editorial

  • El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre los cuadros tarifarios del gas natural parece una divisoria de aguas para las discusiones sobre servicios públicos.

Santa Fe y las audiencias por tarifas

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que anula el tarifazo que golpeó duro los bolsillos de los usuarios residenciales en lo referente a las redes de gas natural; y que obliga al gobierno a la realización de audiencias públicas conforme lo establece el Artículo 42 de la Constitución Nacional divide aguas entre los deseos de los Poderes Ejecutivos y de las empresas concesionarias de los servicios públicos, y las exigencias de usuarios o consumidores en orden al pago de tarifas justas y razonables.

El fallo contó, además, con el voto de dos de los convencionales constituyentes que trabajaron en la redacción de ese artículo en los debates producidos en el marco de la convención reformadora que sesionó en Santa Fe en 1994. Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti se ocuparon de recalcar el sentido de la inclusión de consumidores y usuarios de bienes y servicios en el texto así como sus derechos “en la relación de consumo, a la protección de su salud, a la seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno”.

El fallo fue para el gas natural y parece que irá en el mismo sentido para el caso de la energía eléctrica.

La provincia de Santa Fe tiene el ejercicio de la audiencia pública en la discusión de las tarifas de agua y cloacas que presta la ahora estatal Assa. Entidades de consumidores, legisladores, cooperativas y usuarios opinan ante el organismo de control, Enress, que luego fija posición ante los reclamos de aumentos de la empresa, en tanto que es el Poder Ejecutivo el que termina fijando la postura.

No pasa lo mismo con las tarifas de la EPE, prestataria de energía. La ya derogada ley de concesión de ese servicio previó un órgano de control. La posterior derogación de la norma implicó volver a la ley de 1986. Desde hace varios años en la Cámara de Diputados de la provincia se viene reclamando -hasta ahora sin eco- la convocatoria a audiencias públicas para discutir los aumentos de las tarifas eléctricas. Cada incremento es seguido de una discusión política y el usuario sólo mira, porque sabe que su suerte quedó sellada con la decisión empresaria.

Se podrá agregar la situación de otros servicios concesionados por el Estado provincial y de cuyos aumentos poco se nos informa. Son los casos del transporte público de pasajeros de media y larga distancia, con tarifas reguladas por la provincia, así como los peajes de la autopista Santa Fe - Rosario y tres corredores viales también en manos de consorcios integrados por municipios y comunas.

Todos esos servicios deben tener tarifas justas y razonables. No puede ya ser la imposición directa del concesionario con el aval del Poder Ejecutivo. La Constitución Nacional prevé la existencia de marcos regulatorios para los servicios públicos, y Santa Fe deberá adecuarse a la discusión en audiencias públicas de los nuevos cuadros. Los usuarios tenemos derecho de conocer cómo surgen los cuadros tarifarios, cuál es su razonabilidad y cuáles los ingresos de las concesionarias, sus costos, sus planes de inversión. Es hora de que el Ejecutivo considere la cuestión antes de que lo disponga la Justicia por planteos de ciudadanos cansados de ver sus derechos vulnerados.

Tenemos derecho a tener tarifas justas y razonables y para conocerlas se necesita la participación en audiencias públicas que deberán alcanzar a servicios como energía eléctrica, transporte de pasajeros y concesión de rutas.