Alivio fiscal

Reglamentaron la Ley Pymes

  • A partir de las resoluciones de la Afip podrán acceder a los beneficios registrándose online en la página web www.afip.gob.ar/pymes.
 

De la redacción de El Litoral

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El Poder Ejecutivo reglamentó -mediante el Boletín Oficial- la ley que creó el Programa de Recuperación Productiva para pequeñas y medianas empresas, aprobada por el Congreso en julio pasado. El decreto 1101/2016 reglamenta los Títulos II, III y V de la Ley 27.264, la cual establece un tratamiento impositivo especial a los sujetos que encuadren en la categoría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y crea un régimen de fomento de inversiones.

Entre otros beneficios, la ley incluye la eximición del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, el cómputo como pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias del monto ingresado en concepto de Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias y la posibilidad de diferir el ingreso del saldo resultante de la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado.

En el decreto se indica que la Afip deberá “emitir las resoluciones pertinentes con el fin de liberar del ingreso del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas cuyos períodos fiscales se inicien a partir del 1º de enero de 2017, como así también del ingreso de sus anticipos correspondientes a dicho período fiscal y subsiguientes, y a establecer el procedimiento para la acreditación y/o devolución de los anticipos de dicho impuesto que se hubiesen ingresado por el período fiscal por el cual no resulta aplicable el gravamen”.

Por otra parte, el decreto fija una serie de requisitos para que las empresas puedan acogerse a los beneficios impositivos fijados por ley.

La iniciativa contempla el incremento en el monto que el Estado abona en concepto de Repro -en compensación de salarios para empresas en crisis- y prevé algunos beneficios para las economías regionales. Y, entre otros aspectos, el proyecto establece para las Pymes un incremento del 50% de las asistencias que, a través de los Repro, se les brindan a las empresas que estén en crisis para que puedan abonar el pago de sus empleados.

Además se aumenta del 8 al 10 por ciento el porcentaje de la inversión que se puede desgravar del Impuesto a las Ganancias, y se elimina el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. También autoriza que las micro y pequeñas empresas puedan desgravar el 100% y las medianas del 50% de la Ley del Cheque del pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

Con respecto al IVA, se les permitirá a las micro y pequeñas empresas pagar a los 90 días de su facturación, mientras que las medianas lo tendrán que hacer en forma trimestral

Lo importante

Prat-Gay

El ministro de Hacienda y Finanzas Públicas, Alfonso Prat-Gay, analizó junto con cinco directores regionales del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el rol de la Alianza del Pacífico y el Mercosur, como así también el fortalecimiento de las relaciones entre ambos bloques. Además, también analizaron la cuestión del rol de las calificadoras para la institución internacional, confirmó el Ministerio de Hacienda.

Financiamiento para el comercio

Durante un nuevo encuentro de la Mesa Consultiva del Comercio de la provincia, realizado ayer en esta capital, el ministro de la Producción, Luis Contigiani, brindó detalles sobre dos nuevas líneas de financiamiento que el gobierno provincial implementó para los comercios minoristas, tanto para capital de trabajo como para inversión productiva.

Las líneas de crédito se enmarcan en el Programa Provincial de Desarrollo del Sector Comercial y de Servicios, que busca aumentar la competitividad, mejorar la infraestructura y fortalecer a las pymes y micropymes de la actividad en el territorio provincial.

Este programa pone a disposición del sector dos líneas de financiamiento: la primera, una línea de capital de trabajo, que se implementa a través del Nuevo Banco de Santa Fe y del Credicoop y que nos permitirá llegar con 300 millones de pesos a más de 1.200 comercios minoristas de la provincia”, detalló Contigiani. Esta línea consiste en “créditos de hasta 250 mil pesos para comercios que estén facturando por debajo de 55 millones de pesos anuales; con un fuerte compromiso económico por parte del Ministerio a través de un importante subsidio de tasas de 6 puntos (con una tasa de 21%)”, precisó.

En tanto, con respecto a la segunda línea de crédito, el ministro precisó que “está operativa, es una línea de 100 millones de pesos en 2016 para inversión productiva, pensada para proyectos de hasta un millón de pesos, con un subsidio de 4 puntos por parte de la provincia (con una tasa del 18%). Se prevé que sea de 400 millones de pesos para 2017”.

La clave

Crédito

A través del Banco de Inversión y Comercio Exterior (Bice), también se lanzó la línea Primer Crédito Pyme a una tasa variable de 16% anual máximo y con un plazo de hasta 7 años, para montos entre $500.000 y $5 millones. Por otra parte, se extendió de 180 a 365 días del plazo para el ingreso de divisas producto de las exportaciones.

El dato

Pago diferido

Si una Pyme facturó $100.000 en octubre y otros $21.000 en concepto de IVA, ese monto recién deberá rendirlo ante la Afip el 21 de enero, cuando previamente debía hacerlo el 21 de noviembre. Es decir que tendrá 60 días adicionales, ya que no tendrá que hacer dicha rendición al mes siguiente de la facturación.