Derogan un artículo de la llamada Ley de Transición

Para estimular la participación en concursos para cargos penales

Garantizan que tanto el fiscal y el defensor general como los regionales podrán continuar en el Poder Judicial, una vez finalizados sus mandatos.

Mario Cáffaro

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La Cámara de Diputados acompañó con el voto unánime un mensaje del Poder Ejecutivo para derogar un artículo de la llamada Ley de Transición, referida a la situación de magistrados y personal del Poder Judicial que pasaron del viejo al nuevo sistema de enjuiciamiento penal. La moción es para derogar el artículo 2 de la ley 13.172 que limita la designación subsidiaria a la primera cobertura de cargos. “El propósito del Poder Ejecutivo es estimular el próximo concurso para seleccionar fiscal y defensor general y los cinco regionales de ambos institutos. Funcionarios del Poder Judicial pueden participar y si son seleccionados podrán volver a sus cargos al terminar su mandato”, explicó el diputado Santiago Mascheroni (UCR).

La Comisión de Asuntos Constitucionales recomendó además modificar un párrafo del artículo 1 de la ley, y es para que el interesado en seguir en el Poder Judicial presente la solicitud por ante el Poder Ejecutivo, en un plazo que no supere los 30 días de haber cesado en el cargo del nuevo sistema.

En abril del año próximo año terminarán los mandatos el fiscal general, Julio de Olazábal; el defensor general, Gabriel Ganón, y los respectivos responsables de las cinco regiones en que está dividida la provincia. La norma vigente les garantiza a estos funcionarios judiciales el derecho a ser nombrados en el Ministerio Público de la Acusación o de defensor en el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, según donde se hayan desarrollado sus funciones. La ley dictada a fines de 2010 preveía esa posibilidad únicamente para la primera cobertura de cargo. Ahora se pretende derogar esta cláusula restrictiva ante la inminente convocatoria a los concursos para cubrir esos 12 cargos estratégicos del sistema penal.

No perder la experiencia

El Poder Ejecutivo entiende que la redacción actual de la norma “podría ser un impedimento para que se postulen quienes se encuentran desempeñando cargos de fiscales regionales o defensores regionales”, y destaca que “la capacidad operativa y práctica de estos funcionarios, con conocimiento de la realidad efectiva de la materia aplicada, podría verse perdida por esta actual limitante. Esta situación redundaría, en primera medida, en detrimento de las necesidades actuales de experticia y profundización en el fuero penal ante este nuevo sistema de enjuiciamiento en vigencia; y con efectos indirectos en la seguridad por el no aprovechamiento de los recursos formados en nuestro territorio y bajo este esquema”.

Acota que “esa misma limitación, puede llegar a impedir que magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial puedan postularse no sólo para los cargos de responsabilidades regionales sino también para los cargos de fiscal general o defensor general, puesto de que no se tratará de la primera cobertura, tal cual lo dispone la norma cuya derogación se propone”. Finaliza admitiendo que “las posibilidades con la que contaría el Poder Ejecutivo a la hora de seleccionar los candidatos que sean idóneos para desempeñarse en tan importantes cargos y solicitar su acuerdo legislativo se verían cercenadas”.

El dato

Examen

La Legislatura sancionó una norma que establece la obligatoriedad de realizar un examen de toma de reflejo rojo pupilar a todos los niños y niñas recién nacidos en los hospitales y centros de salud públicos o privados de la provincia. Sobre el tema convergieron un proyecto del senador Danilo Capitani (PJ- San Jerónimo) y del diputado Ariel Bermúdez (CC- ARI). Destacaron, los autores, que por la práctica médica es posible prevenir distintas enfermedades, como cataratas congénitas o tumores en el ojo, y se podría resolver el 80% de los casos de ceguera infantil con tratamientos más simples y menos costosos.