lucha en torno a intereses de carácter económico: la navegación de los ríos y los ingresos que le representaba a Buenos Aires la administración de la Aduana.

El pensamiento de Artigas sintetizó las aspiraciones de todos aquellos no dispuestos a aceptar el destino que intentaba imponerle Buenos Aires y fue ratificado en la convocatoria al Congreso de los Pueblos Libres o de Oriente (Arroyo de la China-Concepción del Uruguay) hace 200 años , al que asiste el diputado Pascual Diez de Andino -con expresas instrucciones : “... para salvar los inviolables derechos de soberanía y libertad es indispensable buscar un centro en que ...todas las partes... formen un todo... sin que los pueblos unidos pierdan las mínimas prerrogativas de sus derechos...”- representando a Santa Fe, que encarna la más activa resistencia del Litoral y que consolidándose como provincia, sentaba las bases de nuestro federalismo incorporado luego a la Constitución Nacional.

Posteriormente Estanislao López daba forma a un gobierno provincial autónomo, precediendo a la organización provincial . Erigía la provincia como el puntapié organizativo para aspirar a una futura Organización Nacional en su Estatuto de 1819. En él se aprecia claramente la posibilidad de futuras alianzas entre las provincias.

A partir de 1820 con la desaparición del gobierno central, las provincias reasumían su soberanía y su vinculación por pactos de carácter “provisorios” que servirían para mantener incólume la idea de la unión nacional.

Hoy, la defensa federal es de todos pero debe encontrar en las provincias su actor principal. Ellas tienen por delante el deber histórico de asumir plenamente lo que establecieron en los pactos preconstituyentes, en la Constitución Nacional de 1853/60 y que reafirmaron en Santa Fe y Paraná en 1994.

constitucionalización del federalismo

La Carta Magna promulgada en 1853 constitucionaliza el federalismo que, al garantizar los derechos de todos los habitantes organiza la sociedad nacional y provincial, sostenida por un trípode, cuyas patas son el orden jurídico, el económico y el político, estableciendo un gobierno representativo, republicano y federal.

La palabra Constitución, la posición republicana y el común anhelo de constituir el país bajo el sistema federal, entrañan un desafío.

El sistema republicano tiene entre sus caracteres el reconocimiento de la libertad y la igualdad de los hombres y la división horizontal de los poderes, en consecuencia el federalismo sólo puede concebirse en un régimen político democrático, que acerca el poder a los ciudadanos y además es una forma de control vertical del poder en el Estado.

El federalismo, nacido de un sentimiento profundamente arraigado en la tradición, encarnado institucionalmente en los cabildos, sostenido por mayorías con fuerte impronta rural y con convicciones instintivamente democráticas, requiere de una vigencia real que logre reequilibrar las fuerzas, impidiendo la excesiva concentración en determinados polos de poder.